COMUNICACION DEL PROGRAMA DE TRABAJO DE LA UNIÓN DE 2025 SOBRE NORMALIZACIÓN EUROPEA

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COMUNICACION DEL PROGRAMA DE TRABAJO DE LA UNIÓN DE 2025 SOBRE NORMALIZACIÓN EUROPEA

Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

[email protected]

 RESUMEN

El artículo 8 del Reglamento (UE) n.o 1025/2012 establece que la Comisión debe adoptar un programa de trabajo anual de la Unión sobre normalización europea. La presente comunicación de la Comisión define las normas europeas y los documentos europeos de normalización que la Comisión tiene previsto solicitar a las organizaciones europeas de normalización en 2025, así como los objetivos y las políticas específicos en relación con dichas normas y documentos.

La Comisión ha señalado como prioridades estratégicas las acciones de normalización siguientes:

  1. Biomateriales, bioproductos y productos derivados de la madera.
  2. Materias primas fundamentales para las baterías de vehículos eléctricos.
  3. Cualificación de los materiales de reactores modulares pequeños.
  4. Marco europeo para unos datos fiables.
  5. Cartera europea de identidad digital.
  6. Normas que impulsan el desarrollo de tecnología cuántica y la aplicación de protocolos de criptografía postcuántica.

El Anexo adjunto enuncia la lista completa de acciones del programa de trabajo anual de la Unión para 2025, dividida en cinco categorías principales:

1)resiliencia de la industria europea;
2)transición digital;
3)transición ecológica;
4)sistema europeo de satélites e infraestructura espacial;
5)mercado interior de productos y servicios.

Las áreas prioritarias estratégicas seleccionadas reflejan un enfoque estratégico dirigido a apoyar la autonomía estratégica de la Unión Europea, promover la sostenibilidad y avanzar en la transformación digital. Tres de las areas prioritarias (4, 5 y 6) estan fuertemente vinculadas a las tecnologias de la informacion. A fin de establecer estándares en estas áreas, la Comisión proporciona un marco regulatorio coherente que facilita la innovación, garantiza la competitividad global y protege los intereses de los ciudadanos europeos.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:[email protected]

______________________________________________________________

Diario Oficial
de la Unión Europea
ES

Serie C

C/2025/181827.3.2025

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN

Programa de trabajo de la Unión de 2025 sobre normalización europea

(C/2025/1818)

El artículo 8 del Reglamento (UE) n.o 1025/2012 sobre la normalización europea (1) establece que la Comisión debe adoptar un programa de trabajo anual de la Unión sobre normalización europea. En consonancia con las normas respectivas, la presente comunicación de la Comisión define las normas europeas y los documentos europeos de normalización que la Comisión tiene previsto solicitar a las organizaciones europeas de normalización en 2025, así como los objetivos y las políticas específicos en relación con dichas normas y documentos (véase el anexo).

La Comunicación se elaboró para apoyar específicamente las políticas y la legislación de la UE con el objetivo de contribuir a un mercado único ecológico, digital y resiliente, así como a los objetivos internacionales de la Unión.

El papel de la normalización en las políticas de la Unión se ha abordado en varios documentos políticos de la Comisión, en particular la Estrategia de la UE en materia de normalización (2) y la Estrategia Industrial de la UE (3). Las normas apoyan las políticas de la Unión para garantizar que sus productos y servicios sean competitivos en todo el mundo y reflejen las consideraciones más recientes en materia social, medioambiental, de seguridad, de protección y de salud. Además, son una herramienta importante para la valorización de la investigación, el desarrollo y la innovación al demostrar la viabilidad de los conceptos y fomentar el despliegue de cadenas de valor industriales completamente nuevas en los ámbitos ecológico y digital (4).

De conformidad con el artículo 8, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1025/2012, la Comisión incluye objetivos en favor de la dimensión internacional en su programa de trabajo anual de la Unión.

El papel de la cooperación internacional en materia de investigación e innovación es importante para promover el liderazgo de la Unión como organismo de normalización mundial, tal y como se determina en el enfoque global para la investigación y la innovación (5).

El anexo de la presente Comunicación contiene acciones para desarrollar y revisar las normas europeas o los documentos europeos de normalización. Estas acciones son necesarias y adecuadas para apoyar la legislación y las políticas de la Unión, reforzando así su liderazgo en el establecimiento de normas mundiales.

En el programa de trabajo anual de la Unión de la Comisión se determinarán las prioridades estratégicas de la normalización europea. Desde la publicación de la estrategia de normalización en 2022, diferentes Comunicaciones de la Comisión han establecido una lista de acciones políticas prioritarias entre los aspectos enumerados en el anexo. Estos documentos de normalización prioritarios apoyan las políticas fundamentales de la Unión para lograr un mercado único ecológico, digital y resiliente y merecen una atención extraordinaria por parte del sistema de normalización europeo, incluidos los documentos de vía rápida.

Conforme a la Decisión de la Comisión (6) sobre la creación del Foro de Alto Nivel sobre Normalización Europea, que se estableció en enero de 2023, la Comisión recibe asesoramiento del Foro sobre las acciones prioritarias para el programa de trabajo anual de la Unión. Este asesoramiento se ha tenido en cuenta en la Comunicación de la Comisión de este año.

En este contexto, la Comisión ha señalado como prioridades estratégicas las acciones de normalización siguientes:

1.Biomateriales, bioproductos y productos derivados de la madera: esta prioridad tiene por objeto mejorar la sostenibilidad, la circularidad y la eficiencia en el uso de los recursos, preservando al mismo tiempo la biodiversidad y apoyando la modernización y el refuerzo de la base industrial de la UE.
2.Materias primas fundamentales para las baterías de vehículos eléctricos: esta prioridad tiene por objeto promover prácticas de abastecimiento sostenibles en la cadena de valor de los minerales y materiales utilizados para la producción de baterías y apoyar mercados de reciclado eficientes, aumentando la disponibilidad de materias primas secundarias de calidad y mejorando la autonomía estratégica de nuestra industria.
3.Cualificación de los materiales de reactores modulares pequeños: esta prioridad tiene por objeto reforzar el sector de la energía nuclear de la UE mediante el desarrollo de normas para los materiales y refrigerantes en los reactores modulares pequeños, la mejora de la seguridad, el fomento de la innovación y el apoyo a los objetivos de cero emisiones netas de la UE.
4.Marco europeo para unos datos fiables: la Comisión reitera la acción prioritaria de 2024 en relación con un marco de datos fiables a fin de apoyar la aplicación del Reglamento de datos.
5.Cartera europea de identidad digital: la Comisión, tras la modificación del Reglamento pertinente, reitera la prioridad política de 2024 sobre el establecimiento de un marco para una cartera europea de identidad digital.
6.Normas que impulsan el desarrollo de tecnología cuántica y la aplicación de protocolos de criptografía postcuántica: esta acción tiene por objeto situar a la UE como líder en normas sobre tecnología cuántica y criptografía postcuántica, reforzando su papel internacional, armonizando los esfuerzos fragmentados de la UE y reforzando los vínculos entre normalización, investigación e innovación para mejorar la competitividad y la seguridad.

(1)  Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalización europea, por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/23/CE y 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga la Decisión 87/95/CEE del Consejo y la Decisión n.o 1673/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 316 de 14.11.2012, p. 12).

(2)   COM(2022) 31 final.

(3)   COM(2021) 350 final.

(4)   Recomendación del Consejo, de 21 de noviembre de 2022, relativa a los principios rectores para la valorización del conocimiento.

(5)   COM(2021) 252.

(6)   C(2022) 6189.

ANEXO

Visión general

En este programa de trabajo anual de la Unión de 2025 sobre normalización europea, se han determinado las siguientes prioridades estratégicas entre las setenta y ocho acciones enumeradas a continuación:

Biomateriales, bioproductos y productos derivados de la madera (acción 5)
Materias primas fundamentales para las baterías de vehículos eléctricos (acción 3)
Cualificación de los materiales de reactores modulares pequeños (acción 55)
Cartera de identidad digital de la Unión Europea (acción 14)
Marco de la Unión Europea para unos datos fiables (acción 8)
Normas que impulsan el desarrollo de tecnología cuántica y la aplicación de protocolos de criptografía postcuántica (acción 19)

La lista completa de acciones del programa de trabajo anual de la Unión para 2025 se divide en cinco categorías principales:

1)resiliencia de la industria europea;
2)transición digital;
3)transición ecológica;
4)sistema europeo de satélites e infraestructura espacial;
5)mercado interior de productos y servicios.

Las acciones sobre resiliencia tienen por objeto apoyar lo siguiente:

Materias primas fundamentales, incluidas las destinadas a baterías de vehículos eléctricos y reciclado de materias primas fundamentales procedentes de imanes permanentes (acciones 1 a 3)
Técnicas de fabricación aditiva (acción 4)
Biomateriales, bioproductos y productos derivados de la madera (acción 5)

Las acciones sobre la transición digital tienen por objeto apoyar lo siguiente  (1):

Requisitos de ciberseguridad aplicables a los productos con elementos digitales (acción 6)
Verificación en línea de la edad (acción 7)
Marco de la Unión Europea para unos datos fiables (acción 8)
Interoperabilidad de los servicios de tratamiento de datos (acción 9)
Ecosistema de realidad virtual y aumentada segura e interoperable y economía virtual (acción 10)
Apoyo a la política de la UE en materia de inteligencia artificial (acción 11)
Servicios digitales intermediarios (acción 12)
Diccionarios de datos en el sector de la ingeniería (acción 13)
Cartera de identidad digital de la Unión Europea (acción 14)
Digitalización de la información sobre los productos de construcción (acción 15)
Personalización de la oferta de medios de comunicación en los dispositivos y las interfaces de usuario (acción 16)
Gemelos digitales locales y ciudades inteligentes (acción 17)
Servicios de expedición de billetes multimodales y de varios operadores (acción 18)
Normas que impulsan el desarrollo de tecnología cuántica y la aplicación de protocolos de criptografía postcuántica (acción 19)

Las acciones sobre la transición ecológica tienen por objeto apoyar lo siguiente:

Tecnologías del hidrógeno, componentes y transporte y almacenamiento de hidrógeno (acciones 20 a 21)
Transporte y almacenamiento permanente de dióxido de carbono (acción 22)
Requisitos de diseño ecológico y etiquetado energético para reducir el consumo de energía (acciones 23 a 40)
Reciclado y reutilización de materiales de los vehículos al final de su vida útil (acción 41)
Medición de la calidad del aire ambiente (acciones 42 a 45)
Emisiones industriales (acción 46)
Emisiones de metano en el sector de la energía (acción 47)
Microplásticos (acción 48)
Evaluación de los servicios ecosistémicos (acción 49)
Productos fertilizantes (acción 50)
Resiliencia frente al cambio climático y descarbonización en las infraestructuras de transporte (acción 51)
Conexiones eléctricas a tierra para buques de navegación interior (acción 52)
Diseño circular y reciclaje de artes de pesca (acción 53)
Infraestructura de carga de los vehículos eléctricos (acción 54)
Cualificación de los materiales de reactores modulares pequeños (acción 55)
Vigilancia de la calidad del aire (acción 56)
Documentación técnica en electrónica (acción 57)
Un sector de las algas en la UE sostenible (acción 58)

Las acciones relativas al sistema europeo de satélites y a la infraestructura espacial respaldan lo siguiente:

Integridad y exactitud de los datos espaciales (acción 59)
Diseño de aeronaves no tripuladas de bajo riesgo (acción 60)
Gestión del tráfico espacial (acción 61)
Seguridad, resiliencia y sostenibilidad de las actividades espaciales (acción 62)

Las acciones en el ámbito del mercado interior de productos y servicios respaldan lo siguiente:

Productos sanitarios y productos sanitarios para diagnóstico in vitro (acción 63)
Instrumentos de pesaje y medida (acción 64)
Interoperabilidad del sistema ferroviario (acción 65)
Baja tensión (acción 66)
Diccionario de datos para la comunicación de información a las autoridades de supervisión del sector financiero (acción 67)
Consideraciones antropométricas para la seguridad de las máquinas (acción 68)
Consideraciones antropométricas para los equipos de protección individual (acción 69)
Equipos de protección individual (acción 70)
Productos de construcción (acción 71)
Emisiones y radiación de sustancias peligrosas procedentes de productos de construcción (acción 72)
Exposición de fachadas al fuego (acción 73)
Infraestructuras ciclistas y planificación de la movilidad (acción 74)
Seguridad de los juguetes (acción 75)
Compatibilidad electromagnética (acción 76)
Equipos radioeléctricos (acción 77)
Seguridad de los productos de consumo (acción 78)

Medidas para la elaboración y la revisión de las normas europeas o los documentos de normalización europeos que apoyan la resiliencia de la industria europea
Ref.TítuloReferenciaNormas europeas / documentos de normalización europeosObjetivos y políticas específicos para las normas europeas / los documentos de normalización europeos
1Reciclado de las materias primas fundamentales de imanes permanentesReglamento (UE) 2024/1252, por el que se establece un marco para garantizar un suministro seguro y sostenible de materias primas fundamentalesElaboración de normas europeas para el reciclado de imanes permanentes. Las normas deben:

respaldar métodos que sean económicamente competitivos con la producción primaria;
garantizar que los procesos de reciclado sean respetuosos con el medio ambiente;
recuperar el neodimio de forma adecuada para producir imanes de alta calidad;
recoger y clasificar los productos utilizados que contengan imanes de neodimio.
El objetivo de la acción es garantizar las cadenas de suministro de la Unión y reducir el impacto medioambiental asociado a la producción primaria.
2Materias primas fundamentalesReglamento (UE) 2024/1252, por el que se establece un marco para garantizar un suministro seguro y sostenible de materias primas fundamentalesElaborar normas y documentos de normalización europeos que apoyen la exploración, extracción, refinado y reciclado de materias primas fundamentales.El objetivo de la acción es reforzar la cadena de valor de las materias primas fundamentales de la Unión a fin de apoyar la doble transición ecológica y digital y reforzar la resiliencia de la Unión.
3Materias primas fundamentales para las baterías de vehículos eléctricosReglamento (UE) 2023/1542, relativo a las pilas y baterías y sus residuosElaborar normas europeas para la extracción, refinado, tratamiento y reciclado de los minerales y los materiales utilizados en la producción de baterías.El objetivo es adaptar la cadena de valor de los minerales y los materiales utilizados para la producción de baterías a prácticas de abastecimiento sostenibles y apoyar el funcionamiento eficiente de los mercados de reciclado a fin de aumentar la disponibilidad de materias primas secundarias de calidad.
4Técnicas de fabricación aditivaNuevo Plan de acción para la economía circular por una Europa más limpia y más competitiva [COM(2020) 98 final]Elaborar normas europeas que apoyen la fabricación aditiva, incluida la impresión 3D/4D, que cubran los sistemas de fabricación basados en metales, polímeros, cerámica, materiales biológicos y otros materiales.La acción pretende contribuir a la eficiencia energética y aumentar la competitividad de nuevos componentes multimateriales y materiales y productos multifuncionales para diversas aplicaciones, como las biomédicas, en la fabricación aditiva.
5Biomateriales, bioproductos y productos derivados de la maderaUna bioeconomía sostenible para Europa: Consolidar la conexión entre la economía, la sociedad y el medio ambiente [COM(2018) 673 final]

Ciclos de carbono sostenibles [COM(2021) 800 final]

Elaborar nuevas normas y revisar las normas existentes sobre biomateriales, productos de base biológica y productos derivados de la madera, lo cual incluye la definición de la terminología, la armonización de los métodos de ensayo para la evaluación del rendimiento y el establecimiento de criterios de rendimiento para mejorar la sostenibilidad, la circularidad y la eficiencia en el uso de los recursos, así como, cuando proceda, la renovabilidad y la biodegradabilidad. Elaborar normas sobre categorías de productos en apoyo de la norma EN 15804 para los productos de madera para uso estructural, los tableros a base de madera y sus componentes auxiliares.El principal objetivo es reforzar la base industrial de la Unión mediante el desarrollo de nuevas cadenas de valor y procesos industriales sostenibles y más rentables, al mismo tiempo que se mantienen y se amplían los sectores y las industrias de base biológica, se atraen inversiones y se aumenta la penetración en el mercado.
Medidas para la elaboración y la revisión de las normas europeas o los documentos de normalización europeos que apoyan la transición digital
Ref.TítuloReferenciaNormas europeas / documentos de normalización europeosObjetivos y políticas específicos para las normas europeas / los documentos de normalización europeos
6Requisitos de ciberseguridad aplicables a los productos con elementos digitalesReglamento (UE) 2024/2847, relativo a los requisitos horizontales de ciberseguridad para los productos con elementos digitales (Reglamento de Ciberresiliencia)Elaborar normas europeas y documentos de normalización europeos que se ajusten a las especificaciones esenciales de ciberseguridad establecidas en el Reglamento de Ciberresiliencia y en particular, relativos a:

i)las especificaciones de seguridad relacionadas con las propiedades de los productos con elementos digitales y las especificaciones de gestión de vulnerabilidades;
ii)metodologías para determinar los niveles de garantía respecto de los productos con elementos digitales anteriormente mencionados;
iii)metodologías de evaluación para valorar los riesgos de ciberseguridad relacionados con los productos con elementos digitales.
El objetivo principal es crear condiciones que permitan el desarrollo de productos con elementos digitales seguros, garantizando que los productos consistentes en equipos y programas informáticos se introduzcan en el mercado con menos vulnerabilidades y que los fabricantes se tomen en serio la seguridad a lo largo de todo el ciclo de vida de un producto.
7Verificación en línea de la edadCOM(2022) 212 final. Una década digital para los niños y los jóvenes: la nueva estrategia europea para una internet mejor para los niños (BIK+)

Reglamento (UE) 2024/1183, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 910/2014 en lo que respecta al establecimiento del marco europeo de identidad digital

Reglamento (UE) 2022/2065, relativo a un mercado único de servicios digitales (Reglamento de Servicios Digitales)

Elaboración de nuevas normas europeas para garantizar o verificar la edad en línea en el contexto del Reglamento sobre el marco europeo de identidad digital y el Reglamento de servicios digitales.El objetivo principal es mejorar la seguridad en línea de los niños mediante la verificación segura, certificada e interoperable de la edad (sistemas para acceder a servicios en línea en toda la Unión). Se pretende generar confianza en los mecanismos de verificación de la edad, en particular para minimizar el riesgo de que los niños accedan a contenido inadecuado para su edad.
8Marco de la Unión Europea para unos datos fiablesReglamento (UE) 2022/868, relativo a la gobernanza europea de datos y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/1724 (Reglamento de Gobernanza de Datos)

Reglamento (UE) 2023/2854, sobre normas armonizadas para un acceso justo a los datos y su utilización (Reglamento de Datos)

Un conjunto exhaustivo de normas, prácticas y reglas para garantizar el intercambio de datos fiable y conforme con la legislación entre las partes, incluidos los intermediarios de datos y las organizaciones de gestión con fines altruistas. Esto incluye normas relativas al catálogo de datos para la publicación y el descubrimiento de activos de datos, normas ontológicas para la integración y el uso de datos compartidos, e indicadores clave de rendimiento comunes para orientar los espacios de datos europeos hacia la interoperabilidad entre dominios, mejorando la transparencia y el uso. Todas las acciones estarán estrechamente coordinadas con el Comité Europeo de Innovación en materia de Datos y, cuando proceda, con el Centro de Apoyo a los Espacios de Datos.Los productores y usuarios de datos se enfrentan a retos importantes en materia de interoperabilidad a la hora de combinar datos procedentes de distintas fuentes, tanto en el propio sector como entre sectores. Es fundamental fomentar la adopción de formatos y protocolos normalizados y compatibles para la recopilación y el tratamiento coherentes de los datos entre los distintos sectores, para lo que se puede utilizar el plan evolutivo de normalización de las TIC y un Marco Europeo de Interoperabilidad reforzado. Los principales objetivos son mejorar la facilidad de localización, la reutilización y la interoperabilidad — principios fundamentales de los datos fáciles de encontrar, accesibles, interoperables y reutilizables — a fin de reforzar la economía de los datos europea. Los espacios comunes europeos de datos, apoyados por canales de financiación de la UE como Horizonte Europa y Europa Digital, evolucionan cada uno a su propio ritmo.

Garantizar la interoperabilidad entre estos espacios es esencial, ya que allana el camino para el desarrollo de herramientas genéricas y ayuda a las empresas activas en diferentes ámbitos de datos.

9Interoperabilidad de los servicios de tratamiento de datosReglamento (UE) 2023/2854, sobre normas armonizadas para un acceso justo a los datos y su utilización (Reglamento de Datos)Elaboración de normas armonizadas para la interoperabilidad de los servicios de tratamiento de datos que satisfagan los requisitos esenciales establecidos en los apartados 1 y 2 del Reglamento de Datos. Esto podría incluir el trabajo basado en las especificaciones de interoperabilidad abiertas existentes desarrolladas por la industria.El objetivo principal es garantizar la aplicación efectiva del capítulo VI del Reglamento de Datos, que establece disposiciones que permiten a los usuarios cambiar de proveedor de servicios de tratamiento de datos. Para facilitarlo, los proveedores deben ofrecer a los clientes interfaces abiertas que apoyen el cambio de proveedor. Lograr un cambio efectivo depende de la interoperabilidad de los servicios de tratamiento de datos. Esta es la razón por la que el artículo 29 del Reglamento de Datos pretende establecer un «lenguaje común» entre estos servicios.
10Ecosistema de realidad virtual y aumentada segura e interoperable y economía virtualIniciativa de la UE sobre la web 4.0 y los mundos virtuales: en la vanguardia hacia la próxima transición tecnológica. [COM(2023) 442 final]Evaluar la situación actual y formular recomendaciones en relación con las normas en los siguientes ámbitos: interfaces persona-ordenador, informática espacial, despliegue de aplicaciones, seguridad y comunicación de dispositivos, sensores biométricos en dispositivos y almacenamiento e intercambio de modelos de realidad virtual y aumentada, lo cual debe incluir también diseños de activos virtuales, así como normas para la economía y la sociedad virtuales que aborden cuestiones de identificación, propiedad, protección de la propiedad intelectual y seguridad infantil.El objetivo de la acción es desarrollar la web 4.0 y los mundos virtuales impulsados por tecnologías y normas abiertas y muy distribuidas que permitan la interoperabilidad entre plataformas y redes, garantizando la libertad de elección de los usuarios. La sostenibilidad, la inclusión y la accesibilidad se sitúan en el centro de los avances tecnológicos. Esto implica un compromiso internacional para defender los valores y normas de la UE, así como la cooperación con los Estados miembros y las partes interesadas en la elaboración de normas.
11Inteligencia artificialReglamento (UE) 2024/1689, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (Reglamento de Inteligencia Artificial)Elaboración de normas armonizadas y documentos de normalización que apoyen la aplicación del Reglamento de Inteligencia Artificial. Estas normas armonizadas y estos documentos de normalización deben abarcar, en particular, los requisitos esenciales para los sistemas de inteligencia artificial de alto riesgo, las obligaciones para los proveedores de modelos de inteligencia artificial de uso general, así como los procesos de notificación y documentación para mejorar la eficiencia en el uso de los recursos de los sistemas de inteligencia artificial y garantizar un desarrollo eficiente, desde el punto de vista energético, de los modelos de inteligencia artificial de uso general.Promover la adopción de una inteligencia artificial centrada en el ser humano y fiable, garantizando al mismo tiempo un elevado nivel de protección de la salud, la seguridad y los derechos fundamentales consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular la democracia, el Estado de Derecho y la protección del medio ambiente, la protección contra los efectos nocivos de los sistemas de inteligencia artificial en la UE, y apoyar la innovación.
12Servicios digitales intermediariosReglamento (UE) 2022/2065, relativo a un mercado único de servicios digitales (Reglamento de Servicios Digitales)Elaboración de nuevas normas de conformidad con el artículo 44, apartado 1, del Reglamento de Servicios Digitales [Reglamento (UE) 2022/2065]. Las acciones tienen por objeto apoyar el objetivo político de la Comisión de garantizar un entorno en línea seguro, predecible y fiable y el respeto de los derechos fundamentales en línea mediante el establecimiento de obligaciones para los servicios intermediarios.Los objetivos principales de la acción son facilitar la aplicación efectiva y coherente de las obligaciones del Reglamento de Servicios Digitales a través de medios normalizados para apoyar el cumplimiento por parte de los prestadores de servicios intermediarios, como mínimo en relación con las cuestiones señaladas en el artículo 44. Esto mejorará la seguridad y la confianza, aumentará la rendición de cuentas de las plataformas y garantizará la aplicación uniforme de las normas, fomentando un mercado digital coherente en la UE.
13Datos de los clientes en el sector de la ingenieríaEstrategia Europea de Datos [COM(2020) 66 final]

Reglamento (UE) 2023/2854, sobre normas armonizadas para un acceso justo a los datos y su utilización (Reglamento de Datos)

Elaboración de especificaciones técnicas (informativas) del CEN para diccionarios de datos en el sector de la ingeniería, incluidas, entre otras, la cualificación y la información de los materiales de ingeniería.El principal objetivo es promover la armonización de los datos en el sector de la ingeniería mediante el desarrollo de diccionarios de datos por expertos en los distintos ámbitos, proporcionando así una solución independiente de la tecnología a la interoperabilidad de los sistemas, mediante la cual los diccionarios de datos proporcionen especificaciones para aplicaciones específicas de la tecnología, como bases de datos y formatos de mensajería.
14Cartera de identidad digital de la Unión EuropeaReglamento (UE) 2024/1183, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 910/2014 en lo que respecta al establecimiento del marco europeo de identidad digital

Reglamento (UE) n.o 910/2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior

Elaboración de normas, especificaciones, protocolos, interfaces e informes técnicos, incluidas directrices para facilitar el uso y la aceptación de las carteras europeas de identidad digital.La medida tiene por objeto garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior y la facilitar un nivel adecuado de seguridad de los medios de identificación electrónica y los servicios de confianza utilizados en toda la UE. Esto permitirá a las personas físicas y jurídicas ejercer con seguridad su derecho a participar en la sociedad digital y a acceder a servicios públicos y privados en línea en toda la UE.
15Digitalización de la información sobre los productos de construcciónPropuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción, se modifica el Reglamento (UE) 2019/1020 y se deroga el Reglamento (UE) n.o 305/2011 [COM(2022) 144 final]Elaboración de normas europeas para proporcionar orientaciones aplicables a todos los materiales sobre la digitalización de la información en relación con el Reglamento sobre productos de construcción que sustituye al Reglamento (UE) n.o 305/2011.El objetivo principal es elaborar orientaciones sobre la digitalización de la información técnica relacionada con los productos de la construcción, en el contexto del enfoque de digitalización aplicable establecido en el Reglamento.
16Personalización de la oferta de medios de comunicación en los dispositivos y las interfaces de usuarioReglamento (UE) 2024/1083, por el que se establece un marco común para los servicios de medios de comunicación en el mercado interior (Reglamento Europeo de Libertad de los Medios de Comunicación)Promover que se elaboren normas armonizadas relacionadas con el diseño de dispositivos o interfaces de usuario que controlen o gestionen el acceso a los servicios de medios de comunicación que ofrecen programas, con el fin de personalizar la oferta de medios de comunicación en función de los intereses o las preferencias de los usuarios de conformidad con el Derecho de la Unión, o el acceso a las señales digitales transportadas por dichos dispositivos, así como su uso.El objetivo principal es garantizar unas condiciones de competencia equitativas en la prestación de diversos servicios de medios de comunicación que ofrecen programas frente a los avances tecnológicos en el mercado interior, así como garantizar un acceso justo a los servicios de medios de comunicación en toda su diversidad. La elaboración de normas armonizadas comunes contribuiría a evitar normas técnicas divergentes que crean obstáculos y costes adicionales para la industria y los consumidores, y fomentaría el desarrollo de soluciones para aplicar las obligaciones relativas a los servicios de medios de comunicación establecidas en el Reglamento Europeo de Libertad de los Medios de Comunicación.
17Gemelos digitales locales y ciudades inteligentesDecisión de Ejecución (UE) 2024/459 de la Comisión, de 1 de febrero de 2024, sobre la creación del Consorcio de Infraestructuras Digitales Europeas para Gemelos Digitales Locales en Red orientados hacia el CitiVERSE (LDT CitiVERSE EDIC)

Reglamento (UE) 2024/903, por el que se establecen medidas a fin de garantizar un alto nivel de interoperabilidad del sector público en toda la Unión (Reglamento sobre la Europa Interoperable)

Elaboración de normas europeas para lograr una elevada interoperabilidad entre las plataformas de datos urbanos y soluciones que apoyen gemelos digitales locales específicos de cada ámbito (por ejemplo, movilidad, eficiencia energética, planificación urbana o recogida de residuos) basándose en una arquitectura de referencia común y en un conjunto de mecanismos mínimos de interoperabilidad.El objetivo principal es fomentar una competencia leal entre los proveedores de tecnología, en particular para las pequeñas y medianas empresas, que les permita desarrollar o adaptar soluciones para satisfacer las necesidades específicas de las ciudades.
18Servicios de expedición de billetes multimodales y de varios operadoresREGLAMENTO (UE) N.o 454/2011 DE LA COMISIÓN, relativo a la especificación técnica de interoperabilidad correspondiente al subsistema «aplicaciones telemáticas para los servicios de viajeros» del sistema ferroviario transeuropeos

Reglamento Delegado (UE) 2024/490 de la Comisión, de 29 de noviembre de 2023, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2017/1926, que complementa la Directiva 2010/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere al suministro de servicios de información sobre desplazamientos multimodales en toda la Unión

Elaboración de normas europeas para interfaces de programación de aplicaciones (API) para la distribución de billetes de transporte, códigos de barras para permitir la expedición interoperable de billetes y un perfil tarifario de la UE.El objetivo es apoyar la interoperabilidad de los diferentes sistemas, permitiendo la distribución de más opciones y billetes multimodales.
19Normas que impulsan el desarrollo de tecnología cuántica y la aplicación de protocolos de criptografía postcuánticaBrújula Digital 2030: el enfoque de Europa para el Decenio Digital [COM(2021) 118 final/2]

Recomendación (UE) 2024/1101 de la Comisión, de 11 de abril de 2024, sobre una hoja de ruta para llevar a cabo de manera coordinada la transición hacia una criptografía postcuántica

[COM(2024) 2393]

Reglamento (UE) 2024/2847, relativo a los requisitos horizontales de ciberseguridad para los productos con elementos digitales (Reglamento de Ciberresiliencia)

Elaboración de normas europeas y documentos de normalización para apoyar el progreso de las tecnologías cuánticas y la criptografía postcuántica en consonancia con las políticas y los objetivos estratégicos de la UE.El objetivo de la medida es garantizar que la UE siga estando a la vanguardia de la elaboración de normas para las tecnologías cuánticas y la criptografía postcuántica. En el caso de la criptografía postcuántica, los esfuerzos deben centrarse en reforzar el papel de la UE en la normalización internacional, así como en aunar esfuerzos de normalización que están fragmentados a escala de la UE, a fin de lograr un mayor impacto. La medida también tiene por objeto reforzar el vínculo entre la normalización, la investigación y la innovación, promoviendo al mismo tiempo la competitividad europea, la autonomía estratégica y la seguridad económica.
Medidas para la elaboración y la revisión de las normas europeas o los documentos de normalización europeos que apoyan la transición ecológica
Ref.TítuloReferenciaNormas europeas / documentos de normalización europeosObjetivos y políticas específicos para las normas europeas / los documentos de normalización europeos
20Tecnologías y componentes de hidrógenoPropuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativo a los mercados interiores del gas natural y los gases renovables y del hidrógeno [COM(2021) 804 final]

Directiva (UE) 2023/2413, por la que se modifican la Directiva (UE) 2018/2001, el Reglamento (UE) 2018/1999 y la Directiva 98/70/CE en lo que respecta a la promoción de la energía procedente de fuentes renovables y se deroga la Directiva (UE) 2015/652 del Consejo

Elaborar normas europeas en materia de calidad, tecnología y seguridad para la producción y el uso de hidrógeno.El objetivo de esta medida es mejorar el desarrollo y el mantenimiento de las infraestructuras de hidrógeno y los componentes tecnológicos en el mercado único.
21Transporte y almacenamiento de hidrógenoReglamento (UE) 2022/869, relativo a las orientaciones sobre las infraestructuras energéticas transeuropeas

Directiva (UE) 2024/1788, relativa a normas comunes para los mercados interiores del gas renovable, del gas natural y del hidrógeno

Revisar las normas europeas vigentes o elaborar normas nuevas para garantizar la calidad y seguridad del gas, que sean relevantes para la inyección en la red específica de hidrógeno y otros usos finales, incluidos los combustibles a base de hidrógeno.Permitir y promover la ampliación de los métodos de transporte y almacenamiento del hidrógeno facilitará la sustitución de los combustibles fósiles y las materias primas en sectores difíciles de descarbonizar.
22Transporte y almacenamiento permanente de dióxido de carbonoReglamento (UE) 2024/1735, por el que se establece un marco de medidas para reforzar el ecosistema europeo de fabricación de tecnologías de cero emisiones netasElaborar nuevas normas europeas para el transporte de dióxido de carbono a través de tuberías, buques, trenes y camiones, así como para su almacenamiento geológico permanente.El objetivo principal es garantizar una elevada interoperabilidad de las nuevas infraestructuras de transporte de dióxido de carbono y capacidades de almacenamiento permanente.
23Diseño ecológico de las bombas hidráulicasReglamento (UE) n.o 547/2012 de la Comisión, de 25 de junio de 2012, por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para las bombas hidráulicas

Reglamento (UE) n.o 547/2012 de la Comisión, de 25 de junio de 2012, por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para las bombas hidráulicas

Revisar las normas existentes y elaborar normas nuevas sobre los métodos de medición y cálculo utilizados para determinar las especificaciones de diseño ecológico de las bombas hidráulicas.El objetivo principal es reducir el consumo de energía de las bombas hidráulicas, teniendo en cuenta un enfoque ampliado en cuanto a los productos y, posiblemente, examinando otros aspectos, por ejemplo, los relacionados con la economía circular.
24Diseño ecológico de ventiladores industrialesReglamento (UE) n.o 327/2011 de la Comisión, de 30 de marzo de 2011, por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para los ventiladores de motor con una potencia eléctrica de entrada comprendida entre 125 W y 500 kWRevisar las normas vigentes y elaborar normas nuevas para permitir un enfoque ampliado en cuanto a los productos, especialmente a través de la definición de un número suficiente de puntos de funcionamiento y de un método de interpolación o cálculo o una curva característica. Complementar los métodos de medición directa con métodos de cálculo/interpolación adecuados y cuantificar su validez. Establecer métodos para los ventiladores de circulación y los grandes ventiladores de confort y para los grandes ventiladores, por ejemplo, mediante la extrapolación de modelos a escala.Proporcionar métodos de ensayo repetibles, reproducibles, rentables y relevantes en la práctica para medir el consumo energético de los ventiladores industriales, con vistas a reducir su tasa de pérdida de energía y contribuir así al funcionamiento del mercado interior y al ahorro energético.
25Diseño ecológico y etiquetado energético de las calderas de combustible sólidoReglamento (UE) 2015/1189 de la Comisión, de 28 de abril de 2015, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con los requisitos de diseño ecológico aplicables a las calderas de combustible sólido

Reglamento Delegado de la Comisión (UE) 2015/1187, de 27 de abril de 2015, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de calderas de combustible sólido y equipos combinados compuestos por una caldera de combustible sólido, calefactores complementarios, controles de temperatura y dispositivos solares

Revisar las normas existentes y elaborar normas nuevas relativas a los métodos de medición y cálculo de las especificaciones de diseño ecológico y etiquetado energético de las calderas de combustible sólido.El objetivo principal es reducir el consumo de energía y limitar en mayor medida el impacto ambiental de las calderas de combustible sólido.
26Diseño ecológico y etiquetado energético de los aparatos de cocinaReglamento (UE) n.o 66/2014, de 14 de enero de 2014, por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los hornos, las placas de cocina y las campanas extractoras de uso domésticoRevisar las normas vigentes y desarrollar normas nuevas para los aparatos de cocina.El objetivo principal es reducir el consumo de energía de los aparatos de cocina.
27Diseño ecológico y etiquetado energético de los lavavajillas domésticosReglamento (UE) 2019/2022 de la Comisión, de 1 de octubre de 2019, por el que se establecen los requisitos de diseño ecológico aplicables a los lavavajillas domésticos con arreglo a la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, se modifica el Reglamento (CE) n.o 1275/2008 de la Comisión y se deroga el Reglamento (UE) n.o 1016/2010 de la Comisión

Reglamento Delegado (UE) 2019/2017 de la Comisión, de 11 de marzo de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los lavavajillas domésticos y se deroga el Reglamento Delegado (UE) n.o 1059/2010 de la Comisión

Revisar las normas existentes y elaborar normas nuevas relativas a los métodos de medición y cálculo de las especificaciones de diseño ecológico y etiquetado energético de los lavavajillas domésticos.El objetivo principal es reducir el consumo de energía y mejorar la eficiencia energética de los lavavajillas.
28Diseño ecológico de equipos eléctricos y electrónicos domésticos y de oficinaReglamento (UE) 2023/826 de la Comisión, de 17 de abril de 2023, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico aplicables al consumo de energía en los modos desactivado y preparado, así como en el modo preparado en red, de los equipos eléctricos y electrónicos domésticos y de oficina con arreglo a la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan los Reglamentos (CE) n.o 1275/2008 (CE) n.o 107/2009 de la ComisiónRevisar las normas existentes y elaborar normas nuevas para los equipos eléctricos y electrónicos domésticos y de oficina.Reducir el consumo energético en modo preparado, modo desactivado y modo preparado en red de los equipos eléctricos y electrónicos domésticos y de oficina.
29Diseño ecológico y etiquetado energético de los aparatos de calefacción localReglamento (UE) 2015/1188 de la Comisión, de 28 de abril de 2015, por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los aparatos de calefacción local

Reglamento Delegado (UE) 2015/1186 de la Comisión, de 24 de abril de 2015, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los aparatos de calefacción local

Revisar las normas existentes y elaborar nuevas normas para mejorar la eficiencia energética y reducir las emisiones de los aparatos de calefacción local.Reducir el consumo energético y limitar más el impacto ambiental de los aparatos de calefacción local.
30Diseño ecológico y etiquetado energético de los aparatos de calefacciónReglamento (UE) n.o 813/2013 de la Comisión, de 2 de agosto de 2013, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto de los requisitos de diseño ecológico aplicables a los aparatos de calefacción y a los calefactores combinados

Reglamento Delegado (UE) n.o 811/2013 de la Comisión, de 18 de febrero de 2013, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de aparatos de calefacción, calefactores combinados, equipos combinados de aparato de calefacción, control de temperatura y dispositivo solar y equipos combinados de calefactor combinado, control de temperatura y dispositivo solar

Revisar las normas existentes y elaborar normas nuevas para los aparatos de calefacción y los calefactores combinados, con el fin de promover la medición de los parámetros de los productos en cuestión mediante métodos fiables, precisos y reproducibles, que tengan en cuenta los métodos de medición reconocidos más avanzados.Normalizar las especificaciones sobre consumo energético, nivel de potencia acústica, partículas y emisiones de óxidos de nitrógeno de los aparatos de calefacción y los calefactores combinados en toda la UE. Esto contribuiría a un mejor funcionamiento del mercado interior y a la mejora del rendimiento medioambiental de estos productos.
31Aparatos de calefacción local de combustible sólidoReglamento (UE) 2015/1185 de la Comisión, de 24 de abril de 2015, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los aparatos de calefacción local de combustible sólidoRevisar las normas vigentes y elaborar normas nuevas para los aparatos de calefacción local de combustible sólido.Reducir el consumo energético y limitar en mayor medida el impacto ambiental de los aparatos de calefacción local de combustible sólido.
32Diseño ecológico y etiquetado energético de los productos fotovoltaicos (módulos e inversores)PLAN 2020/7002: Reglamento de la Comisión por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos fotovoltaicos (módulos, inversores y sistemas)

PLAN 2020/7007: Reglamento Delegado de la Comisión por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los productos fotovoltaicos (módulos, inversores y sistemas)

Elaborar normas nuevas para los productos fotovoltaicos (módulos e inversores), con el fin de promover la medición y el cálculo de los parámetros de los productos pertinentes mediante métodos fiables, precisos y reproducibles, que tengan en cuenta los métodos de medición reconocidos más avanzados.El objetivo principal de la medida es proporcionar métodos de ensayo repetibles, reproducibles, rentables y relevantes en la práctica para medir los parámetros pertinentes de los módulos e inversores fotovoltaicos, con vistas a mejorar su eficiencia y contribuir así al funcionamiento del mercado interior y al ahorro energético.
33Diseño ecológico y etiquetado energético de los calentadores de aguaReglamento (UE) n.o 814/2013 de la Comisión, de 2 de agosto de 2013, por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para calentadores de agua y depósitos de agua caliente

Reglamento Delegado (UE) de la Comisión n.o 812/2013 de la Comisión, de 18 de febrero de 2013, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al etiquetado energético de los calentadores de agua, los depósitos de agua caliente y los equipos combinados de calentador de agua y dispositivo solar

Revisar las normas existentes y elaborar normas nuevas para los calentadores de agua y los depósitos de agua caliente, con el fin de promover la medición de los parámetros de los productos en cuestión mediante métodos fiables, precisos y reproducibles, que tengan en cuenta los métodos de medición reconocidos más avanzados.Normalizar las especificaciones de consumo energético, niveles de potencia acústica y emisiones de óxidos de nitrógeno para los calentadores de agua, así como las especificaciones para las pérdidas estáticas procedentes de depósitos de agua caliente en toda la UE. Esto contribuiría a un mejor funcionamiento del mercado interior y a la mejora del rendimiento medioambiental de estos productos.
34Diseño ecológico de acondicionadores de aire y bombas de calor aire-aireReglamento (UE) n.o 206/2012 de la Comisión, de 6 de marzo de 2012, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto de los requisitos de diseño ecológico aplicables a los acondicionadores de aire y a los ventiladores, modificado por el Reglamento (UE) 2016/2282 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2016Revisar las normas existentes y elaborar normas nuevas para los acondicionadores de aire y las bombas de calor aire-aire, mediante métodos fiables, precisos y reproducibles, que tengan en cuenta las técnicas reconocidas más avanzadas.Reducir el consumo energético de los acondicionadores de aire y las bombas de calor aire-aire, así como otros impactos medioambientales asociados, durante su fase de utilización y su nivel de potencia acústica.
35Diseño ecológico de fuentes de alimentación externasReglamento (UE)…/… DE LA COMISIÓN, de XXX, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico para las fuentes de alimentación externas, los cargadores inalámbricos, las bases de carga inalámbricas, los cargadores de baterías para pilas y baterías portátiles de uso general y los cables USB de tipo C, de conformidad con la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 2019/1782 de la ComisiónRevisar las normas existentes y elaborar nuevos métodos de ensayo para evaluar la eficiencia energética de las fuentes de alimentación adaptativas y abordar nuevos requisitos de diseño ecológico, como la interoperabilidad y la durabilidad.El objetivo de esta medida es reducir las tasas de pérdida de energía en toda la UE, apoyar el funcionamiento del mercado único y contribuir al ahorro de energía. También incluye la elaboración de métodos de ensayo para garantizar que se cumplen los nuevos requisitos de diseño ecológico.
36Diseño ecológico de ventiladores industrialesReglamento (UE) 2024/1834 de la Comisión, de 3 de julio de 2024, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para los ventiladores accionados por motores con una potencia eléctrica de entrada comprendida entre 125 W y 500 kW y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 327/2011 de la ComisiónElaboración de nuevas normas europeas o adaptación de las normas existentes para el ensayo de ventiladores accionados por motores con una potencia eléctrica de entrada comprendida entre 125 W y 500 kWProporcionar métodos de ensayo repetibles, reproducibles, rentables y relevantes en la práctica para medir el consumo energético y otros parámetros pertinentes de los ventiladores industriales, con vistas a mejorar su eficiencia y contribuir así al funcionamiento del mercado interior y al ahorro energético.
37Diseño ecológico y etiquetado energético de las aspiradorasPLAN/2019/5366: Medida reglamentaria sobre los requisitos de diseño ecológico para aspiradoras (revisión del Reglamento (UE) n.o 666/2013)

PLAN/2019/5366: Medida reglamentaria sobre los requisitos de diseño ecológico para aspiradoras

Elaboración de normas europeas relativas a los requisitos de diseño ecológico y etiquetado energético de las aspiradoras, que se armonizarán mediante cita en el Diario Oficial de la Unión Europea.El objetivo principal es conseguir normas armonizadas para las aspiradoras que sean reproducibles y reflejen el uso en la vida real. Sin ser exhaustivo, esto es pertinente, entre otras cosas, para el número de pasadas dobles utilizadas para la limpieza al vacío, la anchura de los cepillos y la definición de receptáculo parcialmente cargado. Otro objetivo es conseguir normas que respalden el principio del derecho a la reparación.
38Diseño ecológico y etiquetado energético para teléfonos inteligentes, teléfonos móviles distintos de los teléfonos inteligentes, teléfonos inalámbricos y tabletas pizarraReglamento (UE) 2023/1670 de la Comisión, de 16 de junio de 2023, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico aplicables a los teléfonos inteligentes, los teléfonos móviles distintos de los teléfonos inteligentes, los teléfonos inalámbricos y las tabletas pizarra con arreglo a la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se modifica el Reglamento (UE) 2023/826 de la Comisión

Reglamento Delegado de la Comisión (UE) 2023/1669, de 16 de junio de 2023, por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los teléfonos inteligentes y las tabletas pizarra

Elaboración de una nueva norma europea para la medición y el cálculo de la eficiencia energética, el rendimiento, la durabilidad y la circularidad de los teléfonos inteligentes, los teléfonos móviles distintos de los teléfonos inteligentes, los teléfonos inalámbricos y las tabletas pizarra.El objetivo principal de la medida es proporcionar métodos de ensayo repetibles, reproducibles, rentables y relevantes en la práctica para medir la eficiencia energética y otros parámetros pertinentes de los teléfonos inteligentes, los teléfonos móviles distintos de los teléfonos inteligentes, los teléfonos inalámbricos y las tabletas pizarra, con vistas a mejorar su eficiencia y contribuir así al funcionamiento del mercado interior y al ahorro energético.
39Diseño ecológico para servidores y productos de almacenamiento de datosReglamento (UE) 2019/424 de la Comisión, de 15 de marzo de 2019, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico para servidores y productos de almacenamiento de datos de conformidad con la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 617/2013 de la ComisiónElaboración de nuevas normas europeas para la medición y el cálculo de la eficiencia, el rendimiento y la demanda de potencia de los servidores y los productos de almacenamiento de datos.El objetivo principal de la medida es proporcionar métodos de ensayo repetibles, reproducibles, rentables y pertinentes para la práctica para medir la eficiencia energética y otros parámetros pertinentes de los servidores y productos de almacenamiento de datos. La finalidad es mejorar su eficiencia, contribuyendo así al funcionamiento del mercado interior y al ahorro energético.
40Diseño ecológico de transformadores de potencia pequeños, medianos y grandesReglamento (UE) n.o 548/2014 de la Comisión, de 21 de mayo de 2014, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los transformadores de potencia pequeños, medianos y grandesElaboración de nuevas normas europeas para la medición y el cálculo de la eficiencia energética y el rendimiento de los transformadores de potencia pequeños, medianos y grandes.El objetivo principal de la medida es proporcionar métodos de ensayo repetibles, reproducibles, rentables y pertinentes para la práctica a fin de medir la eficiencia energética y otros parámetros pertinentes de los transformadores pequeños, medianos y grandes. La finalidad es mejorar su eficiencia, contribuyendo así al funcionamiento del mercado interior y al ahorro energético.
41Reciclado y reutilización de materiales de vehículos al final de su vida útilPropuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativo a los requisitos de circularidad aplicables al diseño de los vehículos y a la gestión de los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2018/858 y (UE) 2019/1020 y se derogan las Directivas 2000/53/CE y 2005/64/CE [COM(2023) 451 final]Elaborar normas europeas que mejoren los procesos de diseño circular, producción, reutilización y reciclado de vehículos y sus componentes. Estas normas incluirán mejoras en el diseño para reciclar piezas de plástico, así como el tratamiento de los vehículos al final de su vida útil para aumentar la recuperación de materias primas fundamentales y la calidad de los desechos de acero y aluminio, así como el cálculo y los métodos de medición de la calidad de los materiales de automoción clasificados, reciclados y recuperados.La acción tiene por objeto mejorar el reciclado y la reutilización de materiales y reducir la generación de residuos de vehículos que se encuentran al final de su vida útil.
42Calidad del aire ambiente: métodos de medición para controlar la presencia de hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambienteArtículo 4, apartados 1, 8 y 13, y anexo V, de la Directiva 2004/107/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2004, relativa al arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambienteElaborar normas para medir las concentraciones de hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente.Garantizar que el análisis de hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente sea lo suficientemente preciso, fiable y comparable en toda la Unión.
43Calidad del aire ambiente: evaluaciones basadas en técnicas de modelizaciónArtículos 6, 7, 9 y 10, y anexo I, de la Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en EuropaElaborar normas que garanticen que las evaluaciones de la calidad del aire basadas en técnicas de modelización sean objetivas, fiables y comparables y de calidad suficiente para generar información fiable sobre las concentraciones de contaminantes atmosféricos en el aire ambiente.Asegurarse de que la información recabada sobre la contaminación atmosférica sea suficientemente representativa y comparable en toda la UE.
44Calidad del aire ambiente: rendimiento de los sistemas basados en sensores que miden la contaminación atmosféricaArtículos 6, 7, 9 y 10, y anexo I, de la Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en EuropaElaborar normas en relación con pruebas validadas para evaluar el rendimiento de los sistemas basados en sensores que miden la contaminación atmosférica. La norma evaluará si los sistemas basados en sensores cumplen con los objetivos en materia de calidad de los datos establecidos en la Directiva 2008/50/CE.Mejorar las evaluaciones de la calidad del aire ambiente evaluando en qué medida los sistemas basados en sensores cumplen con los objetivos en materia de calidad de los datos establecidos en la Directiva 2008/50/CE. Esto también permitirá un mayor uso de este método de control y mejorará la evaluación de la calidad del aire.
45Calidad del aire ambiente; concentración en número de partículas suspendidasDirectiva (UE) 2024/2881, sobre la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en EuropaElaboración de una nueva norma europea relativa a la distribución de las partículas en función de su tamaño.El principal objetivo es mejorar la calidad del aire mejorando los datos y la comprensión científica de los efectos de las partículas ultrafinas en la salud y el medio ambiente. Para lograrlo, es esencial garantizar que la medición de las partículas ultrafinas, a través de la distribución de las partículas en función de su tamaño en el aire ambiente, sea suficientemente precisa, fiable y comparable en toda la Unión. La Directiva (UE) 2024/2881 introduce la obligación de supervisar este contaminante atmosférico no regulado que suscita preocupación, junto con requisitos para medir las partículas ultrafinas centrados especialmente en los entornos urbanos.
46Emisiones industrialesDirectiva (UE) 2024/1785 del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se modifican la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación) y la Directiva 1999/31/CE del Consejo relativa al vertido de residuosRevisión de las normas existentes y elaboración de nuevas normas en apoyo de la Directiva revisada sobre las emisiones industriales, lo que incluye mediciones periódicas de formaldehído, mercurio gaseoso total mediante muestreo a largo plazo con análisis frecuentes, emisiones difusas de amoniaco (por ejemplo, procedentes de la cría intensiva) y sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) en el agua y el aire, estableciendo las mejores técnicas disponibles (MTD).El objetivo de la acción es mejorar la medición de contaminantes, fomentar la eficiencia en el uso de los recursos e integrar las mejores técnicas disponibles, protegiendo así la salud humana y el medio ambiente y permitiendo al mismo tiempo prácticas industriales y agrícolas sostenibles.
47Emisiones de metano en el sector de la energíaReglamento (UE) 2024/1787, relativo a la reducción de las emisiones de metanoElaborar nuevas normas europeas y revisar las existentes sobre la cuantificación de las emisiones de metano en las operaciones relacionadas con el petróleo, el gas y el carbón, incluidos los recursos inactivos, bloqueados, cerrados y abandonados. Elaborar nuevas normas europeas y revisar las normas existentes sobre inspecciones para detectar y reparar fugas de metano en las operaciones relacionadas con el petróleo y el gas. Elaborar nuevas normas europeas sobre equipos que, por su diseño, eviten el venteo.El objetivo es respaldar las obligaciones de los operadores energéticos de medir y mitigar las emisiones de metano de manera comparable en toda la Unión. Esto garantizará la igualdad de condiciones entre los operadores, el acceso a información comparable y un nivel armonizado de efectividad a la hora de reducir las emisiones de metano.
48MicroplásticosPropuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativo a la prevención de las pérdidas de granza de plástico para reducir la contaminación por microplásticos [COM(2023) 645 final]Elaborar normas europeas que apoyen medidas para hacer frente a la contaminación procedente de microplásticos (partículas de plástico con un diámetro generalmente inferior a 5 mm), que se liberan involuntariamente en el medio ambiente (procedentes, por ejemplo, de granza de plástico y textiles sintéticos).El objetivo de la acción es disminuir la liberación de microplásticos en el medio ambiente, reduciendo así la contaminación ambiental y los posibles riesgos para la salud humana.
49Evaluación de los servicios ecosistémicosReglamento (UE) 2024/3024, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 691/2011 en lo referente a la introducción de nuevos módulos en las cuentas económicas medioambientalesElaboración de normas y documentos europeos distintos de las normas financieras y estadísticas, para apoyar la evaluación de los servicios ecosistémicos. Los datos sobre los servicios ecosistémicos sustentan la información sobre la biodiversidad, el cambio climático y la salud de los ecosistemas terrestres y marinos. Estas normas especificarán las características técnicas que deben tenerse en cuenta a la hora de elegir los procedimientos y modelos para estimar y recopilar datos.El principal objetivo de la acción es apoyar la calidad de los datos de las cuentas europeas de servicios ecosistémicos a fin de proporcionar mejor información para el Pacto Verde Europeo.
50Productos fertilizantesReglamento (UE) 2019/1009, por el que se establecen disposiciones relativas a la comercialización de los productos fertilizantes UEElaboración de normas europeas nuevas, o revisión de las existentes, con respecto a los métodos de ensayo para determinar la presencia de contaminantes, contaminantes orgánicos, microorganismos y otros exámenes de parámetros específicos pertinentes para la eficiencia agronómica y la seguridad de los productos fertilizantes UE y que se establecen en el Reglamento (UE) 2019/1009.El objetivo de esta acción es garantizar que los fabricantes, las autoridades de vigilancia del mercado y los organismos notificados puedan basarse en métodos de ensayo cubiertos por normas armonizadas para evaluar la conformidad de los productos fertilizantes UE con los requisitos del Reglamento (UE) 2019/1009. Actualmente, el CEN está trabajando en el marco de la solicitud de normalización M/564 sobre la elaboración de normas armonizadas para los productos fertilizantes UE. Está prevista una nueva solicitud de normalización para pedir al CEN que elabore normas armonizadas adicionales en relación con los métodos de ensayo necesarios para apoyar las nuevas disposiciones incluidas recientemente en el acto mencionado anteriormente.
51Resiliencia frente al cambio climático y descarbonización en las infraestructuras de transporteReglamento (UE) 2024/1679, relativo a las orientaciones de la Unión para el desarrollo de la red transeuropea de transporteElaboración de nuevas normas europeas en relación con la resiliencia frente al cambio climático y la descarbonización de la construcción de infraestructuras de transporte, como sigue:

evaluación normalizada del ciclo de vida, y contabilidad del carbono durante toda la vida y resiliencia frente al cambio climático como elemento central del proceso de diseño;
metodología común para el cálculo, el seguimiento y la notificación de las emisiones de carbono durante el ciclo de vida en las obras de ingeniería civil que debe aplicarse para la evaluación de los costes del ciclo de vida en las licitaciones que entran en el ámbito de aplicación de las Directivas de la UE sobre contratación pública
Los objetivos principales de la acción son los siguientes:

el desarrollo de infraestructuras ecológicas, sostenibles y resistentes al cambio climático, teniendo en cuenta los modos activos, y la promoción de nuevas tecnologías destinadas a descarbonizar la construcción de infraestructuras de transporte;
la consideración adecuada de la resiliencia de la red de transporte y sus infraestructuras y servicios, especialmente en los tramos transfronterizos, en relación con un contexto climático y geopolítico cambiante
52Conexiones eléctricas a tierra para buques de navegación interiorReglamento (UE) 2023/1804, relativo a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos y por el que se deroga la Directiva 2014/94/UE

NAIADES III: Impulsar el transporte por vías navegables interiores europeo preparado para el futuro [COM(2021) 324 final/2]

La revisión de las normas EN 15869-2:2019 y EN 16840:2017, para mejorar la compatibilidad entre los sistemas de conexión eléctrica a tierra, podría incluir especificaciones para los requisitos de potencia entre 125 A y 250 A, e incorporar características como la interoperabilidad, la secuencia temporal de conexión y los mecanismos externos de reajuste en caso de fallo de conexión.El objetivo de la acción es apoyar la transformación de nuestros sistemas de transporte hacia una movilidad sin emisiones, reduciendo las emisiones de la navegación interior mientras los buques están atracados.
53Diseño circular y reciclaje de artes de pescaDirectiva (UE) 2019/904, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambienteElaboración de una nueva norma europea en apoyo de la Directiva (UE) 2019/904 para el desarrollo de normas armonizadas relativas al diseño circular de los artes de pesca, a fin de fomentar la preparación para la reutilización y facilitar la reciclabilidad al final de la vida útil.El objetivo de la acción es basarse en el trabajo del subcomité CEN/TC 466 en el marco de la solicitud de normalización M/574 a fin de seguir elaborando normas para el diseño circular de los artes de pesca. Esto incluye adaptar las normas existentes para reflejar la evolución de las políticas y la innovación, en particular el establecimiento de regímenes de responsabilidad ampliada del productor, los avances en la gestión de residuos y la integración de materiales alternativos como los polímeros biodegradables. Las normas también deben tener en cuenta los avances tecnológicos en la fabricación de artes de pesca y garantizar que sigan siendo adaptables a las futuras innovaciones.
54Instrucción Técnica para la Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricosReglamento (UE) 2023/1804, relativo a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos y por el que se deroga la Directiva 2014/94/UEElaboración de nuevas normas europeas en relación con:

i)la accesibilidad a las estaciones de recarga para usuarios con discapacidad;
ii)el sistema de gestión de credenciales de seguridad de las infraestructuras de clave pública (PKI) de la UE para conectar y cargar en el sector de la electromovilidad;
iii)interfaz de programación de aplicaciones (API) para el intercambio de datos entre los operadores de puntos de recarga y repostaje con los puntos de acceso nacionales de los Estados miembros y los usuarios de datos;
iv)comunicación entre el punto de recarga y el sistema de gestión de la estación de recarga;
v)comunicación entre el operador del punto de recarga, los proveedores de servicios de electromovilidad y las plataformas de itinerancia electrónica.
El objetivo principal es garantizar la implantación de una infraestructura de recarga y repostaje digital e interoperable para los vehículos que utilicen combustibles alternativos, prestando especial atención a las necesidades de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos.

Se prevé que estas normas complementen el trabajo existente en el marco del mandato M/581 en apoyo directo del anexo II (Especificaciones técnicas) del Reglamento (UE) 2023/1804.

55Cualificación de los materiales de reactores modulares pequeñosReglamento Delegado (UE) 2022/1214 de la Comisión, de 9 de marzo de 2022, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 en lo que respecta a las actividades económicas en determinados sectores energéticos y el Reglamento Delegado (UE) 2021/2178 en lo que respecta a la divulgación pública de información específica sobre esas actividades económicas

Reglamento (UE) 2024/1735, por el que se establece un marco de medidas para reforzar el ecosistema europeo de fabricación de tecnologías de cero emisiones netas y se modifica el Reglamento (UE) 2018/1724

Elaboración de nuevas normas europeas pertinentes para la faceta de reactores modulares pequeños del Reglamento sobre la Industria de Cero Emisiones Netas, que se extienden a la corrosión y la cualificación mecánica de los materiales estructurales, así como a la cualificación termofísica y química de los refrigerantes.El objetivo de la acción es reforzar la competitividad industrial de la UE en el sector de la energía nuclear, fomentar la innovación en tecnologías energéticas limpias, mejorar la seguridad y la fiabilidad de los reactores y ayudar cumplir los objetivos de cero emisiones netas de la UE mediante la promoción de sistemas energéticos sostenibles y resilientes.
56Vigilancia de la calidad del aireDirectiva 2008/50/CE, relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa

Directiva (UE) 2024/2881, sobre la calidad del aire ambiente y una atmósfera más limpia en Europa

Elaboración de nuevas normas europeas y revisión de las existentes para apoyar las mediciones de las sustancias precursoras del ozono abordando un mayor número de compuestos orgánicos volátiles.Los objetivos principales de las mediciones de las sustancias precursoras del ozono serán analizar la evolución de los precursores del ozono, comprobar la eficacia de las estrategias de reducción de las emisiones y la coherencia de los inventarios de emisiones, apoyar la comprensión de los procesos de formación del ozono y de dispersión de los precursores, así como la aplicación de modelos fotoquímicos, y contribuir a establecer conexiones entre las fuentes de emisiones y las concentraciones de contaminación observadas.
57Documentación técnica en electrónicaDirectiva 2011/65/UE, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (refundición)

Decisión n.o 768/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, sobre un marco común para la comercialización de los productos y por la que se deroga la Decisión 93/465/CEE del Consejo

Elaboración de nuevas normas europeas para reforzar la evaluación de la conformidad de los aparatos eléctricos y electrónicos y mejorar la comunicación a lo largo de la cadena de suministro. Esto incluye la revisión de la norma EN IEC 63000, que especifica la documentación técnica que deben elaborar los fabricantes para declarar que se cumplen las restricciones aplicables a las sustancias.El objetivo principal de la acción es mejorar la documentación técnica, de modo que los agentes económicos puedan evaluar más fácilmente la conformidad de los aparatos eléctricos y electrónicos con la legislación correspondiente.
58Un sector de las algas en la UE sostenibleHacia un sector de las algas en la UE sólido y sostenible

[COM(2022) 592 final]

Elaboración de normas europeas para apoyar protocolos normalizados, métodos analíticos, directrices, mejores prácticas y definiciones para la industria de las algas, que abarquen el cultivo, la transformación y el control de calidad de los productos a base de algas para garantizar su seguridad, calidad y sostenibilidad para alimentos y piensos, así como para otras aplicaciones.El establecimiento de normas facilitará la gobernanza, aumentará la sensibilización social y la aceptación del mercado y mejorará el entorno empresarial de las algas y los productos a base de algas en la UE.
Medidas para la elaboración y la revisión de las normas europeas o los documentos europeos de normalización que apoyan el sistema europeo de satélites e infraestructura espacial
Ref.TítuloReferenciaNormas europeas / documentos de normalización europeosObjetivos y políticas específicos para las normas europeas / los documentos de normalización europeos
59Integridad y exactitud de los datos espacialesReglamento (UE) 2021/696, por el que se crean el Programa Espacial de la Unión y la Agencia de la Unión Europea para el Programa EspacialLa medida propuesta apoyaría el Programa Espacial de la Unión. También apoyaría la carta de intenciones de la presidenta de la Comisión Europea, de 13 de septiembre de 2023, dirigida a la presidenta del Parlamento Europeo y la presidencia del Consejo de la UE a fin de establecer una estrategia de la UE para la economía de los datos espaciales.El objetivo principal es garantizar la integridad de los datos espaciales, es decir, el mantenimiento y la garantía de la coherencia, exactitud y fiabilidad de los datos a lo largo de su ciclo de vida, así como garantizar la exactitud de los datos. La exactitud de los datos en el contexto de la observación de la Tierra se refiere a la medida en que los datos observados se ajustan a la verdad real sobre el terreno. Es esencial para aplicaciones fiables en ámbitos como la agricultura, la modelización climática y la planificación urbana. Debe incluir información rigurosa sobre la incertidumbre (como márgenes de error o intervalos de confianza).
60Diseño de aeronaves no tripuladas de bajo riesgoReglamento Delegado (UE) 2019/945 de la Comisión, de 12 de marzo de 2019, sobre los sistemas de aeronaves no tripuladas y los operadores de terceros países de sistemas de aeronaves no tripuladasElaboración de nuevas normas europeas armonizadas o revisión de las existentes para apoyar la integración de las aeronaves no tripuladas en el espacio aéreo en operaciones de bajo riesgo.El objetivo principal es apoyar la integración segura de las operaciones de aeronaves no tripuladas de bajo riesgo dentro del espacio aéreo del cielo único europeo, garantizando que solo se introduzcan en el mercado de la UE sistemas de aeronaves no tripuladas que sean conformes.
61Gestión del tráfico espacialReglamento (UE) 2021/696, por el que se crean el Programa Espacial de la Unión y la Agencia de la Unión Europea para el Programa EspacialElaboración de directrices y normas para la gestión del tráfico espacial a fin de definir responsabilidades y reglas operativas, evaluar los riesgos y establecer procedimientos de seguridad para prevenir futuros riesgos relacionados con un entorno espacial congestionado.La sostenibilidad del entorno espacial sigue siendo una cuestión acuciante que debe abordarse a nivel europeo a través de la normalización. Contar con un enfoque común respaldado por normas evitará la futura congestión del espacio y eliminará obstáculos a la innovación en el panorama espacial europeo.
62Seguridad, resiliencia y sostenibilidad de las actividades espacialesCOMUNICACIÓN CONJUNTA AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO Estrategia Espacial de la Unión Europea para la Seguridad y la Defensa [JOIN(2023) 9 final]

PLAN/2023/214 Ley Espacial de la UE: Seguridad y sostenibilidad de las actividades espaciales

Elaboración de normas europeas para ámbitos específicos cubiertos por la legislación espacial de la UE, como los servicios y operaciones espaciales, los componentes eléctricos, electrónicos y electromecánicos para aplicaciones espaciales, la trazabilidad de los datos y los servicios espaciales, y la resiliencia y la seguridad de las infraestructuras y actividades espaciales.Estas normas son esenciales para garantizar la seguridad y la fiabilidad de las operaciones espaciales, mejorar la interoperabilidad y reforzar la resiliencia de las cadenas de suministro críticas. Su adopción reforzará el liderazgo europeo en el sector espacial, impulsará la competitividad mundial y garantizará unos servicios espaciales seguros y resilientes.
Medidas para la elaboración y la revisión de las normas europeas o los documentos de normalización europeos que apoyan el mercado interior de servicios y productos
Ref.TítuloReferenciaNormas europeas / documentos de normalización europeosObjetivos y políticas específicos para las normas europeas / los documentos de normalización europeos
63Productos sanitarios y productos sanitarios para diagnóstico in vitroReglamento (UE) 2017/745, sobre los productos sanitarios

el Reglamento (UE) 2017/746, sobre los productos sanitarios para diagnóstico in vitro

Revisar las normas europeas existentes y elaborar normas nuevas para el diseño y la fabricación de:

los productos sanitarios cubiertos por el Reglamento (UE) 2017/745;
los productos sanitarios para diagnóstico in vitro cubiertos por el Reglamento (UE) 2017/746.

Las normas se aplicarán al diseño y la fabricación, la gestión de riesgos y las obligaciones de los patrocinadores y operadores económicos, en particular las relacionadas con:

sistemas de gestión de la calidad;
gestión de riesgos;
investigaciones clínicas y estudios del rendimiento;
evaluación clínica.
Garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior en lo que se refiere a los productos sanitarios, mediante el establecimiento de normas rigurosas en materia de calidad y seguridad para los productos sanitarios y para los productos sanitarios para diagnóstico in vitro. Estas deben subsanar los problemas de seguridad comunes en cuanto a dichos productos, de forma que garanticen un alto nivel de protección de la salud y la seguridad a los pacientes, usuarios y otras personas.
64Instrumentos de pesaje y medidaDirectiva 2014/31/UE, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático

Directiva 2014/32/UE, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de instrumentos de medida

Revisar las normas europeas existentes o elaborar normas nuevas para promover el uso de tecnología punta en el ámbito de los instrumentos de pesaje y medida.
i)proteger al público frente a los resultados incorrectos de las operaciones de pesaje mediante instrumentos de pesaje no automáticos cuando se recurra a estas operaciones para determinadas categorías de aplicaciones;
ii)promover los instrumentos de medida correctos y que permitan la trazabilidad, que puedan usarse para diversas tareas de medición que afectan directa e indirectamente a la vida cotidiana de las personas de muchas maneras. Estas tareas se llevan a cabo en aras del interés público, la salud pública, la seguridad y el orden, la protección del medio ambiente, la protección del consumidor, la recaudación de impuestos y tasas y el comercio justo. Pueden requerir el uso de instrumentos de acción controlados legalmente.
65Interoperabilidad del sistema ferroviarioDirectiva (UE) 2016/797, sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la Unión EuropeaRevisar las normas o los documentos de normalización europeos existentes o elaborar otros nuevos para apoyar la aplicación de la Directiva (UE) 2016/797.El objetivo principal es garantizar un alto nivel de interoperabilidad del sistema ferroviario teniendo en cuenta la evolución de la tecnología (digital) y las restricciones ecológicas.
66Baja tensiónDirectiva 2014/35/UE, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensiónRevisión de las normas existentes y elaboración de nuevas normas en apoyo de los requisitos esenciales establecidos en la Directiva 2014/35/UE.Garantizar que las normas armonizadas en apoyo de los requisitos esenciales establecidos en la Directiva 2014/35/EU sobre baja tensión estén actualizadas y reflejen los últimos avances en este ámbito. Estas normas armonizadas, cuyas referencias se citarán en el DOUE, conferirán presunción de conformidad con los requisitos esenciales correspondientes.

Por lo tanto, se garantizará que el material eléctrico no ponga en peligro la salud y la seguridad de las personas y los animales domésticos, ni de los bienes, cuando se instale y mantenga adecuadamente y se utilice con el fin para el que fue fabricado.

67Diccionario de datos para la comunicación de información a las autoridades de supervisión del sector financieroCOM(2021) 798: Estrategia en materia de datos de supervisión en los servicios financieros de la UE

Reglamento (UE) 2019/876, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 575/2013 en lo que se refiere a la ratio de apalancamiento, la ratio de financiación estable neta, los requisitos de fondos propios y pasivos admisibles, el riesgo de crédito de contraparte, el riesgo de mercado, las exposiciones a entidades de contrapartida central, las exposiciones a organismos de inversión colectiva, las grandes exposiciones y los requisitos de presentación y divulgación de información, y el Reglamento (UE) n.o 648/2012

Elaborar una nueva norma europea para la descripción del contenido y el formato de los datos notificados por entidades del sector financiero a las autoridades pertinentes a efectos de supervisión financiera, así como de los datos divulgados al público en virtud de diversos marcos legislativos.

La norma debe garantizar que los datos se exponen de forma estructurada, exhaustiva, coherente e inequívoca, utilizando términos arraigados en la legislación a fin de establecer un vínculo claro entre las partidas de datos recopilados o divulgados y las correspondientes especificaciones legislativas.

El objetivo a largo plazo es modernizar la comunicación de información con fines de supervisión de la UE y establecer un sistema que proporcione datos precisos, coherentes y oportunos a las autoridades de supervisión a escala nacional y de la UE, minimizando al mismo tiempo la carga adicional que supone la comunicación de información para todas las partes pertinentes.

La normalización de los datos y una comprensión común de los datos recogidos con y publicados con arreglo a diferentes marcos legislativos facilitarán el uso de las tecnologías digitales y simplificarán la transmisión, la validación y el análisis de los datos.

68Consideraciones antropométricas para la seguridad de las máquinasReglamento (UE) 2023/1230, relativo a las máquinasRealización de estudios antropométricos, como la recopilación de datos antropométricos representativos de la población de la UE o realización de talleres que reúnan a fabricantes, usuarios y organismos de normalización para eliminar o reducir lo más posible la molestia, la fatiga y el estrés físico y psíquico del operador, teniendo en cuenta la diferencias morfológicas, de fuerza y de resistencia de los operadores. Estos datos también deben incluir las dimensiones de las partes del cuerpo, en particular las extremidades, para evitar el riesgo de que entren de contacto con la máquina a través de aberturas.El objetivo principal es llevar a cabo estudios antropométricos, por ejemplo, actualizando los existentes y recopilando datos antropométricos de los que no se dispone actualmente y que sean representativos de la población de la UE, o realizando talleres que reúnan a usuarios, fabricantes y organismos de normalización. Estos datos son necesarios para elaborar normas y, en su caso, máquinas que puedan utilizar de forma segura la gran mayoría de los operadores de la UE.
69Consideraciones antropométricas para los equipos de protección individualReglamento (UE) 2016/425, relativo a los equipos de protección individualRealización de estudios antropométricos, como la recopilación de datos antropométricos representativos de la población de la UE o realización de talleres que reúnan a fabricantes, usuarios y organismos de normalización para poder adaptar los EPI a la morfología del mayor porcentaje posible de usuarios de la UE por todos los medios adecuados, como sistemas adecuados de ajuste y fijación o el suministro de una variedad de tallas adecuada.El principal objetivo es llevar a cabo estudios antropométricos, por ejemplo actualizar los datos antropométricos existentes y recopilar datos antropométricos de los que actualmente no se dispone y que sean representativos de la población de la UE, o realizar talleres para reunir a usuarios, fabricantes y organismos de normalización. Estos datos son necesarios para elaborar normas y, en última instancia, productos que puedan utilizar de forma segura la gran mayoría de los usuarios de la UE.
70Equipos de protección individualReglamento (UE) 2016/425, relativo a los equipos de protección individualRevisar las normas europeas existentes o desarrollar otras nuevas para promover el uso de tecnología punta en el ámbito de los equipos de protección individual.El objetivo principal es garantizar la protección de la salud y la seguridad de los usuarios y la libre circulación de los equipos de protección individual en el mercado interior. Asimismo, la existencia de normas europeas armonizadas facilitará el acceso al mercado, en particular para las pymes.
71Productos de construcciónReglamento (UE) 2024/3110, por el que se establecen reglas armonizadas para la comercialización de productos de construcciónElaborar y actualizar las normas europeas para evaluar las prestaciones de los productos de construcción:

vidrio plano, vidrio conformado y bloques de vidrio;
chimeneas, conductos y productos relacionados;
productos aislantes térmicos. sistemas y kits compuestos para aislamiento;
cementos, cales y otros conglomerantes hidráulicos;
puertas, ventanas, persianas y cierres y sus herrajes;
aceros para hormigón armado y pretensado (y componentes auxiliares); kits de postensado.
El objetivo principal es actualizar las normas del nuevo marco regulador y abordar el rendimiento de los productos en relación con los requisitos básicos aplicables a las obras de construcción definidos en el Reglamento, incluida la evaluación de la sostenibilidad medioambiental.
72Emisiones y radiación de sustancias peligrosas procedentes de productos de construcciónReglamento (UE) 2024/3110, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcciónElaboración de métodos de ensayo para la evaluación de la liberación, las emisiones y el contenido de sustancias peligrosas y de la radiación de los productos de construcción.El objetivo principal es la especificación de métodos para determinar las prestaciones de los productos de construcción en lo que respecta a la liberación, las emisiones y el contenido de sustancias peligrosas y a las radiaciones.
73Exposición de fachadas al fuegoReglamento (UE) 2024/3110, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcciónElaboración de métodos de ensayo para la evaluación de fachadas al fuego.El objetivo principal es la especificación de los métodos para determinar el comportamiento de las fachadas frente a la exposición al fuego. Se definirán dos métodos: pruebas de fachada a pequeña y mediana escala. El método de ensayo evaluará, como mínimo, la propagación del fuego en la fachada y el desprendimiento de partes de ella.
74Infraestructuras ciclistas y planificación de la movilidadReglamento Delegado (UE) 2017/1926 de la Comisión, que complementa la Directiva 2010/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere al suministro de servicios de información sobre desplazamientos multimodales en toda la Unión (modificado por el Reglamento Delegado (UE) 2024/490 de la Comisión, de 29 de noviembre de 2023)

Declaración europea sobre el uso de la bicicleta (C/2024/2377)

Elaboración de normas europeas para la red ciclista, incluidos atributos como la calidad de la superficie y la circulación en paralelo; respecto a los datos de recuento de bicicletas (por ejemplo, localización de contadores, tipo de infraestructura, modos contabilizados, dirección y número de pasos); respecto a los datos sobre el comportamiento de los ciclistas (por ejemplo, opciones de giro inmediato, opciones de ruta, velocidad de viaje y tiempos de espera); y respecto al aparcamiento de bicicletas; garantizando la armonización con los marcos pertinentes para el intercambio de datos y la modelización del transporte.El objetivo principal es apoyar la planificación de rutas en tiempo real, optimizar las infraestructuras ciclistas y mejorar la gestión del tráfico mediante la normalización de los datos sobre las redes ciclistas, el aparcamiento de bicicletas y el comportamiento de los ciclistas. Ayudará a los planificadores de la movilidad, a los desarrolladores de rutas y a los modelos de transporte.
75Seguridad de los juguetesDirectiva 2009/48/CE, sobre la seguridad de los juguetes

Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativo a la seguridad de los juguetes y por el que se deroga la Directiva 2009/48/CE

[COM(2023) 462 final]

Elaboración de nuevas normas para cubrir las especificaciones técnicas de las luces LED en los juguetes contemplados en la Directiva 2009/48/CE.

Elaboración de nuevas normas armonizadas en apoyo del Reglamento propuesto.

El objetivo de la acción es garantizar un elevado nivel de protección de la salud y la seguridad de los niños cuando juegan con juguetes, así como la libre circulación de los juguetes en la Unión.
76Compatibilidad electromagnéticaDirectiva 2014/30/UE, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de compatibilidad electromagnéticaRevisión de las normas existentes y elaboración de nuevas normas en apoyo de los requisitos esenciales establecidos en la Directiva 2014/30/UE.Garantizar que las normas armonizadas en apoyo de los requisitos esenciales establecidos en la Directiva 2014/30/UE estén actualizadas y reflejen los últimos avances en este ámbito.
77Equipos radioeléctricosDirectiva 2014/53/UE, relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros sobre la comercialización de equipos radioeléctricosElaborar nuevas normas en apoyo de la Directiva 2014/53/UE y revisar las existentes.Garantizar que las normas armonizadas en apoyo de los requisitos esenciales establecidos en la Directiva 2014/53/UE estén actualizadas y reflejen los últimos avances en este ámbito.
78Seguridad de los productos de consumoReglamento (UE) 2023/988, relativo a la seguridad general de los productosElaborar o revisar las normas europeas en apoyo del Reglamento (UE) 2023/988, relativo a la seguridad general de los productos, centrándose en los productos para niños y otros artículos incluidos en el ámbito de aplicación de la Directiva, en colaboración con el grupo de expertos de la Red de Seguridad de los Consumidores de la Comisión. Esto incluye la mejora de la seguridad de los niños frente a las celosías interiores, los productos para cubrir ventanas con cordones y los dispositivos de seguridad, así como mejorar la seguridad de los equipos para gimnasia y el material fijo, y de los dispositivos de bloqueo para ventanas y puertas de balcón.El objetivo principal es mejorar la seguridad de los productos con arreglo al Reglamento (UE) 2023/988, relativo a la seguridad general de los productos, garantizando que las normas actuales incorporen los conocimientos científicos más recientes y cumplan los requisitos esenciales de la legislación.

(1)   El Plan evolutivo de la UE para la normalización de las TIC ofrece una visión más detallada de las necesidades de normalización de las TIC en apoyo de las políticas y normativas de la UE.

ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/1818/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)

El Estudio Jurídico FERREYROS&FERREYROS es una firma especializada en aspectos legales y regulatorios relacionados con las Nanotecnologías, materia transversal, relacionada con la integración y convergencia de tecnologías (Nanotecnologías, Biotecnologías, Tecnologías de la Información y ciencias Cognitivas) (NBIC).

El Estudio realiza asesorías, consultorías, auditorías, formaciones, investigaciones y defensas en favor de agentes públicos y empresas privadas en Contenidos y Servicios vinculados con las NBIC, en todas las fases y etapas del negocio jurídico.

Desde la concepción, elaboración de proyectos, estudio de impacto, gestión, declaraciones y obtención de las autorizaciones y licencias, incluyendo negociación y ejecución de contratos y resolución de conflictos

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Carlos Ferreyros

Doctor en Derecho. Magister en Informática Jurídica y Derecho Informático

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