Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.
cferreyros@ferreyros-ferreyros.com
RESUMEN
El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1315 fija el contenido, la estructura y las disposiciones prácticas de los informes de calidad y de los metadatos que los Estados miembros deben remitir a Eurostat en el marco del Reglamento (UE) 2025/941 sobre estadísticas del mercado laboral de la UE relativas a las empresas.
La norma precisa cómo. Con ello, refuerza la coherencia metodológica, la transparencia del proceso estadístico y la posibilidad de evaluar la calidad de los resultados.
La norma busca armonizar cómo deben elaborarse los informes de calidad, qué metadatos debe acompañar a los conjuntos de datos para asegurar la comparabilidad, trazabilidad y control homogéneo entre Estados miembros para su transmisión. Contenido principal
El Reglamento define conceptos básicos como unidades elegibles y no elegibles, muestra bruta, muestra neta, sustitución, falta de respuesta, error muestral y error de cobertura. Luego establece los criterios que los informes de calidad deben incluir e indicadores sobre como pertinencia, precisión, fiabilidad, oportunidad, coherencia, comparabilidad, costes y carga, revisión de datos y tratamiento estadístico.
Su Anexo I detalla un esquema muy amplio de calidad y metadatos, incluyendo presentación estadística, confidencialidad, política de difusión, accesibilidad, gestión de calidad, fuentes de datos, validación, compilación, ajuste estacional o de calendario y comentarios adicionales. También exige referencias específicas sobre errores de muestreo, cobertura, medición, falta de respuesta, tratamiento y, cuando proceda, error de adopción de modelo.
El anexo II fija la periodicidad, el período de referencia y plazo de transmisión de los informes de calidad para cinco ámbitos: estructura salarial, brecha retributiva de género, estructura de los costes laborales, índice de coste laboral y vacantes de empleo. Los primeros períodos de referencia previstos comienzan en 2026 para estructura salarial y en 2027-2028 para los demás temas, con plazos que van de T+8 meses a T+23 meses según el tema.
El Reglamento fue adoptado en Bruselas el 15 de junio de 2026, publicado el 16 de junio de 2026 y entra en vigor a los veinte días de su publicación. Desde ese momento es obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en los Estados miembros.
A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privadas interesadas en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@ferreyros-ferreyros.com
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| Diario Oficial de la Unión Europea | ES Serie L |
| 2026/1315 | 16.6.2026 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2026/1315 DE LA COMISIÓN
de 15 de junio de 2026
por el que se establece el contenido y las disposiciones prácticas de los informes de calidad y los metadatos con arreglo al Reglamento (UE) 2025/941 del Parlamento Europeo y del Consejo
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2025/941 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de mayo de 2025, relativo a las estadísticas del mercado laboral de la Unión Europea relativas a las empresas y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 530/1999 del Consejo y los Reglamentos (CE) n.o 450/2003 y (CE) n.o 453/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), y en particular su artículo 4, apartado 7, y su artículo 7, apartado 5,
Considerando lo siguiente:
| (1) | La Comisión debe especificar las disposiciones prácticas detalladas y el contenido de los informes de calidad en relación con los datos que los Estados miembros deben transmitir a Eurostat. |
| (2) | La Comisión debe especificar los metadatos que deben presentarse con los conjuntos de datos. |
| (3) | Los metadatos para los temas «vacantes de empleo», «índice de coste laboral» y «brecha retributiva de género» ya se especifican en el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2295 de la Comisión (2). |
| (4) | Es necesario un método común para definir la precisión estadística en las encuestas por muestreo a fin de evaluar los esfuerzos realizados para alcanzar los objetivos de precisión. |
| (5) | La Recomendación (UE) 2023/397 de la Comisión (3), sobre los metadatos de referencia y los informes de calidad, invita a los Estados miembros a garantizar que, al recopilar los metadatos de referencia y los informes de calidad, sus autoridades estadísticas nacionales apliquen los conceptos estadísticos indicados en la última versión de la Estructura Única de Metadatos Integrados. |
| (6) | Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Definiciones
A efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
| 1) | «unidades elegibles»: conjunto de unidades seleccionadas a partir del marco de muestreo que forman parte de la población estadística; |
| 2) | «unidades no elegibles»: conjunto de unidades seleccionadas a partir del marco de muestreo que no forman parte de la población estadística; |
| 3) | «muestra bruta»: conjunto de las unidades seleccionadas inicialmente a partir del marco de muestreo y que incluye tanto a las unidades elegibles (la muestra neta y las unidades sin respuesta) como a las unidades no elegibles; |
| 4) | «muestra neta»: conjunto de las unidades elegibles (incluidas las unidades de sustitución) de las que se ha obtenido información suficiente para incluir la unidad en las estimaciones de las encuestas; |
| 5) | «sustitución»: con respecto a los encuestados, la sustitución de una unidad inicialmente muestreada por otra unidad; |
| 6) | «falta de respuesta»: el hecho de que una encuesta no recoja ningún dato de una unidad designada para la recopilación de datos, o para uno o varios elementos de datos del cuestionario de la encuesta, o para ambos, en concreto:
|
| 7) | «error muestral»: parte de la diferencia entre un valor de población y su estimación, derivada de un muestreo aleatorio, debido a que solo se observa un subconjunto de población; |
| 8) | «error de cobertura»: error derivado de no cubrir parte de la población en el marco de muestreo («defecto de cobertura») o, por el contrario, de mantener algunas unidades no elegibles en el marco de muestreo («exceso de cobertura»). |
Artículo 2
Informes de calidad y metadatos
- Los informes de calidad contendrán información e indicadores relativos a la calidad, de conformidad con los criterios de calidad y los conceptos estadísticos establecidos en el anexo I. Estos informes también se referirán a los casos en que no se hayan cumplido los criterios de calidad apropiados o se hayan aplicado incorrectamente los conceptos estadísticos, o se den ambas circunstancias.
- Los Estados miembros transmitirán informes de calidad con la periodicidad y los plazos de transmisión establecidos en el anexo II.
- Al transmitir a la Comisión (Eurostat) los conjuntos de datos relativos a los temas «estructura salarial» y «estructura de los costes laborales», las versiones preliminares de los conceptos 1 a 7 y del concepto 16 se facilitarán como metadatos al mismo tiempo que los conjuntos de datos.
Artículo 3
Normas técnicas para la transmisión de los informes de calidad
Los Estados miembros transmitirán a la Comisión (Eurostat) los informes de calidad exigidos con arreglo al presente Reglamento utilizando las normas de intercambio de metadatos especificadas por la Comisión (Eurostat). Enviarán los informes de calidad a través de la ventanilla única para los informes de calidad, lo que permitirá a la Comisión (Eurostat) recuperarlos electrónicamente.
Artículo 4
Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 15 de junio de 2026.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L, 2025/941, 20.5.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2025/941/oj.
(2) Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2295 de la Comisión, de 13 de noviembre de 2025, por el que se establecen la lista y la descripción de las variables y sus especificaciones técnicas, clasificaciones estadísticas, desgloses, metadatos y objetivos de precisión para los temas «vacantes de empleo», «índice de coste laboral» y «brecha retributiva de género» con arreglo al Reglamento (UE) 2025/941 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L, 2025/2295, 14.11.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/2295/oj).
(3) Recomendación (UE) 2023/397 de la Comisión de 17 de febrero de 2023 sobre los metadatos de referencia y los informes de calidad para el Sistema Estadístico Europeo, que sustituye a la Recomendación 2009/498/CE sobre los metadatos de referencia para el Sistema Estadístico Europeo (DO L 53 de 21.2.2023, p. 104, ELI: http://data.europa.eu/eli/reco/2023/397/oj).
ANEXO I
CRITERIOS DE CALIDAD Y CONCEPTOS ESTADÍSTICOS
Los informes de calidad y los metadatos contendrán información e indicadores relacionados con la calidad que se ajusten a los siguientes criterios de calidad y conceptos estadísticos.
Aunque un concepto estadístico determinado no sea pertinente para una operación estadística, debe incluirse en el informe de calidad o en los metadatos de todas formas, acompañado de la anotación «No aplicable».
CONTACTO
Puntos de contacto para la información y los datos relacionados con la calidad.
PRESENTACIÓN ESTADÍSTICA
Descripción de los datos
Principales características del conjunto de datos descritas de manera fácilmente comprensible.
Sistemas de clasificación
Cuando proceda, la lista de las clasificaciones y los desgloses utilizados en el conjunto de datos, así como cualquier desviación de las normas estadísticas europeas o internacionales.
Cobertura por sectores
Sectores económicos principales u otros cubiertos por las estadísticas.
Conceptos y definiciones estadísticos
La lista de todas las variables que se apartan de la definición estándar, con mención a los conceptos nacionales utilizados y a las posibles disparidades entre dichos conceptos nacionales y los conceptos necesarios para las estadísticas del mercado laboral de la UE sobre las empresas.
Unidades estadísticas
Descripción de las unidades estadísticas.
Población estadística
Descripción de la población o poblaciones estadísticas a las que se refiere el conjunto de datos, es decir, la población sobre la que debe recogerse información.
Población o poblaciones no cubiertas
Información sobre cualquier subpoblación no cubierta por la recogida de datos (por ejemplo, datos de «administración pública y defensa; seguridad social obligatoria» relacionados con la defensa y la seguridad nacional que sean confidenciales en un Estado miembro con arreglo a su legislación nacional), incluida una descripción de dicha población y su mejor estimación cuantitativa.
Zona de referencia
Descripción de la zona geográfica a la que se refiere el fenómeno estadístico medido: la zona geográfica cubierta y un listado de las regiones excluidas (cuando proceda).
Cobertura temporal
Período para el que hay datos disponibles.
Período base
El año base (aplicable únicamente al tema «índice de coste laboral»).
UNIDAD DE MEDIDA
Unidad en la que se miden los valores de los datos.
PERÍODO DE REFERENCIA
El período o momento al que se refieren las observaciones medidas, con mención a cualquier diferencia entre los períodos de referencia nacionales y los necesarios para las estadísticas del mercado laboral de la UE sobre las empresas.
MANDATO INSTITUCIONAL
Legislación, conjunto de normas u otras instrucciones formales por las que se asigna a una organización la responsabilidad y la autoridad de recogida, tratamiento y difusión de estadísticas.
CONFIDENCIALIDAD
Información sobre la propiedad de los datos que indique en qué medida su revelación no autorizada podría perjudicar o dañar los intereses de la fuente o de otras partes interesadas.
Política de confidencialidad
Descripción de cualquier disposición adicional a la legislación europea que sea pertinente para el secreto estadístico aplicado a los datos.
Confidencialidad: tratamiento de datos
Descripción general de las normas aplicadas para el tratamiento de los microdatos y los macrodatos (incluidos los datos en forma de tabla) en lo que respecta al secreto estadístico.
POLÍTICA DE DIFUSIÓN
Normas para la difusión de datos estadísticos a las partes interesadas.
FRECUENCIA DE LA DIFUSIÓN
Intervalo de tiempo en el que se difunden las estadísticas durante un determinado período.
ACCESIBILIDAD Y CLARIDAD
Información sobre:
| — | los formatos de difusión; |
| — | la documentación sobre metodología y calidad. |
GESTIÓN DE CALIDAD
Sistemas y marcos establecidos en una organización para gestionar la calidad de los productos y procesos estadísticos.
Aseguramiento de la calidad
Descripción del marco de aseguramiento de la calidad o del sistema de gestión de la calidad (por ejemplo, EFQM, ISO 9000) utilizado en la organización.
Evaluación de la calidad
Descripción de la calidad global de los resultados estadísticos en la que se resuman los principales puntos fuertes y cualquier deficiencia, basándose en los criterios de calidad estándar: pertinencia, precisión, fiabilidad, oportunidad, puntualidad, comparabilidad y coherencia. Deben mencionarse las compensaciones entre aspectos de la calidad y las mejoras de calidad previstas.
PERTINENCIA
Grado en que la información estadística satisface las necesidades actuales y potenciales de los usuarios.
Necesidades de los usuarios
Información, si está disponible, sobre cualquier nueva necesidad de los usuarios en relación con los datos recogidos.
Satisfacción de los usuarios
Información, si está disponible, sobre el nivel de satisfacción de los usuarios de los datos con los datos recogidos y puestos a su disposición.
Exhaustividad
Descripción de los incumplimientos en cuanto a variables no transmitidas.
PRECISIÓN Y FIABILIDAD
Precisión global
Resumen de los componentes de una evaluación de la precisión, en relación con un conjunto de datos determinado:
| — | Descripción de las principales fuentes de errores aleatorios y sistemáticos en los resultados estadísticos, con una evaluación resumida de todos los errores, centrándose especialmente en su impacto sobre las estimaciones clave. |
Error de muestreo
| — | Descripción de la metodología para el cálculo de la precisión de las estimaciones. |
| — | A continuación, se indican los errores estadísticos para los indicadores (cuando proceda):
|
Error ajeno al muestreo
Error en las estimaciones de la encuesta que no puede atribuirse a las fluctuaciones del muestreo.
Error de cobertura
Descripción de la divergencia entre la población marco y la población estadística.
| — | Descripción del marco de muestreo. |
| — | Frecuencia y calendario de las actualizaciones del marco. |
| — | Errores debidos a discrepancias entre el marco de muestreo y la población y subpoblaciones estadísticas (exceso de cobertura, defecto de cobertura, duplicados y errores de clasificación). |
Error de medición
Descripción de los errores que se producen durante la recogida de datos, y que hacen que los valores registrados de las variables difieran de los valores reales.
| — | Descripción de los esfuerzos realizados en el diseño y en las pruebas del cuestionario (incluido el abordaje de los errores derivados de la recogida de datos multimodales o multifuente). |
| — | Descripción de la formación dada a los encuestadores. |
Error de falta de respuesta
Descripción de los siguientes elementos:
| — | características disponibles de los no encuestados, si procede; |
| — | tasas de falta de respuesta total y parcial; |
| — | tasas de sustitución; |
| — | número de unidades en la población estadística, en la muestra bruta, número de unidades elegibles y número de unidades de la muestra neta. |
Error de tratamiento
Descripción de cualquier error en el tratamiento y su repercusión en los resultados finales de la recogida de datos, derivado de la aplicación incorrecta de unos métodos de ejecución correctamente planificados.
| — | Descripción de los controles de calidad y del proceso de edición de los datos. |
Error de adopción de modelo
Cuando proceda, descripción de los errores derivados de la necesidad de emplear modelos para definir el objetivo de la estimación.
OPORTUNIDAD Y PUNTUALIDAD
Información sobre:
| — | la fecha de la difusión de los resultados nacionales; |
| — | el número de días entre el final de la recogida de datos y el primer envío plenamente validado de los datos a la Comisión (Eurostat); |
| — | la fecha de la primera entrega completa de los datos a la Comisión (Eurostat); si el envío de los datos no cumple el plazo establecido en el Reglamento (UE) 2025/941, debe indicarse el motivo del retraso. |
COHERENCIA Y COMPARABILIDAD
Descripción de cómo se han cumplido los requisitos establecidos para un tema específico, incluyendo, en su caso, el efecto de cualquier desviación de las variables y sus especificaciones técnicas.
Comparabilidad en el tiempo
Información sobre la longitud de las series temporales comparables, incluyendo los períodos de referencia en los que se hayan producido rupturas en las series, y los motivos de dichas rupturas.
Coherencia: temas transversales y con otros ámbitos estadísticos
Para cada tema, los Estados miembros deben evaluar la verosimilitud de los indicadores principales no ajustados con respecto a un indicador relacionado tomado de otro conjunto de datos o ámbito estadístico cuando esté disponible, como sigue:
| a) | Para el tema «estructura salarial»: Número de empleados (niveles): con el número de puestos ocupados. Ingresos brutos por hora (tasa de crecimiento cuatrienal): con el índice de coste laboral (ICL). Ingresos brutos mensuales (tasa de crecimiento cuatrienal): con el índice de coste laboral total (ICT). Número de horas pagadas (tasa de crecimiento cuatrienal): con el índice de horas trabajadas (IHT). |
| b) | Para el tema «brecha retributiva de género»: Ingresos brutos por hora de asalariados y asalariadas (niveles): con los resultados de la encuesta sobre la estructura de los salarios (cada cuatro años, después de cada transmisión de los datos de la encuesta sobre la estructura de los salarios). |
| c) | Para el tema «estructura de los costes laborales»: Número de empleados (niveles): con el número de puestos ocupados. Costes laborales por hora (tasa de crecimiento cuatrienal): con el índice de coste laboral (ICL). Costes laborales totales (tasa de crecimiento cuatrienal): con el índice de coste laboral total (ICT). Número de horas trabajadas (tasa de crecimiento cuatrienal): con el índice de horas trabajadas (IHT). |
| d) | Para el tema «índice de coste laboral»: Índice de coste laboral (ICL) (tasa de crecimiento anual): con los datos de las cuentas nacionales. |
| e) | Para el tema «vacantes de empleo»: Número de puestos ocupados (niveles): con el número de empleados de la encuesta sobre la estructura de los salarios y la encuesta sobre los costes laborales (para los años en cuestión). Tasa de vacantes de empleo: con la tasa de desempleo derivada de la Encuesta de Población Activa de la UE (curva de Beveridge). |
Además, para cada tema, deben realizarse comparaciones con otras fuentes externas de todas las variables pertinentes, cuando los Estados miembros afectados consideren que dichos datos externos son suficientemente fiables.
Coherencia interna
Grado en el que las estadísticas son coherentes dentro de un conjunto de datos dado.
COSTES Y CARGA
Carga para los encuestados y, si procede, coste asociado a la recogida y producción del producto estadístico: debe indicarse el número de personas y días necesarios para el personal que participa en todas las fases de la recogida de datos. Debe incluirse en la estimación el personal empleado para realizar la encuesta, aunque se haya externalizado.
REVISIÓN DE DATOS
Información sobre la práctica de la revisión de datos.
Revisión de datos: política
Cuando se revisan los datos preliminares tras su compilación, descripción de las medidas destinadas a garantizar la transparencia de los datos difundidos.
Revisión de datos: práctica
Información sobre la práctica de la revisión de datos. Deben indicarse los motivos de las revisiones rutinarias, importantes y no programadas de los datos, así como la longitud de las series revisadas.
TRATAMIENTO ESTADÍSTICO
Operaciones realizadas sobre los datos para extraer nueva información con arreglo a un conjunto dado de normas.
Fuente de datos
Descripción de las fuentes de los datos estadísticos brutos (por ejemplo, encuestas estadísticas, datos administrativos, datos facilitados por titulares de datos privados, otras fuentes, fuentes combinadas). Cada fuente debe describirse claramente.
En el caso de los datos administrativos, los datos facilitados por titulares de datos privados u otras fuentes, debe facilitarse la siguiente información, si procede:
| — | la finalidad principal y la obligación de información de la fuente; |
| — | los períodos y las zonas de referencia; |
| — | los sectores y las unidades estadísticas cubiertos; |
| — | la frecuencia de las actualizaciones y la política de revisión; |
| — | las posibles deficiencias; |
| — | la disponibilidad de los resultados; |
| — | una cartografía de las variables de la fuente o las fuentes utilizadas con respecto a las variables requeridas para las estadísticas del mercado laboral de la UE sobre las empresas, y una descripción de las posibles discrepancias entre los conceptos de las fuentes utilizadas y los requeridos para las estadísticas del mercado laboral de la UE sobre las empresas. |
En el caso de las encuestas estadísticas:
| — | el diseño de la muestra (descripción de los siguientes aspectos: el tipo de diseño del muestreo y los criterios de estratificación y subestratificación). |
Frecuencia de la recogida de datos
Información sobre la frecuencia con la que se recogen los datos.
Recogida de datos
Deben describirse las siguientes etapas de la recogida de datos:
| — | la preparación de la recogida de datos; |
| — | el período de la recogida de datos; |
| — | los métodos utilizados para recoger los datos; |
| — | los recordatorios y el seguimiento. |
Validación de los datos
Descripción de los procedimientos de control y validación de los datos de origen y de los resultados, explicando cómo se supervisan los resultados de las validaciones y cómo se utilizan.
Compilación de datos
Descripción del proceso de compilación de datos (por ejemplo, edición de datos, imputación, ponderación, ajuste por falta de respuesta, calibración, modelos utilizados). En el caso de las encuestas estadísticas, cada etapa de la ponderación debe describirse por separado: el cálculo de las ponderaciones del diseño; el ajuste por falta de respuesta (cómo se corrige la ponderación del diseño teniendo en cuenta las diferencias en las tasas de respuesta); la calibración (el nivel y las variables que se utilizan para el ajuste, y el método aplicado); el cálculo de las ponderaciones finales; y la preparación de los expedientes para su transmisión a la Comisión (Eurostat).
Ajuste de calendario o estacional (si procede)
Para los temas «índice de coste laboral» y «vacantes de empleo», los Estados miembros deben facilitar la siguiente información para cada serie con ajuste estacional / de calendario:
| — | el intervalo de tiempo de las series con ajuste estacional / de calendario; |
| — | los métodos y los modelos utilizados para el ajuste estacional / de calendario; |
| — | el tipo de ajuste: no ajustados, ajustados estacionalmente, con ajuste de calendario, con ajuste de calendario y estacional; |
| — | la presencia de estacionalidad en las series antes del ajuste estacional; |
| — | la presencia de los efectos de calendario en las series antes del ajuste de calendario; |
| — | el número de valores atípicos detectados; |
| — | los indicadores cuantitativos sobre la calidad del ajuste estacional. |
COMENTARIOS
Texto descriptivo complementario que puede incluirse en el informe de calidad.
ANEXO II
PERIODICIDAD, PERÍODOS DE REFERENCIA Y PLAZOS PARA LA TRANSMISIÓN DE LOS INFORMES DE CALIDAD
| Ámbito | Tema | Periodicidad | Período de referencia | Plazo para la transmisión (1) | Primer período de referencia |
| Salarios | Estructura salarial | Cada cuatro años | Año civil | T + 21 meses | 2026 |
| Brecha retributiva de género | Anual | Año civil | T + 18 meses | 2027 | |
| Costes laborales | Estructura de los costes laborales | Cada cuatro años | Año civil | T + 23 meses | 2028 |
| Índice de coste laboral | Anual | Todos los trimestres del año civil | T + 9 meses | 2027 | |
| Demanda de mano de obra | Ofertas de empleo | Anual | Todos los trimestres del año civil | T + 8 meses | 2027 |
| (1) Una vez finalizado el período de referencia / año civil «T». | |||||
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2026/1315/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)
