Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.
cferreyros@ferreyros-ferreyros.com
RESUMEN
El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2241 de la Comisión, de 8 de octubre de 2026, modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2746, que desarrolla la Red de Datos de Sostenibilidad Agraria (RDSA).
La modificación actualiza los anexos VIII, IX y X incorporando exenciones solicitadas y justificadas por determinados Estados miembros respecto de variables y años de notificación específicos. Asimismo, precisa exenciones para Alemania en ciertas variables de organizaciones de productores correspondientes a 2027 y revisa los importes máximos asignados a los Estados para ese año. Las modificaciones abarcan información sobre explotaciones, mano de obra, prácticas agrarias, biodiversidad, nutrientes, fitosanitarios, antimicrobianos y otros indicadores de sostenibilidad. El Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y será obligatorio y directamente aplicable en todos los Estados miembros.
En conclusión, la norma adapta las obligaciones de recopilación de datos a las solicitudes nacionales, sin suprimir el marco común de la RDSA. Las exenciones son específicas por Estado, variable y periodo; por ello, no constituyen una dispensa general de las obligaciones de información. La modificación también ajusta la financiación prevista para 2027 atendiendo a las exenciones reconocidas.
Algunas recomendaciones se refieren a las actualizaciones, por las autoridades competentes, de los calendarios, instrucciones y sistemas de reporte conforme a los anexos modificados. Se recomienda además, verificar individualmente las variables exentas y los años de aplicación; y de comunicar con claridad los cambios de las unidades estadísticas y explotaciones concernidas.
Finalmente, conviene documentar la calidad y trazabilidad de los datos reportados para preservar la comparabilidad de la información agraria europea.
A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privadas interesadas en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@ferreyros-ferreyros.com
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| Diario Oficial de la Unión Europea | ES Serie L |
| 2026/2241 | 9.10.2026 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2026/2241 DE LA COMISIÓN
de 8 de octubre de 2026
que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2746, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 1217/2009 del Consejo por el que se crea la Red de Datos de Sostenibilidad Agraria, y por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/220 de la Comisión
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1217/2009 del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, por el que se crea la Red de Datos de Sostenibilidad Agraria (1), y en particular su artículo 8, apartado 4, y su artículo 19, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
| (1) | El artículo 12, apartado 3, del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2746 de la Comisión (2) permite a esta eximir a los Estados miembros de la presentación de datos sobre las variables específicas a que se refiere el anexo VIII de dicho Reglamento para el año de notificación 2027, siempre que el Estado miembro presente una solicitud motivada. En el anexo IX se enumeran las exenciones para variables específicas contempladas en el artículo 12 de dicho Reglamento de Ejecución. En el anexo X figuran los importes pagaderos a los Estados miembros para el año de notificación 2027. De conformidad con el artículo 17 del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2746, dichos importes tienen en cuenta las exenciones enumeradas en el anexo IX. A raíz de la presentación de solicitudes motivadas adicionales por parte de Alemania, Irlanda, Francia, Croacia, Polonia, Eslovenia y Suecia, es necesario modificar en consecuencia los anexos VIII, IX y X de dicho Reglamento de Ejecución. |
| (2) | Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2746 en consecuencia. |
| (3) | Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Red de Datos de Sostenibilidad Agraria. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Los anexos VIII, IX y X del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2746 se modifican de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 8 de octubre de 2026.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 328 de 15.12.2009, p. 27, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2009/1217/oj.
(2) Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2746 de la Comisión, de 25 de octubre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 1217/2009 del Consejo por el que se crea la Red de Datos de Sostenibilidad Agraria, y por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/220 de la Comisión (DO L, 2024/2746, 30.10.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/2746/oj).
ANEXO
Los anexos VIII, IX y X del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2746 se modifican como sigue:
| 1) | En el anexo VIII, en el punto «A.OT.232.C Número de miembros de las organizaciones de productores (OP)» del cuadro A, la última frase se sustituye por el texto siguiente: «Alemania está exenta de la presentación de los datos relativos a las variables A.OT.230.C, A.OT.231.C y A.OT.232.C para el año de notificación 2027.». |
| 2) | En el anexo IX, el cuadro se sustituye por el siguiente:
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| 3) | En el anexo X, el cuadro se sustituye por el siguiente:
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ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2026/2241/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)
