Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.
RESUMEN
Conforme al Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de octubre de 2022, relativo a un mercado único de servicios digitales y por el que se modifica la Directiva 2000/31/CE (Reglamento de Servicios Digitales), y en particular su artículo 15, apartado 3, sobre las Obligaciones de transparencia informativa de los prestadores de servicios intermediarios y el artículo 24, apartado 6, relativo a las Obligaciones de transparencia informativa de los prestadores de plataformas en línea, el presente Reglamento de Ejecución establece las plantillas respectivas.
A estos efectos: los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño utilizarán las versiones en CSV o en XLSX de las plantillas que figuran en el anexo I del presente Reglamento. Las plantillas referidas a estos prestadores de servicio cumplimentarán y las pondrán a disposición del público de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.
A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com
____________________________________________________________
Diario Oficial de la Unión Europea |
ES
Serie L |
2024/2835 | 5.11.2024 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2835 DE LA COMISIÓN
de 4 de noviembre de 2024
por el que se establecen plantillas relativas a las obligaciones de transparencia informativa de los prestadores de servicios intermediarios y de los prestadores de plataformas en línea en virtud del Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de octubre de 2022, relativo a un mercado único de servicios digitales y por el que se modifica la Directiva 2000/31/CE (Reglamento de Servicios Digitales) (1), y en particular su artículo 15, apartado 3, y artículo 24, apartado 6,
Previa consulta al Comité de Servicios Digitales de conformidad con el artículo 88, apartado 1, del Reglamento (UE) 2022/2065,
Considerando lo siguiente:
(1) | A fin de garantizar un nivel adecuado de transparencia y rendición de cuentas, así como de permitir la comunicación de información exhaustiva y comparable, es necesario establecer plantillas relativas a la forma, el contenido y otros detalles de los informes que los prestadores de servicios intermediarios deben publicar de conformidad con el artículo 15, apartado 1, el artículo 24, apartado 1, y el artículo 42, apartado 2, del Reglamento (UE) 2022/2065. |
(2) | De conformidad con el Reglamento (UE) 2022/2065, y en consonancia con el objetivo de establecer obligaciones de diligencia debida claras, eficaces, equilibradas y proporcionadas para un entorno en línea transparente y seguro para los prestadores de servicios intermediarios, las obligaciones de transparencia informativa aplicadas a dichos prestadores deben ser proporcionales a su impacto social. Sobre esta base, el Reglamento (UE) 2022/2065 esboza diferentes obligaciones de transparencia informativa para los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea y los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño que son proporcionales a su tipo y tamaño. El artículo 15, apartado 2, del Reglamento (UE) 2022/2065 también exime de la obligación de comunicación de información establecida en el artículo 15, apartado 1, de dicho Reglamento a los prestadores de servicios intermediarios que se consideren microempresas o pequeñas empresas en el sentido de la Recomendación 2003/361/CE (2) y que no sean plataformas en línea de muy gran tamaño en el sentido del artículo 33 de dicho Reglamento. |
(3) | A fin de permitir un control efectivo de las decisiones de moderación de contenidos, los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño deben utilizar las plantillas y las instrucciones establecidas en los anexos del presente Reglamento a la hora de cumplir sus obligaciones de transparencia informativa en virtud del Reglamento (UE) 2022/2065. |
(4) | A fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia de los prestadores, en particular para garantizar la legibilidad por máquina y la fácil accesibilidad de los informes de transparencia, el formato de publicación debe armonizarse de conformidad con el artículo 15, apartado 3, y el artículo 24, apartado 6, del Reglamento (UE) 2022/2065. |
(5) | Para garantizar que los informes de transparencia sean legibles por máquina, los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño deben publicar los informes de transparencia en un formato de documento abierto CSV (valores separados por comas). La Comisión debe ofrecer en línea las versiones en CSV y en XLSX de las plantillas en el anexo I. |
(6) | A fin de permitir la comparabilidad de los informes de transparencia de todos los prestadores, los períodos cubiertos y las fechas de publicación deben armonizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 15, apartado 3, y el artículo 24, apartado 6, del Reglamento (UE) 2022/2065. |
(7) | De conformidad con el artículo 42, apartado 1, del Reglamento (UE) 2022/2065, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño deben informar al menos cada seis meses. El inicio del ciclo de comunicación de información de dicho prestador depende de la fecha en la cual el servicio haya sido designado como plataforma en línea de muy gran tamaño o como motor de búsqueda en línea de muy gran tamaño. Por consiguiente, los ciclos semestrales de comunicación de información de los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño no están armonizados. |
(8) | De conformidad con el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) 2022/2065, los prestadores de servicios intermediarios, de servicios de alojamiento de datos y de plataformas en línea deben informar anualmente a partir del 17 de febrero de 2024, fecha de plena entrada en vigor del Reglamento (UE) 2022/2065. Los ciclos semestrales de notificación de los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño no se ajustan a los ciclos anuales de comunicación de información de los prestadores de servicios intermediarios, de servicios de alojamiento de datos y de plataformas en línea. |
(9) | En el caso de los prestadores de servicios intermediarios, de servicios de alojamiento de datos y de plataformas en línea, el ciclo de comunicación de información anual de conformidad con el Reglamento (UE) 2022/2065 debe ajustarse a los ciclos de comunicación de información armonizados del presente Reglamento. Por consiguiente, el segundo ciclo de comunicación de información de conformidad con el Reglamento (UE) 2022/2065, que debe comenzar a más tardar el 17 de febrero de 2025, abarcará el período que finaliza el 31 de diciembre de 2025. Los prestadores de servicios intermediarios, de servicios de alojamiento de datos y de plataformas en línea deben utilizar las plantillas que figuran en el anexo I del presente Reglamento a partir del 1 de julio de 2025. El primer ciclo de comunicación de información armonizado completo abarca las fechas comprendidas entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026. |
(10) | En el caso de los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño, el primer ciclo de comunicación de información en el que deben utilizarse las plantillas que figuran en el anexo I del presente Reglamento abarcará el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2025. |
(11) | Se anima a los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño a adaptar sus informes de transparencia a las plantillas del anexo I del presente Reglamento tras la entrada en vigor del presente Reglamento. |
(12) | A fin de facilitar la evaluación por parte de la Comisión del posible efecto del Reglamento (UE) 2022/2065 de conformidad con su artículo 91, los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea y los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño deben conservar los informes de transparencia durante un período mínimo de cinco años tras su publicación. |
(13) | Los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea y los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño pueden publicar versiones actualizadas de informes de transparencia publicados previamente con el fin de rectificar incoherencias, errores o cambios en la metodología aplicada para calcular las cifras notificadas. Las versiones de un informe de transparencia deben marcarse explícitamente para permitir un reconocimiento fácil de la versión y la fecha del informe de transparencia. |
(14) | A fin de garantizar el acceso público a los informes de transparencia del pasado, los informes de transparencia, incluidas todas las versiones publicadas, deben seguir siendo accesibles al público como mínimo durante el período de conservación de cinco años, |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Plantillas para los informes de transparencia
- A efectos del cumplimiento de sus obligaciones de transparencia informativa en virtud de los artículos 15, 24 y 42 del Reglamento (UE) 2022/2065, los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño utilizarán las versiones en CSV o en XLSX de las plantillas que figuran en el anexo I del presente Reglamento.
- Las plantillas a que se refiere el apartado 1 del presente artículo se cumplimentarán y pondrán a disposición del público de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.
Artículo 2
Período cubierto
- El período cubierto anual para los prestadores de servicios intermediarios, de servicios de alojamiento de datos y de plataformas en línea de conformidad con el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) 2022/2065 será del 1 de enero al 31 de diciembre.
- Los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño publicarán sus informes de transparencia al menos cada seis meses de conformidad con el artículo 42, apartado 1, del Reglamento (UE) 2022/2065, que abarcarán, respectivamente, los períodos comprendidos entre el 1 de enero y el 30 de junio y el 1 de julio y el 31 de diciembre.
- Los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño harán públicos los informes a que se refiere el presente artículo a más tardar dos meses después de la fecha de conclusión de cada período cubierto.
- Los informes de transparencia de los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño se basarán en las plantillas del anexo I del presente Reglamento a partir del 1 de julio de 2025.
Artículo 3
Período de conservación
- Los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño conservarán los informes de transparencia durante al menos cinco años después de su publicación.
- Los informes de transparencia, incluidas todas las versiones publicadas, permanecerán a disposición del público durante todo el período de conservación.
Artículo 4
Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 4 de noviembre de 2024.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 277 de 27.10.2022, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2022/2065/oj.
(2) DO L 124 de 20.5.2003, p. 36, ELI: http://data.europa.eu/eli/reco/2003/361/oj.
ANEXO I
Plantillas para prestadores de servicios intermediarios, servicios de alojamiento de datos, plataformas en línea, plataformas en línea de muy gran tamaño y motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño
PARTE I
OBSERVACIONES GENERALES
De conformidad con el artículo 1 del presente Reglamento, los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño cumplimentarán la versión en CSV y en XLXS de las plantillas del anexo I.
El presente anexo contiene dos plantillas:
1) | la «plantilla cuantitativa», de ocho secciones, y |
2) | la «plantilla cuantitativa», de una sección. |
El anexo II contiene instrucciones generales sobre el funcionamiento de las plantillas e instrucciones detalladas para cumplimentar ambas plantillas. Las plantillas del presente anexo se cumplimentarán de conformidad con tales instrucciones. Los cuadros incluidos en el presente anexo se utilizan únicamente a título ilustrativo. Las versiones en CSV y en XLSX del presente anexo se utilizarán para cumplir las obligaciones de comunicación de información establecidas en los artículos 15, 24 y 42 del Reglamento (UE) 2022/2065. Las versiones en CSV y en XLSX de este anexo pueden consultarse en https://digital-strategy.ec.europa.eu/es/policies/dsa-brings-transparency.
PARTE II
PLANTILLAS
1. PLANTILLA CUANTITATIVA
1.1. Identificación del informe
Aplicabilidad | Servicio | Indicador | Valor |
Todos | Texto | Nombre del prestador de servicios | Texto |
Todos | Texto | Fecha de publicación del informe | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD |
Todos | Texto | Fecha de publicación del informe anterior más reciente | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD |
Todos | Texto | Fecha de inicio del período cubierto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD |
Todos | Texto | Fecha de final del período cubierto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD |
1.2. Artículo 15, apartado 1, letra a). Órdenes de los Estados miembros
1.2.1. Órdenes de los Estados miembros de actuación contra contenidos ilícitos
Aplicabilidad | Servicio | Período cubierto | Categoría de contenido ilícito | Descripción de la subcategoría «Otra» | Ámbito | Número de órdenes de los Estados miembros de actuación contra contenidos ilícitos | Número de elementos específicos de información incluidos en el número total de órdenes de actuación contra contenidos ilícitos | Tiempo medio para informar a la autoridad de la recepción de la orden de actuar contra contenidos ilícitos | Tiempo medio para dar efecto a la orden de actuar contra contenidos ilícitos |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | TOTAL | TOTAL | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1 | TOTAL | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1a | TOTAL | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | TOTAL | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1c | Texto para detallar «Otra» | TOTAL | Número | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | TOTAL | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 | TOTAL | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | TOTAL | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14f | Texto para detallar «Otra» | TOTAL | Número | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | TOTAL | AT | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1 | AT | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1a | AT | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | AT | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1c | Texto para detallar «Otra» | AT | Número | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | AT | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 | AT | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | AT | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 f | Texto para detallar «Otra» | AT | Número | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | TOTAL | […] | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1 | […] | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1a | […] | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | […] | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1c | Texto para detallar «Otra» | […] | Número | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | […] | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 | […] | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | […] | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 f | Texto para detallar «Otra» | […] | Número | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | TOTAL | SE | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1 | SE | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1a | SE | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | SE | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1c | Texto para detallar «Otra» | SE | Número | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | SE | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 | SE | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | SE | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 f | Texto para detallar «Otra» | SE | Número | Número | Número | Número |
1.2.2. Órdenes de los Estados miembros de entrega de información
Aplicabilidad | Servicio | Período cubierto | Categoría de contenido ilícito | Descripción de la subcategoría «Otra» | Ámbito | Número de órdenes de entrega de información | Tiempo medio para informar a la autoridad de la recepción de la orden de entrega de información | Tiempo medio para dar efecto a la orden de entrega de información |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | TOTAL | TOTAL | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1 | TOTAL | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1a | TOTAL | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | TOTAL | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1c | Texto para detallar «Otra» | TOTAL | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | TOTAL | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 | TOTAL | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | TOTAL | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 f | Texto para detallar «Otra» | TOTAL | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 16 | TOTAL | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | TOTAL | AT | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1 | AT | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1a | AT | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | AT | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1c | Texto para detallar «Otra» | AT | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | AT | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 | AT | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | AT | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 f | Texto para detallar «Otra» | AT | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 16 | AT | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | TOTAL | […] | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1 | […] | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1a | […] | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | […] | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1c | Texto para detallar «Otra» | […] | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | […] | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 | […] | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | […] | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 f | Texto para detallar «Otra» | […] | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 16 | […] | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | TOTAL | SE | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1 | SE | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1a | SE | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | SE | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1c | Texto para detallar «Otra» | SE | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | SE | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 | SE | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | SE | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 f | Texto para detallar «Otra» | SE | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 16 | SE | Número | Número | Número |
1.2.3. Información contextual sobre las órdenes
[…] | Información contextual sobre el número de órdenes de los Estados miembros de actuación contra contenidos ilícitos | Información contextual sobre el número de elementos específicos de información incluidos en el número total de órdenes de actuación contra contenidos ilícitos | Información contextual sobre Tiempo medio para informar a la autoridad de la recepción de la orden de actuar contra contenidos ilícitos | Información contextual sobre Tiempo medio para dar efecto a la orden de actuar contra contenidos ilícitos | Información contextual sobre Número de órdenes de entrega de información | Información contextual sobre Tiempo medio para informar a la autoridad de la recepción de la orden de entrega de información | Información contextual sobre Tiempo medio para dar efecto a la orden de entrega de información |
[…] | Texto | Texto | Texto | Texto | Texto | Texto | Texto |
1.3. Artículo 15, apartado 1, letra b). Notificaciones enviadas de conformidad con el artículo 16, apartado 5, del Reglamento (UE) 2022/2065
Aplicabilidad | Servicio | Período cubierto | Categoría de contenido ilícito | Descripción de la subcatego-ría «Otra» | Número de notifica-ciones recibidas | Número de notifica-ciones recibidas de los alertadores fiables | Número de elementos específicos de información incluidos en el número total de notifica-ciones | Número de elementos específicos de información incluidos en el número total de notifica-ciones de alertadores fiables (notifica-ciones de alertadores fiables) | Tiempo medio para adoptar medidas | Tiempo medio para adoptar medidas (notifica-ciones de alertadores fiables) |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | TOTAL | Número | Número | Número | Número | Número | Número | |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1 | Número | Número | Número | Número | Número | Número | |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1a | Número | Número | Número | Número | Número | Número | |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1c | Texto para detallar «Otra» | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 | Número | Número | Número | Número | Número | Número | |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 f | Texto para detallar «Otra» | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | TOTAL | Número | Número | Número | Número | Número | Número | |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 17 | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número de medidas adoptadas sobre la base de la ley | Número de medidas adoptadas sobre la base de la ley (notificaciones de alertadores fiables) | Número de medidas adoptadas sobre la base de las condiciones generales | Número de medidas adoptadas sobre la base de las condiciones generales (notificaciones de alertadores fiables) |
[…] | Número | Número | Número | Número |
1.3.1. Información contextual sobre las notificaciones
[…] | Información contextual sobre Número de notificaciones recibidas | Información contextual sobre Número de notificaciones recibidas de los alertadores fiables | Información contextual sobre Número de elementos específicos de información incluidos en el número total de notificaciones | Información contextual sobre Número de elementos específicos de información incluidos en el número total de notificaciones de alertadores fiables (notificaciones de alertadores fiables) | Información contextual sobre Tiempo medio para adoptar medidas | Información contextual sobre Tiempo medio para adoptar medidas (notificaciones de alertadores fiables) |
[…] | Texto | Texto | Texto | Texto | Texto | Texto |
[…] | Información contextual sobre Número de medidas adoptadas sobre la base de la ley | Información contextual sobre Número de medidas adoptadas sobre la base de la ley (notificaciones de alertadores fiables) | Información contextual sobre Número de medidas adoptadas sobre la base de las condiciones generales | Información contextual sobre Número de medidas adoptadas sobre la base de las condiciones generales (notificaciones de alertadores fiables) |
[…] | Texto | Texto | Texto | Texto |
1.4. Artículo 15, apartado 1, letra c). Información significativa y comprensible sobre la actividad de moderación de contenidos realizada por iniciativa propia
Aplicabilidad | Servi-cio | Período cubierto | Categoría de contenido ilícito | Descripción de la subcategoría «Otra» | Número de medidas adopta-das por iniciativa propia del presta-dor | Número de medidas adoptadas tras la detección exclusiva-mente con medios automatiza-dos | Restricción de la visibilidad Eliminación | Restricción de la visibilidad Bloqueo | Restricción de la visibilidad Relegación |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | TOTAL | Número | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1 | Número | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1a | Número | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | Número | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1c | Texto para detallar «Otra» | Número | Número | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | Número | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14 | Número | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | Número | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 14f | Texto para detallar «Otra» | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Restricción de la visibilidad Restricción de edad | Restricción de la visibilidad Restricción de la interacción | Restricción de la visibilidad Etiquetada | Restricción de la visibilidad Otra | Restricción de pagos monetarios Suspensión | Restricción de pagos monetarios Cesación | Restricción de pagos monetarios Otra | Prestación del servicio Suspensión | Prestación del servicio Cesación | Restricción de la cuenta Suspensión | Restricción de la cuenta Supresión |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
Aplicabilidad | Servi-cio | Período cubierto | Categoría de incompatibili-dad con las condiciones generales del prestador | Descripción de la subcategoría «Otra» | Número de medidas adopta-das por iniciativa propia del presta-dor | Número de medidas adoptadas tras la detección exclusiva-mente con medios automati-zados | Restricción de la visibilidad Elimina-ción | Restricción de la visibilidad Bloqueo | Restricción de la visibilidad Relegación |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | TOTAL | Número | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1 | Número | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1a | Número | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | Número | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 1c | Texto para detallar «Otra» | Número | Número | Número | Número | Número |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | Número | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 15 | Número | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | […] | Número | Número | Número | Número | Número | |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Categoría 15g | Texto para detallar «Otra» | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Restricción de la visibilidad Restricción de edad | Restricción de la visibilidad Restricción de la interacción | Restricción de la visibilidad Etiquetada | Restricción de la visibilidad Otra | Restricción de pagos monetarios Suspensión | Restricción de pagos monetarios Cesación | Restricción de pagos monetarios Otra | Prestación del servicio Suspensión | Prestación del servicio Cesación | Restricción de la cuenta Suspensión | Restricción de la cuenta Supresión |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
[…] | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número | Número |
Información contextual sobre Número de medidas adoptadas por iniciativa propia del prestador | Información contextual sobre Número de medidas adoptadas tras la detección exclusivamente con medios automatizados | Información contextual sobre Restricción de la visibilidad Eliminación | Información contextual sobre Restricción de la visibilidad Bloqueo | Información contextual sobre Restricción de la visibilidad Relegación | Información contextual sobre Restricción de la visibilidad Restricción de edad | Información contextual sobre Restricción de la visibilidad Restricción de la interacción | Información contextual sobre Restricción de la visibilidad Etiquetada |
Texto | Texto | Texto | Texto | Texto | Texto | Texto | Texto |
Información contextual sobre Restricción de la visibilidad Otra | Información contextual sobre Restricción de pagos monetarios Suspensión | Información contextual sobre Restricción de pagos monetarios Cesación | Información contextual sobre Restricción de pagos monetarios Otra | Información contextual sobre Prestación del servicio Suspensión | Información contextual sobre Prestación del servicio Cesación | Información contextual sobre Restricción de la cuenta Suspensión | Información contextual sobre Restricción de la cuenta Supresión |
Texto | Texto | Texto | Texto | Texto | Texto | Texto | Texto |
1.5. Artículo 15, apartado 1, letra d), y artículo 24, apartado 1, letras a) y b)
1.5.1. Sistemas internos de gestión de reclamaciones, órganos de resolución extrajudicial de litigios y suspensiones impuestas a los reincidentes
Aplicabilidad | Servi-cio | Período cubierto | Sección | Indicador | Ámbito | Valor | Información contextual |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Número de reclamaciones presentadas al sistema interno de gestión de reclamaciones | Número total | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Número de reclamaciones presentadas al sistema interno de gestión de reclamaciones | Decisiones confirmadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Número de reclamaciones presentadas al sistema interno de gestión de reclamaciones | Decisiones parcialmente revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Número de reclamaciones presentadas al sistema interno de gestión de reclamaciones | Decisiones revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Número de reclamaciones presentadas al sistema interno de gestión de reclamaciones | Tiempo medio | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Número de reclamaciones presentadas al sistema interno de gestión de reclamaciones | Decisiones que no dieron lugar a decisión alguna | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Número de restricciones recientemente impuestas a raíz de una reclamación presentada a través del sistema interno de gestión de reclamaciones | Número total | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación sobre una decisión de retirar la información o bloquear el acceso a esta o restringir su visibilidad | Número total | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación sobre una decisión de retirar la información o bloquear el acceso a esta o restringir su visibilidad | Decisiones confirmadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación sobre una decisión de retirar la información o bloquear el acceso a esta o restringir su visibilidad | Decisiones parcialmente revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación sobre una decisión de retirar la información o bloquear el acceso a esta o restringir su visibilidad | Decisiones revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación sobre una decisión de retirar la información o bloquear el acceso a esta o restringir su visibilidad | Tiempo medio | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a una decisión de suspender o cesar la prestación del servicio | Número total | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a una decisión de suspender o cesar la prestación del servicio | Decisiones confirmadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a una decisión de suspender o cesar la prestación del servicio | Decisiones parcialmente revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a una decisión de suspender o cesar la prestación del servicio | Decisiones revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a una decisión de suspender o cesar la prestación del servicio | Tiempo medio | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a una decisión de suspender o suprimir una cuenta | Número total | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a una decisión de suspender o suprimir una cuenta | Decisiones confirmadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a una decisión de suspender o suprimir una cuenta | Decisiones parcialmente revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a una decisión de suspender o suprimir una cuenta | Decisiones revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a una decisión de suspender o suprimir una cuenta | Tiempo medio | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a una decisión de restringir la capacidad de monetizar información | Número total | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a una decisión de restringir la capacidad de monetizar información | Decisiones confirmadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a una decisión de restringir la capacidad de monetizar información | Decisiones parcialmente revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a una decisión de restringir la capacidad de monetizar información | Decisiones revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a una decisión de restringir la capacidad de monetizar información | Tiempo medio | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a la decisión de no adoptar medidas con respecto a una notificación presentada de conformidad con el artículo 16 | Número total | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a la decisión de no adoptar medidas con respecto a una notificación presentada de conformidad con el artículo 16 | Decisiones confirmadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a la decisión de no adoptar medidas con respecto a una notificación presentada de conformidad con el artículo 16 | Decisiones parcialmente revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a la decisión de no adoptar medidas con respecto a una notificación presentada de conformidad con el artículo 16 | Decisiones revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a la decisión de no adoptar medidas con respecto a una notificación presentada de conformidad con el artículo 16 | Tiempo medio | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a la decisión de no adoptar medidas con respecto a una notificación presentada por un alertador fiable de conformidad con el artículo 16 | Número total | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a la decisión de no adoptar medidas con respecto a una notificación presentada por un alertador fiable de conformidad con el artículo 16 | Decisiones confirmadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a la decisión de no adoptar medidas con respecto a una notificación presentada por un alertador fiable de conformidad con el artículo 16 | Decisiones parcialmente revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a la decisión de no adoptar medidas con respecto a una notificación presentada por un alertador fiable de conformidad con el artículo 16 | Decisiones revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Sistema interno de gestión de reclamaciones | Reclamación relativa a la decisión de no adoptar medidas con respecto a una notificación presentada por un alertador fiable de conformidad con el artículo 16 | Tiempo medio | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Órganos de resolución extrajudicial de litigios | Número de litigios presentados a los órganos de resolución extrajudicial | Número total | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Órganos de resolución extrajudicial de litigios | Número de litigios presentados a los órganos de resolución extrajudicial | Decisiones confirmadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Órganos de resolución extrajudicial de litigios | Número de litigios presentados a los órganos de resolución extrajudicial | Decisiones parcialmente revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Órganos de resolución extrajudicial de litigios | Número de litigios presentados a los órganos de resolución extrajudicial | Decisiones revocadas | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Órganos de resolución extrajudicial de litigios | Número de litigios presentados a los órganos de resolución extrajudicial | Tiempo medio | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Órganos de resolución extrajudicial de litigios | Número de litigios presentados a los órganos de resolución extrajudicial | Decisiones que no dieron lugar a decisión alguna | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Órganos de resolución extrajudicial de litigios | Número de litigios presentados a los órganos de resolución extrajudicial | Porcentaje de resultados aplicados | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Suspensiones impuestas a los reincidentes | Número de suspensiones aplicadas por proporcionar contenido manifiestamente ilícito | Número total | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Suspensiones impuestas a los reincidentes | Número de suspensiones aplicadas por emitir notificaciones manifiestamente infundadas | Número total | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Suspensiones impuestas a los reincidentes | Número de suspensiones aplicadas por presentar reclamaciones manifiestamente infundadas | Número total | Número | Texto |
1.6. Artículo 15, apartado 1, letras b), c) y e), y artículo 42, apartado 2, letra c) Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos e indicadores de exactitud
Aplicabili-dad | Servi-cio | Período cubierto | Sección | Indicador | Ámbito | Valor | Información contextual |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Número de medidas adoptadas exclusivamente por medios automatizados | Número total | Número | Texto |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Número de medidas que no se adoptaron por medios automatizados | Número total | Número | Texto |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Exactitud | Número total | Número | Texto |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Precisión | Número total | Número | Texto |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Recuperación (recall) | Número total | Número | Texto |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Número de medidas adoptadas exclusivamente por medios automatizados | Iniciativa propia | Número | Texto |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Número de medidas que no se adoptaron por medios automatizados | Iniciativa propia | Número | Texto |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Exactitud | Iniciativa propia | Número | Texto |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Precisión | Iniciativa propia | Número | Texto |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Recuperación (recall) | Iniciativa propia | Número | Texto |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Número de notificaciones tratadas exclusivamente por medios automatizados | Total MNA | Número | Texto |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Número de notificaciones que no se trataron por medios automatizados | Total MNA | Número | Texto |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Exactitud | Total MNA | Número | Texto |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Precisión | Total MNA | Número | Texto |
Solo para prestadores de servicios de alojamiento de datos, incluidas las plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Recuperación (recall) | Total MNA | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Número de notificaciones tratadas exclusivamente por medios automatizados | Alertadores fiables MNA | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Número de notificaciones que no se trataron por medios automatizados | Alertadores fiables MNA | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Exactitud | Alertadores fiables MNA | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Precisión | Alertadores fiables MNA | Número | Texto |
Solo para prestadores de plataformas en línea | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Recuperación (recall) | Alertadores fiables MNA | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Número de medidas adoptadas exclusivamente por medios automatizados | bg | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Número de medidas adoptadas exclusivamente por medios automatizados | […] | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Número de medidas adoptadas exclusivamente por medios automatizados | sv | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Número de medidas que no se adoptaron por medios automatizados | bg | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Número de medidas que no se adoptaron por medios automatizados | […] | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Número de medidas que no se adoptaron por medios automatizados | sv | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Exactitud | bg | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Precisión | […] | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Recuperación (recall) | sv | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Exactitud | bg | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Precisión | […] | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Recuperación (recall) | sv | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Exactitud | bg | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Precisión | […] | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos | Exactitud de los medios automatizados – Recuperación (recall) | sv | Número | Texto |
1.7. Artículo 42, apartado 2, letras a) y b). Recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos
Aplicabilidad | Servicio | Período cubierto | Sección | Indicador | Ámbito | Valor | Información contextual |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos | Número de moderadores internos empleados directamente por el prestador | Número total | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos | Número de moderadores externos contratados por el prestador | Número total | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos | Número total de moderadores con conocimientos lingüísticos suficientes | Número total | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos | Número total de moderadores con conocimientos lingüísticos suficientes | bg | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos | Número total de moderadores con conocimientos lingüísticos suficientes | […] | Número | Texto |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos | Número total de moderadores con conocimientos lingüísticos suficientes | sv | Número | Texto |
1.8. Artículo 42, apartado 3. Promedio mensual de destinatarios del servicio activos para cada Estado miembro
Aplicabilidad | Servicio | Período cubierto | Indicador | Ámbito | Valor |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño y motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Promedio mensual de destinatarios activos durante el período cubierto | TOTAL | Número |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño y motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Promedio mensual de destinatarios activos durante el período cubierto | AT | Número |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño y motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Promedio mensual de destinatarios activos durante el período cubierto | […] | Número |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño y motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Promedio mensual de destinatarios activos durante el período cubierto | SE | Número |
2. PLANTILLA CUALITATIVA
Aplicabilidad | Servicio | Período cubierto | Indicador | Valor |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Resumen de la moderación de contenidos realizada por iniciativa propia del prestador | Texto libre |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Información significativa y comprensible sobre la moderación de contenidos realizada por iniciativa propia del prestador | Texto libre |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Descripción cualitativa de los medios automatizados | Texto libre |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Descripción cualitativa de los indicadores de exactitud y posible tasa de error de los medios automatizados | Texto libre |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Especificación de los fines precisos para aplicar medios automatizados | Texto libre |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Salvaguardias aplicadas al uso de medios automatizados | Texto libre |
Todos | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Descripción de alto nivel de la estructura de gobernanza de moderación de contenidos | Texto libre |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Cualificaciones de los recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos | Texto libre |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Formación impartida a los recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos | Texto libre |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Apoyo prestado a los recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos | Texto libre |
Solo para plataformas en línea de muy gran tamaño | Texto | AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD | Metodología utilizada para contabilizar los recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos | Texto libre |
ANEXO II
Instrucciones para cumplimentar las plantillas de los informes de transparencia del anexo I
PARTE I
INSTRUCCIONES GENERALES
El presente anexo proporciona instrucciones para cumplimentar las plantillas de informe de transparencia que figuran en el anexo I de conformidad con los artículos 15, 24 y 42 del Reglamento (UE) 2022/2065.
De conformidad con el artículo 1 del presente Reglamento, los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño cumplimentarán las plantillas del anexo I.
Los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño publicarán un informe de transparencia con arreglo a las plantillas del anexo I por servicio que ofrezcan.
1. ESTRUCTURA DE LAS PLANTILLAS DE INFORME DE TRANSPARENCIA
La información del informe de transparencia se facilitará cumplimentando las siguientes plantillas que figuran en el anexo I:
1) | «Plantilla cuantitativa» , que se utilizará para proporcionar información cuantitativa legible por máquina sobre moderación de contenidos, de conformidad con los requisitos establecidos en los artículos 15, 24 y 42 del Reglamento (UE) 2022/2065. |
2) | «Plantilla cualitativa» , que se utilizará para proporcionar información significativa cualitativa sobre moderación de contenidos, de conformidad con los requisitos establecidos en los artículos 15, 24 y 42 del Reglamento (UE) 2022/2065. |
Los informes de transparencia se considerarán incompletos si omiten una de las dos plantillas, ambas plantillas o partes de ellas, sin que se facilite una razón específica y objetiva.
De conformidad con los artículos 15, 24 y 42 del Reglamento (UE) 2022/2065, las obligaciones de transparencia informativa de los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño no son idénticas. Por lo tanto, no todas las secciones de las plantillas se aplican a todos los tipos de prestadores de servicios. La primera columna de las plantillas indica el tipo de prestadores de servicios a los que se aplica el requisito correspondiente.
En caso de que un requisito de comunicación de información no se aplique al prestador, la fila correspondiente debe dejarse en blanco. Cuando se aplique una fila a un prestador, pero el resultado de esa práctica sea cero, el prestador lo indicará cumplimentando «0» en el campo de valor. Por ejemplo, cuando un prestador de servicios intermediarios no haya recibido ninguna orden de un Estado miembro concreto para la categoría 1 «Bienestar animal», esta fila se marcará como «0», ya que el prestador podría haber recibido teóricamente dicha orden durante el período cubierto. Si un prestador de servicios intermediarios no impone restricciones monetarias a su servicio, el número de «Restricción de pagos monetarios Suspensión», «Restricción de pagos monetarios Cesación» y «Restricción de pagos monetarios Otra» se dejará en blanco, ya que el prestador nunca habría podido imponer estas restricciones durante el período cubierto.
Las obligaciones de comunicación de información en virtud del Reglamento (UE) 2022/2065 se entienden sin perjuicio de los esfuerzos complementarios voluntarios de transparencia informativa. Se anima a los prestadores de servicios intermediarios, de servicios de alojamiento de datos, de plataformas en línea, de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda de muy gran tamaño a que desglosen aún más la información incluida en el informe y a que incluyan, además de las plantillas cuantitativas y cualitativas obligatorias, un documento adicional en el que se describan las opciones metodológicas, la información contextual y un resumen fácilmente comprensible.
2. CALENDARIO DE LOS INFORMES DE TRANSPARENCIA
Tras la entrada en vigor del presente Reglamento, de conformidad con su artículo 2, los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea y los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño o de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño publicarán sus informes de transparencia a más tardar dos meses después de la fecha de finalización de cada período cubierto. Dichos informes incluirán información sobre cualquier moderación del contenido que hayan llevado a cabo durante el período cubierto pertinente, tal como se define en el artículo 2.
3. PERÍODO TRANSITORIO
Es necesario un período transitorio tras la plena aplicación del Reglamento (UE) 2022/2065 el 17 de febrero de 2024 para armonizar los plazos de comunicación de información de los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos y los prestadores de plataformas en línea con los plazos de los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño. El período transitorio concluye el 31 de diciembre de 2025. A partir del 1 de enero de 2026, todos los prestadores de servicios intermediarios respetarán los períodos relativos a la comunicación de información indicados en el artículo 2 del presente Reglamento.
En el caso de los prestadores de servicios intermediarios, de servicios de alojamiento de datos y de plataformas en línea, el primer ciclo de comunicación de información tras la fecha de entrada en vigor completa del Reglamento (UE) 2022/2065 finaliza con la publicación de su primer informe anual de transparencia de conformidad con el Reglamento (UE) 2022/2065 y, a más tardar, el 16 de febrero de 2025. El segundo ciclo de comunicación de información es transitorio. El ciclo transitorio de comunicación de información se acorta y abarca el período que finaliza el 31 de diciembre de 2025. El inicio del ciclo transitorio de comunicación de información depende de los datos incluidos en el primer ciclo de comunicación de información. Por ejemplo, si un prestador de un servicio intermediario abarca el período comprendido entre el 17 de febrero de 2024 y el 31 de enero de 2025 en su primer ciclo de comunicación de información, su ciclo transitorio de comunicación de información abarca del 1 de febrero de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
Los prestadores de servicios intermediarios, de servicios de alojamiento de datos y de plataformas en línea recopilarán información de conformidad con el presente Reglamento y con las instrucciones descritas en el presente anexo sobre cualquier moderación de contenidos en la que hayan participado a partir del 1 de julio de 2025. En el caso del ciclo transitorio de comunicación de información, esto significa que la información correspondiente al período comprendido entre el 17 de febrero de 2025 y el 30 de junio de 2025 se ajusta al Reglamento (UE) 2022/2065, y la comunicación de información correspondiente al período comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de diciembre de 2025 debe seguir las plantillas que figuran en el anexo I del presente Reglamento. Por ejemplo, el prestador mencionado anteriormente con un ciclo transitorio de comunicación de información que abarque el período comprendido entre el 1 de febrero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025 utilizará las plantillas que figuran en el anexo I para el período comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de diciembre de 2025. Para el período comprendido entre el 1 de febrero de 2025 y el 30 de junio de 2025, se anima al prestador a utilizar las plantillas con arreglo al presente Reglamento, pero no está obligado a hacerlo. La comunicación de información correspondiente al período comprendido entre el 1 de febrero de 2025 y el 30 de junio de 2025 se ajustará a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2022/2065.
Para el ciclo transitorio de comunicación de información, se aplicará el plazo de publicación establecido en el artículo 2 del presente Reglamento. El primer ciclo completo de comunicación de información anual de los prestadores de servicios intermediarios, de los servicios de alojamiento de datos y de las plataformas en línea que deben utilizar las plantillas que figuran en el anexo I del presente Reglamento abarcará el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
Tras la entrada en vigor del presente Reglamento, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño recopilarán información, de conformidad con las instrucciones descritas en el presente anexo, sobre cualquier moderación de contenidos en la que hayan participado a partir del 1 de julio de 2025. El primer ciclo completo de comunicación de información de los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de los motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño que deben utilizar las plantillas que figuran en el anexo I del presente Reglamento abarcará el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2025.
4. FORMATO DE LOS INFORMES DE TRANSPARENCIA
De conformidad con el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) 2022/2065, los informes de transparencia se pondrán a disposición del público en un formato legible por máquina y de manera fácilmente accesible, a fin de garantizar la rendición de cuentas, la comparabilidad y la armonización a escala de la Unión.
Para alcanzar el objetivo de legibilidad por máquina, los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño publicarán las plantillas cumplimentadas proporcionadas por el presente Reglamento en un formato de documento abierto CSV (valores separados por comas). Las plantillas deben cumplir la norma CSV RFC 4180 y deben utilizar la codificación UTF-8 (formato de transformación Unicode de 8 bits). La Comisión ofrece en línea las versiones CSV y XLSX de las plantillas del presente anexo.
Para garantizar la comparabilidad y la armonización a escala de la Unión, los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño comunicarán números enteros cuando se trate de los indicadores de recuento (como el número de moderadores por lengua oficial, el número de notificaciones recibidas, el número de notificaciones atendidas y los destinatarios activos mensuales del servicio). Todos los indicadores que indiquen un porcentaje se comunicarán como números en coma flotante en el intervalo de [0,1]. Todos los indicadores relativos al tiempo medio se indicarán en horas.
5. PERÍODO DE CONSERVACIÓN Y VERSIONES
Los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño conservarán los informes de transparencia durante al menos cinco años después de su publicación. Durante este período de cinco años, los informes de transparencia permanecerán a disposición del público.
Los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño podrán publicar versiones actualizadas de informes de transparencia publicados con el fin de rectificar inexactitudes, errores o cambios en la metodología aplicada para calcular las cifras notificadas. En caso de que un prestador desee publicar una versión actualizada, señalará claramente que se trata de una versión actualizada de un informe de transparencia publicado previamente, destacará los cambios realizados, proporcionará una descripción clara de las razones para actualizar el informe de transparencia publicado previamente y la metodología aplicada para rectificar las incoherencias o errores, e indicará la fecha en que se realizaron los cambios.
Todas las versiones de un informe de transparencia permanecerán a disposición del público durante todo el período de conservación y se marcarán explícitamente para permitir un reconocimiento fácil de la versión y la fecha del informe de transparencia.
6. CONOCIMIENTOS LINGÜÍSTICOS
De conformidad con el artículo 42, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) 2022/2065, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño especificarán los conocimientos lingüísticos de las personas que lleven a cabo actividades dedicadas a la moderación de contenidos. Cuando informen sobre personas con «conocimientos lingüísticos» en los informes de transparencia de conformidad con el presente Reglamento, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño evaluarán el requisito en consonancia con los niveles de competencia lingüística del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). El MCER apoya el aprendizaje y la enseñanza de todas las lenguas al ser un instrumento de referencia transparente, coherente y exhaustivo para evaluar y comparar los niveles de competencia (1). Las tablas de autoevaluación que ilustran los niveles de competencia descritos en el MCER están disponibles en línea.
Para cumplir el objetivo de transparencia perseguido por el artículo 42, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) 2022/2065, basta con que los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño especifiquen el número de personas que disponen de conocimientos lingüísticos suficientes para llevar a cabo sus actividades relacionadas con la moderación de contenidos. El umbral mínimo de «conocimientos lingüísticos suficientes» para la moderación de contenidos corresponde al CEFR-B2 en la categoría «comprensión».
7. CATEGORÍAS DE CONTENIDOS ILÍCITOS E INCOMPATIBLES
El Reglamento (UE) 2022/2065 exige que los datos que se faciliten de conformidad con el artículo 15, apartado 1, letras a) y b), se clasifiquen según el tipo de contenido (presuntamente) ilícito de que se trate. En el caso de las órdenes notificadas de conformidad con el artículo 15, apartado 1, letra a), la categoría de ilegalidad indicada en el informe de transparencia corresponderá a la referencia a una o varias disposiciones concretas del Derecho de la Unión o del Derecho nacional conforme con el Derecho de la Unión indicado por las autoridades judiciales o administrativas nacionales pertinentes en la orden. En el caso de las notificaciones comunicadas de conformidad con el artículo 15, apartado 1, letra b), la categoría de ilegalidad indicada en el informe de transparencia corresponderá a la explicación de las razones por las que la persona física o entidad que envía una notificación alega que la información es ilegal.
Los datos facilitados de conformidad con el artículo 15, apartado 1, letra c), se clasificarán por tipo de contenido ilícito o infracción de las condiciones generales del prestador de servicios. En el caso de la moderación de contenidos por iniciativa propia que se notifique de conformidad con el artículo 15, apartado 1, letra c), la categoría de contenido ilícito o infracción de las condiciones generales del prestador de servicios que se indique en el informe de transparencia corresponderá al motivo por el que el prestador de servicios haya tomado la decisión de imponer la restricción.
De conformidad con la base de datos de transparencia (2) de la Ley de Servicios Digitales, la lista de categorías consiste en una clasificación de alto nivel (indicada en blanco) que indica la categoría principal. La lista de categorías de alto nivel es exhaustiva.
Deben omitirse la doble contabilización. Cuando se apliquen varias categorías de alto nivel, debe elegirse la categoría que mejor cubra los motivos en los que se basó la decisión. Las categorías más específicas prevalecen sobre las categorías más genéricas. Por ejemplo, una publicación que contenga incitación a la violencia contra las mujeres debe incluirse en la categoría 4e «Incitación ilícita a la violencia y al odio contra mujeres», ya que es una categoría más específica que la categoría general 6c «Incitación ilícita a la violencia y al odio por motivos de características protegidas (incitación al odio)».
Cada categoría de alto nivel consta de subcategorías (indicadas en gris). Estas subcategorías funcionan como especificaciones de la categoría de alto nivel. Por lo tanto, el número comunicado correspondiente a todas las subcategorías será igual al número total notificado en las categorías de alto nivel correspondientes. Por ejemplo, para la categoría 13, «Productos no seguros, no conformes o prohibidos», el número total notificado en «Productos no seguros, no conformes o prohibidos» (fila blanca) será igual al número total de las subcategorías 13a-13b-13c (filas grises). Las subcategorías son especificaciones de las categorías de alto nivel. Por ejemplo, para la categoría 13, la subcategoría 13a «Productos prohibidos o restringidos» incluye, por ejemplo, las drogas, las sustancias reguladas, como los medicamentos sujetos a receta médica, las especies amenazadas o protegidas y sus productos fabricados, el alcohol, el tabaco, las armas, incluidas las armas de fuego, las municiones y los explosivos, etc., que las plataformas en línea no pueden vender libremente a los consumidores. La subcategoría 13b «Productos no seguros o no conformes» incluye, por ejemplo, todos los productos cubiertos por el marco de la UE para la seguridad general de los productos y la legislación de armonización de productos de la Unión, incluidos los juguetes peligrosos. Los prestadores pueden añadir subcategorías específicas adicionales a las categorías de alto nivel utilizando el campo «No capturada por ninguna otra subcategoría». Los prestadores no incluirán categorías adicionales de alto nivel.
Los prestadores tienen dos opciones para contextualizar su aplicación de las categorías de contenidos ilícitos en su comunicación de información. En primer lugar, se anima a los prestadores a indicar los tipos de contenidos ilícitos que se han incluido en las respectivas categorías. En la columna «Información contextual», los prestadores podrán presentar información más detallada y contextual sobre su interpretación de las categorías sobre la base de sus políticas fijadas en las condiciones generales y especificar cómo se relacionan con cada descripción de cada categoría de contenidos ilícitos.
En segundo lugar, con arreglo a las categorías de alto nivel, los prestadores pueden añadir sus propias subcategorías adicionales utilizando la fila «keyword_other». La fila «keyword_other» no se utilizará como categoría genérica. Todos los datos notificados bajo una fila «keyword_other» deberán ir acompañados de una descripción del contenido incluido. Los prestadores pueden añadir tantas filas «keyword_other» como consideren necesario. Sin embargo, ninguna de las filas «keyword_other» pueden tener descripciones idénticas.
Por ejemplo: De conformidad con la Directiva de la UE sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, el «ciberacoso» de la categoría 3b incluye el doxing. Un prestador que desee informar específicamente sobre el doxing puede indicar en la columna «Información contextual» de la hoja 2_nombres_categorías que la categoría 3b excluye el doxing. Posteriormente, el prestador podrá añadir « doxing » como nueva subcategoría utilizando la fila «keyword_other» en las hojas específicas:
STATEMENT_CATEGORY_CYBER_VIOLENCE | 15 | |
KEYWORD_CYBER_BULLYING_INTIMIDATION | 0 | |
KEYWORD_CYBER_HARASSMENT | 3 | |
KEYWORD_CYBER_INCITEMENT | 4 | |
KEYWORD_CYBER_STALKING | 1 | |
KEYWORD_NON_CONSENSUAL_IMAGE_SHARING | 0 | |
KEYWORD_NON_CONSENSUAL_MATERIAL_DEEPFAKE | 0 | |
KEYWORD_OTHER | Doxing | 7 |
De conformidad con el artículo 15, apartado 1, letra c), el prestador clasificará el número y el tipo de medidas adoptadas por el tipo de contenido ilícito o infracción de las condiciones generales del prestador de servicio. Por lo tanto, la plantilla incluye dos hojas para notificar la información que debe comunicarse sobre la moderación de contenidos llevada a cabo por iniciativa propia de los prestadores de conformidad con el artículo 15, apartado 1, letra c). La primera hoja («5_ilícitos_iniciativa_propia») se refiere a las medidas adoptadas por iniciativa propia del prestador sobre la base de la ilicitud. La segunda hoja («6_iniciativa_propia_CG») se refiere a las medidas adoptadas por iniciativa propia del prestador sobre la base de la incompatibilidad con las condiciones generales del prestador.
En la hoja «6_iniciativa_propia_CG», la categoría 15 («Otra infracción de las condiciones generales del prestador») solo incluirá contenidos que sean incompatibles con las condiciones generales de una plataforma y que no estén mejor descritos por ninguna de las demás categorías. Por lo tanto, solo se utilizará para comunicar información que no corresponda a ninguna de las categorías 1 a 14. Por ejemplo, si la información se retira por iniciativa propia del prestador sobre la base de una cláusula de las condiciones generales que prohíbe el «matonismo» (bullying), dicha información se comunicará en la hoja «6_iniciativa_propia_CG», fila 14 («statement_category_cyber_violence») y fila 15 («keyword_cyber_bullying_intimidation»).
Los prestadores podrán añadir subcategorías específicas de contenidos que violen las condiciones generales del prestador como filas adicionales utilizando fila «keyword_other» de la categoría 15 («Otra infracción de las condiciones generales del prestador»).
PARTE II
INSTRUCCIONES RELATIVAS A LAS PLANTILLAS
1. PLANTILLA CUANTITATIVA
Categorías de contenidos ilícitos aplicables a todas las subsecciones de la plantilla cuantitativa
En la columna «Información contextual», los prestadores podrán presentar información más detallada y contextual sobre su interpretación de las categorías sobre la base de sus condiciones generales y especificar cómo se relacionan con cada descripción de cada categoría de contenidos ilícitos.
La categoría 15, «Otra infracción de las condiciones generales del prestador», se aplica únicamente a las acciones de moderación de contenidos adoptadas por iniciativa propia sobre la base de las condiciones generales del prestador.
La categoría 16, «Tipo de contenido ilícito no especificado por la autoridad pública», solo de aplica a las órdenes de los Estados miembros.
La categoría 17, «Tipo de contenido presuntamente ilícito no especificado por el notificante», solo se aplica a las notificaciones recibidas a través de un mecanismo de notificación y acción según se refiere el artículo 16 del Reglamento (UE) 2022/2065.
Etiqueta de categoría | Descripción de la categoría | Categoría de contenido ilícito/incompatible con las condiciones generales | Información contextual |
TOTAL | Todas las entradas | TOTAL | |
Categoría 1 | Bienestar animal | STATEMENT_CATEGORY_ANIMAL_WELFARE | |
Categoría 1a | Lesiones a animales | KEYWORD_ANIMAL_HARM | |
Categoría 1b | Venta ilegal de animales | KEYWORD_UNLAWFUL_SALE_ANIMALS | |
Categoría 1c | No capturada por ninguna otra subcategoría | KEYWORD_OTHER | |
Categoría 2 | Infracciones en materia de información a los consumidores | STATEMENT_CATEGORY_CONSUMER_INFORMATION | |
Categoría 2a | Publicidad encubierta o comunicación comercial, también por influyentes | KEYWORD_HIDDEN_ADVERTISEMENT | |
Categoría 2b | Información insuficiente sobre los comerciantes | KEYWORD_INSUFFICIENT_INFORMATION_ON_TRADERS | |
Categoría 2c | Información engañosa sobre las características de los bienes y servicios | KEYWORD_MISLEADING_INFO_GOODS_SERVICES | |
Categoría 2d | Información engañosa sobre los derechos del consumidor | KEYWORD_MISLEADING_INFO_CONSUMER_RIGHTS | |
Categoría 2e | Incumplimiento de la normativa sobre precios | KEYWORD_NONCOMPLIANCE_PRICING | |
Categoría 2f | No capturada por ninguna otra subcategoría | KEYWORD_OTHER | |
Categoría 3 | Ciberviolencia | STATEMENT_CATEGORY_CYBER_VIOLENCE | |
Categoría 3a | Ciberintimidación | KEYWORD_CYBER_BULLYING_INTIMIDATION | |
Categoría 3b | Ciberacoso | KEYWORD_CYBER_HARASSMENT | |
Categoría 3c | Incitación a la violencia o al odio por medios cibernéticos. | KEYWORD_CYBER_INCITEMENT | |
Categoría 3d | Ciberacecho | KEYWORD_CYBER_STALKING | |
Categoría 3e | Intercambio de material (íntimo) no consentido, incluido el abuso sexual (basado en imágenes) (excluidos los contenidos que representen a menores) | KEYWORD_NON_CONSENSUAL_IMAGE_SHARING | |
Categoría 3f | Difusión no consentida de material que contenga tecnología ultrafalsificaciones o una tecnología similar utilizando las características de un tercero (excluidos los contenidos que representen a menores) | KEYWORD_NON_CONSENSUAL_MATERIAL_DEEPFAKE | |
Categoría 3g | No capturada por ninguna otra subcategoría | KEYWORD_OTHER | |
Categoría 4 | Ciberviolencia a mujeres | STATEMENT_CATEGORY_CYBER_VIOLENCE_AGAINST_WOMEN | |
Categoría 4a | Ciberintimidación a niñas | KEYWORD_BULLYING_AGAINST_GIRLS | |
Categoría 4b | Ciberacoso a mujeres | KEYWORD_CYBER_HARASSMENT_AGAINST_WOMEN | |
Categoría 4c | Ciberacecho a mujeres | KEYWORD_CYBER_STALKING_AGAINST_WOMEN | |
Categoría 4d | Desinformación generizada | KEYWORD_FEMALE_GENDERED_DISINFORMATION | |
Categoría 4e | Incitación ilícita a la violencia y al odio contra mujeres | KEYWORD_INCITEMENT_AGAINST_WOMEN | |
Categoría 4f | Intercambio de material (íntimo) no consentido contra mujeres, incluido el abuso sexual contra mujeres (basado en imágenes) (excluidos los contenidos que representen a menores) | KEYWORD_NON_CONSENSUAL_IMAGE_SHARING_AGAINST_WOMEN | |
Categoría 4g | Difusión no consentida, contra mujeres, de material que contenga tecnología ultrafalsificaciones o una tecnología similar utilizando las características de un tercero (excluidos los contenidos que representen a menores) | KEYWORD_NON_CONSENSUAL_MATERIAL_DEEPFAKE_AGAINST_WOMEN | |
Categoría 4h | No capturada por ninguna otra subcategoría | KEYWORD_OTHER | |
Categoría 5 | Protección de datos e infracciones relativas a la privacidad | STATEMENT_CATEGORY_DATA_PROTECTION_AND_PRIVACY_VIOLATIONS | |
Categoría 5a | Violación de la seguridad de datos biométricos | KEYWORD_BIOMETRIC_DATA_BREACH | |
Categoría 5b | Falsificación de datos | KEYWORD_DATA_FALSIFICATION | |
Categoría 5c | Falta el motivo del tratamiento de los datos | KEYWORD_MISSING_PROCESSING_GROUND | |
Categoría 5d | Derecho al olvido | KEYWORD_RIGHT_TO_BE_FORGOTTEN | |
Categoría 5e | No capturada por ninguna otra subcategoría | KEYWORD_OTHER | |
Categoría 6 | Discursos ilícitos o nocivos | STATEMENT_CATEGORY_ILLEGAL_OR_HARMFUL_SPEECH | |
Categoría 6a | Difamación | KEYWORD_DEFAMATION | |
Categoría 6b | Discriminación | KEYWORD_DISCRIMINATION | |
Categoría 6c | Incitación ilícita a la violencia y al odio basado en características protegidas (discurso de odio) | KEYWORD_HATE_SPEECH | |
Categoría 6d | No capturada por ninguna otra subcategoría | KEYWORD_OTHER | |
Categoría 7 | Infracciones de los derechos de propiedad intelectual e industrial | STATEMENT_CATEGORY_INTELLECTUAL_PROPERTY_INFRINGEMENTS | |
Categoría 7a | Infracciones de derechos de autor | KEYWORD_COPYRIGHT_INFRINGEMENT | |
Categoría 7b | Infracciones de dibujos o modelos | KEYWORD_DESIGN_INFRINGEMENT | |
Categoría 7c | Infracciones de las indicaciones geográficas | KEYWORD_GEOGRAPHIC_INDICATIONS_INFRINGEMENT | |
Categoría 7d | Infracciones de patentes | KEYWORD_PATENT_INFRINGEMENT | |
Categoría 7e | Infracciones de secretos comerciales | KEYWORD_TRADE_SECRET_INFRINGEMENT | |
Categoría 7f | Infracciones de marcas comerciales | KEYWORD_TRADEMARK_INFRINGEMENT | |
Categoría 7g | No capturada por ninguna otra subcategoría | KEYWORD_OTHER | |
Categoría 8 | Efectos negativos en el discurso cívico o las elecciones | STATEMENT_CATEGORY_NEGATIVE_EFFECTS_ON_CIVIC_DISCOURSE_OR_ELECTIONS | |
Categoría 8a | Información errónea, desinformación, manipulación de información e injerencia por parte de agentes extranjeros | KEYWORD_MISINFORMATION_DISINFORMATION | |
Categoría 8b | Infracción de la legislación de la UE pertinente para el discurso cívico o las elecciones | KEYWORD_VIOLATION_EU_LAW | |
Categoría 8c | Infracción de la legislación nacional pertinente para el discurso cívico o las elecciones | KEYWORD_VIOLATION_NATIONAL_LAW | |
Categoría 8d | No capturada por ninguna otra subcategoría | KEYWORD_OTHER | |
Categoría 9 | Protección de los menores | STATEMENT_CATEGORY_PROTECTION_OF_MINORS | |
Categoría 9a | Restricciones específicas por edad en relación con los menores | KEYWORD_AGE_SPECIFIC_RESTRICTIONS_MINORS | |
Categoría 9b | Material de abuso sexual de menores | KEYWORD_CHILD_SEXUAL_ABUSE_MATERIAL | |
Categoría 9c | Material de abuso sexual de menores que contenga ultrafalsificaciones o tecnología similar | KEYWORD_CHILD_SEXUAL_ABUSE_MATERIAL_DEEPFAKE | |
Categoría 9d | Captación de menores/acoso sexual a menores | KEYWORD_GROOMING_SEXUAL_ENTICEMENT_MINORS | |
Categoría 9e | Retos inseguros | KEYWORD_UNSAFE_CHALLENGES | |
Categoría 9f | No capturada por ninguna otra subcategoría | KEYWORD_OTHER | |
Categoría 10 | Riesgo para la seguridad pública | STATEMENT_CATEGORY_RISK_FOR_PUBLIC_SECURITY | |
Categoría 10a | Organizaciones ilícitas | KEYWORD_ILLEGAL_ORGANIZATIONS | |
Categoría 10b | Riesgo de daños medioambientales | KEYWORD_RISK_ENVIRONMENTAL_DAMAGE | |
Categoría 10c | Riesgo para la seguridad pública | KEYWORD_RISK_PUBLIC_HEALTH | |
Categoría 10d | Contenido terrorista | KEYWORD_TERRORIST_CONTENT | |
Categoría 10e | No capturada por ninguna otra subcategoría | KEYWORD_OTHER | |
Categoría 11 | Estafas o fraude | STATEMENT_CATEGORY_SCAMS_AND_FRAUD | |
Categoría 11a | Suplantación o secuestro de cuentas | KEYWORD_IMPERSONATION_ACCOUNT_HIJACKING | |
Categoría 11b | Cuentas no auténticas | KEYWORD_INAUTHENTIC_ACCOUNTS | |
Categoría 11c | Listas no auténticas | KEYWORD_INAUTHENTIC_LISTINGS | |
Categoría 11d | Reseñas de usuarios no auténticas | KEYWORD_INAUTHENTIC_USER_REVIEWS | |
Categoría 11e | Captación ilegítima de datos confidenciales (phishing) | KEYWORD_PHISHING | |
Categoría 11f | Sistemas piramidales | KEYWORD_PYRAMID_SCHEMES | |
Categoría 11g | No capturada por ninguna otra subcategoría | KEYWORD_OTHER | |
Categoría 12 | Autolesión | STATEMENT_CATEGORY_SELF_HARM | |
Categoría 12a | Contenido que promueve los trastornos alimentarios | KEYWORD_CONTENT_PROMOTING_EATING_DISORDERS | |
Categoría 12b | Automutilación | KEYWORD_SELF_MUTILATION | |
Categoría 12c | Suicidio | KEYWORD_SUICIDE | |
Categoría 12d | No capturada por ninguna otra subcategoría | KEYWORD_OTHER | |
Categoría 13 | Productos no seguros, no conformes o prohibidos | STATEMENT_CATEGORY_UNSAFE_AND_PROHIBITED_PRODUCTS | |
Categoría 13a | Productos prohibidos o restringidos | KEYWORD_PROHIBITED_PRODUCTS | |
Categoría 13b | Productos no seguros o no conformes | KEYWORD_UNSAFE_PRODUCTS | |
Categoría 13c | No capturada por ninguna otra subcategoría | KEYWORD_OTHER | |
Categoría 14 | Violencia | STATEMENT_CATEGORY_VIOLENCE | |
Categoría 14a | Lesiones en coordinación | KEYWORD_COORDINATED_HARM | |
Categoría 14b | Llamamientos generales o incitación a la violencia o al odio | KEYWORD_INCITEMENT_VIOLENCE_HATRED | |
Categoría 14c | Explotación humana | KEYWORD_HUMAN_EXPLOITATION | |
Categoría 14d | Trata de personas | KEYWORD_HUMAN_TRAFFICKING | |
Categoría 14e | Trata de mujeres y niñas | KEYWORD_TRAFFICKING_WOMEN_GIRLS | |
Categoría 14f | No capturada por ninguna otra subcategoría | KEYWORD_OTHER | |
Categoría 15 | Otra infracción de las condiciones generales del prestador | STATEMENT_CATEGORY_OTHER_VIOLATION_TC | |
Categoría 15a | Material sexual para adultos | KEYWORD_ADULT_SEXUAL_MATERIAL | |
Categoría 15b | Restricciones específicas por edad | KEYWORD_AGE_SPECIFIC_RESTRICTIONS | |
Categoría 15c | Requisitos geográficos | KEYWORD_GEOGRAPHICAL_REQUIREMENTS | |
Categoría 15d | Bienes o servicios cuya oferta no está permitida en la plataforma | KEYWORD_GOODS_SERVICES_NOT_PERMITTED | |
Categoría 15e | Requisitos lingüísticos | KEYWORD_LANGUAGE_REQUIREMENTS | |
Categoría 15f | Desnudez | KEYWORD_NUDITY | |
Categoría 15g | No capturada por ninguna otra subcategoría | KEYWORD_OTHER | |
Categoría 16 | Tipo de contenido ilícito no especificado por la autoridad pública | STATEMENT_CATEGORY_NOT_SPECIFIED_ORDER | |
Categoría 17 | Tipo de contenido presuntamente ilícito no especificado por el notificante | STATEMENT_CATEGORY_NOT_SPECIFIED_NOTICE |
1.1. Identificación del informe
Columna | Instrucciones |
A | Aplicabilidad
Esta columna indica el tipo de prestadores de servicios a los que se aplica el requisito correspondiente. |
B | Servicio
En esta columna debe indicarse el nombre del servicio prestado. Por ejemplo, el nombre de la plataforma en línea ofrecida por el prestador. |
C | Indicador
En esta columna se describe a qué indicador corresponde esta fila. |
D | Valor
Esta columna debe indicar el valor del indicador solicitado con arreglo al formato indicado. |
Indicador | Instrucciones |
Nombre del prestador de servicios | Esta fila debe indicar el nombre legal del prestador de servicios o el nombre de las sociedades del prestador. |
Fecha de publicación del informe | En esta fila debe indicarse la fecha de publicación del informe del que forma parte esta hoja. |
Fecha de publicación del informe anterior más reciente | Esta fila debe especificar la fecha de publicación del informe anterior, que es el informe que precede a aquel al que pertenece esta hoja. |
Fecha de inicio del período cubierto
Fecha de final del período cubierto |
Estas filas deben indicar las fechas de inicio y de final del período cubierto en este informe de transparencia. |
1.2. Artículo 15, apartado 1, letra a). Órdenes de los Estados miembros
El artículo 15, apartado 1, letra a), establece que el informe de transparencia incluirá el número de órdenes recibidas de las autoridades de los Estados miembros, incluidas las órdenes dictadas de conformidad con los artículos 9 y 10, categorizadas según el tipo de contenido ilícito de que se trate, el Estado miembro que haya dictado la orden y el tiempo medio necesario para informar a la autoridad que haya dictado la orden, o a cualquier otra autoridad especificada en la orden, de su recepción, y para dar curso a la orden.
1.2.1. Órdenes de los Estados miembros de actuación contra contenidos ilícitos
Columna | Instrucciones |
A | Aplicabilidad
Esta columna indica el tipo de prestadores de servicios a los que se aplica el requisito correspondiente. |
B | Servicio
En esta columna debe indicarse el nombre del servicio. |
C | Período cubierto
Esta columna debe indicar el período cubierto como sigue: AAAA-MM-DD/AAAA-MM-DD. En el caso de los datos relativos a un período de doce meses, como las declaraciones de texto libre, los prestadores deben indicar el inicio y el final del período. |
D | Categoría de contenido ilícito
Esta columna corresponde a las categorías de contenidos ilícitos descritas anteriormente. En caso de que un Estado miembro no haya indicado una categoría de contenidos ilícitos, los prestadores pueden utilizar «STATEMENT_CATEGORY_NOT_SPECIFIED_ORDER». Esta última categoría solo podrá utilizarse en los casos en que se omita completamente una referencia a un fundamento jurídico. |
E | Descripción de la subcategoría «Otra»
Esta columna debe indicar una descripción específica de cualquier subcategoría adicional añadida por el prestador. |
F | Ámbito
Esta columna indica el Estado miembro que emite la orden. TOTAL indica el número total de las columnas siguientes. AT [..] SE indica el código del Estado miembro de la autoridad que emite la orden. Los prestadores eliminarán AT [..] SE y añadirán filas para cada Estado miembro respectivo del que hayan recibido una orden. Los Estados miembros deben indicarse utilizando el código de país de dos letras, siempre escrito en mayúsculas, tal como se indica en el glosario de Eurostat. |
G | Número de órdenes de los Estados miembros de actuación contra contenidos ilícitos
Este campo debe indicar el número de órdenes recibidas de las autoridades de los Estados miembros para actuar contra contenidos ilícitos, incluidas, entre otras, las órdenes dictadas de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) 2022/2065. Este campo indica el número de órdenes recibidas, independientemente del número de elementos específicos de información que se hayan enumerado en una orden. |
H | Número de elementos específicos de información incluidos en el número total de órdenes de actuación contra contenidos ilícitos
Este campo debe indicar el número de elementos específicos de información incluidos en el número total de órdenes recibidas de las autoridades de los Estados miembros, incluidas las órdenes dictadas de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) 2022/2065. Por ejemplo, un prestador ha recibido dos órdenes durante el período cubierto. La primera orden contiene una referencia a diez elementos que deben atenderse. En el segundo auto se hace referencia a un elemento. El número total de elementos que deben consignarse en este campo es de once. |
I | Tiempo medio para informar a la autoridad de la recepción de la orden de actuar contra contenidos ilícitos
Este campo debe indicar el tiempo medio que se tardó en notificar a la autoridad la recepción de órdenes de actuar contra contenidos ilícitos. El momento de inicio para el cálculo del tiempo medio es el momento en que la orden se transmitió o se entregó correctamente al prestador. El tiempo medio se indicará en horas. Las confirmaciones automáticas de las recepciones que se envíen en el plazo de una hora a partir de la recepción de la orden por el prestador podrán contabilizarse como cero. |
J | Tiempo medio para dar efecto a la orden de actuar contra contenidos ilícitos
Este campo debe indicar el tiempo medio que se tardó en dar efecto a la autoridad la recepción de órdenes de actuar contra contenidos ilícitos. El tiempo medio se indicará en horas. El momento de inicio para el cálculo del tiempo medio es el momento en que la orden se transmitió o se entregó correctamente al prestador. |
1.2.2. Órdenes de los Estados miembros de entrega de información
Columna | Instrucciones |
A-F | Las columnas A-F se repiten como se ha indicado anteriormente. |
K | Número de órdenes de entrega de información
Este campo debe indicar el número de órdenes recibidas de las autoridades de los Estados miembros, incluidas, entre otras, las órdenes dictadas de conformidad con el artículo 10 del Reglamento (UE) 2022/2065. |
L | Tiempo medio para informar a la autoridad de la recepción de la orden de entrega de información
Este campo debe indicar el tiempo medio que se tardó en notificar a la autoridad la recepción de órdenes de entrega de información. El momento de inicio para el cálculo del tiempo medio es el momento en que la orden se transmitió o se entregó correctamente al prestador. El tiempo medio se indicará en horas. Las confirmaciones automáticas de las recepciones que se envíen en el plazo de una hora a partir de la recepción de la orden por el prestador podrán contabilizarse como cero. |
M | Tiempo medio para dar efecto a la orden de entrega de información
Este campo debe indicar el tiempo medio que se tardó en dar efecto a la autoridad la recepción de órdenes de entrega de información. El tiempo medio se indicará en horas. El momento de inicio para el cálculo del tiempo medio es el momento en que la orden se transmitió o se entregó correctamente al prestador. |
N-T | Información contextual
Los prestadores pueden utilizar las columnas N-T para proporcionar información contextual adicional sobre las cifras comunicadas. |
1.3. Artículo 15, apartado 1, letra b). Notificaciones enviadas de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 2022/2065
El artículo 15, apartado 1, letra b), dispone que el informe de transparencia deberá incluir el número de notificaciones enviadas de conformidad con el artículo 16, clasificadas según el tipo de contenido presuntamente ilícito de que se trate, el número de notificaciones enviadas por alertadores fiables, toda actuación que se haya llevado a cabo en virtud de dichas notificaciones distinguiendo si esta se hizo conforme al Derecho o a las condiciones generales del prestador, el número de notificaciones tratadas únicamente por medios automatizados y el tiempo medio necesario para adoptar medidas.
Columna | Instrucciones |
A | Aplicabilidad
Esta columna indica el tipo de prestadores de servicios a los que se aplica el requisito correspondiente. |
B | Servicio
En esta columna debe indicarse el nombre del servicio. |
C | Período cubierto
En esta columna debe indicarse el período cubierto. |
D | Categoría de contenido ilícito
Esta columna corresponde a las categorías de contenidos ilícitos descritas anteriormente. En caso de que el notificante no haya indicado la supuesta ilegalidad del contenido, los prestadores podrán utilizar «STATEMENT_CATEGORY_NOT_SPECIFIED_NOTICE». Esta categoría solo podrá utilizarse en los casos en que la presunta ilegalidad no pueda deducirse de la información facilitada por el notificante. |
E | Descripción de la subcategoría «Otra»
Esta columna debe indicar una descripción específica de cualquier subcategoría adicional añadida por el prestador. |
F | Número de notificaciones recibidas
Este campo debe indicar el número de notificaciones recibidas a través de un mecanismo de notificación y acción de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 2022/2065. Este campo indica el número de notificaciones recibidas, independientemente del número de elementos incluidos en una notificación y del mecanismo utilizado. Cada notificación recibida debe consignarse como una sola en este campo. Las notificaciones que hagan referencia a un elemento de información idéntico deben incluirse individualmente. Por ejemplo, un prestador que reciba dos notificaciones por el mismo vídeo que presuntamente infrinja los derechos de autor debe consignar dos notificaciones en este campo. |
G | Número de notificaciones recibidas de los alertadores fiables
Este campo debe indicar el número de notificaciones recibidas a través de un mecanismo de notificación y acción de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 2022/2065 que fueron enviadas por alertadores fiables conforme al artículo 22 del mencionado Reglamento. Este campo indica el número de notificaciones recibidas, independientemente del número de elementos específicos de información incluidos en una notificación y del mecanismo utilizado. Cada notificación recibida debe consignarse como una sola en este campo. Las notificaciones que hagan referencia a un elemento de información idéntico deben incluirse individualmente. Por ejemplo, un prestador que reciba dos notificaciones por el mismo vídeo que presuntamente infrinja los derechos de autor debe consignar dos notificaciones en este campo. |
H | Número de elementos específicos de información incluidos en el número total de notificaciones
Este campo debe indicar el número de elementos específicos de información incluidos en el número total de notificaciones recibidas a través de un mecanismo de notificación y acción de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 2022/2065. Por ejemplo, un prestador recibió dos notificaciones durante el período cubierto. La primera notificación contiene una referencia a diez elementos que son presuntamente ilícitos. La segunda notificación se refiere a un elemento. El número total de elementos que deben consignarse en este campo es de once. El número de «localizaciones electrónicas exactas» señalado por el notificante de conformidad con el artículo 16, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) 2022/2065, como la URL o las URL exactas, puede servir de base para el número total de elementos. |
I | Número de elementos específicos de información incluidos en el número total de notificaciones de alertadores fiables (notificaciones de alertadores fiables)
Este campo debe indicar el número de elementos específicos de información incluidos en el número total de notificaciones enviadas por alertadores fiables a través de un mecanismo de notificación y acción de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 2022/2065. Por ejemplo, un prestador recibió dos notificaciones de alertadores fiables durante el período cubierto. La primera notificación contiene una referencia a diez elementos que son presuntamente ilícitos. La segunda notificación se refiere a un elemento. El número total de elementos que deben consignarse en este campo es de once. El número de «localizaciones electrónicas exactas» señalado por el notificante de conformidad con el artículo 16, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) 2022/2065, como la URL o las URL exactas, puede servir de base para el número total de elementos. |
J | Tiempo medio para adoptar medidas
Este campo debe indicar el tiempo medio que se tardó en adoptar medidas sobre la base de una notificación. El número debe indicar el tiempo transcurrido entre la recepción de la notificación y la ejecución de la acción. Los casos en que el prestador haya decidido no actuar sobre la base de una notificación podrán quedar excluidos del cálculo del tiempo medio para adoptar medidas. El tiempo medio se indicará en horas. |
K | Tiempo medio para adoptar medidas (notificaciones de alertadores fiables)
Este campo debe indicar el tiempo medio que se tardó en adoptar medidas sobre la base de una notificación enviada por un alertador fiable. El número debe indicar el tiempo transcurrido entre la recepción de la notificación y la ejecución de la acción. Los casos en que el prestador haya decidido no actuar sobre la base de una notificación podrán quedar excluidos del cálculo del tiempo medio para adoptar medidas. El tiempo medio se indicará en horas. |
L | Número de medidas adoptadas sobre la base de la ley
Este campo debe indicar el número de medidas adoptadas después de una notificación que se basaron en la ilegalidad del contenido. |
M | Número de medidas adoptadas sobre la base de la ley (notificaciones de alertadores fiables)
Este campo debe indicar el número de medidas adoptadas después de una notificación de un alertador fiable que se basaron en la ilegalidad del contenido. |
N | Número de medidas adoptadas sobre la base de las condiciones generales
Este campo debe indicar el número de medidas adoptadas después de una notificación que se basaron en la incompatibilidad del contenido con las condiciones generales del servicio. |
O | Número de medidas adoptadas sobre la base de las condiciones generales (notificaciones de alertadores fiables)
Este campo debe indicar el número de medidas adoptadas después de una notificación enviada por un alertador fiable que se basaron en la incompatibilidad del contenido con las condiciones generales del servicio. |
P-Y | Información contextual
Los prestadores pueden utilizar las columnas P-Y para proporcionar información contextual adicional sobre las cifras comunicadas. |
1.4. Artículo 15, apartado 1, letra c). Información significativa y comprensible sobre la actividad de moderación de contenidos realizada por iniciativa propia
El artículo 15, apartado 1, letra c), establece que el informe de transparencia incluirá información significativa y comprensible sobre la actividad de moderación de contenidos realizada por iniciativa propia del prestador, incluido el número y el tipo de medidas adoptadas que afecten a la disponibilidad, visibilidad y accesibilidad de la información proporcionada por los destinatarios del servicio y a la capacidad de los destinatarios para proporcionar información a través del servicio, y otras restricciones conexas del servicio. La información proporcionada se clasificará según el tipo de contenido ilícito o infracción de las condiciones generales del prestador del servicio de que se trate, según el método de detección y según el tipo de restricción aplicado.
Columna | Instrucciones |
A | Aplicabilidad
Esta columna indica el tipo de prestadores de servicios a los que se aplica el requisito correspondiente. |
B | Servicio
En esta columna debe indicarse el nombre del servicio. |
C | Período cubierto
En esta columna debe indicarse el período cubierto. |
D | Categoría de contenido ilícito
Esta columna corresponde a las categorías de contenidos ilícitos descritas anteriormente. |
E | Descripción de la subcategoría «Otra»
Esta columna debe indicar una descripción específica de cualquier subcategoría adicional añadida por el prestador. |
F | Número de medidas adoptadas por iniciativa propia del prestador
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas por iniciativa propia del prestador. Por «iniciativa propia» se entiende que la decisión de imponer una restricción a una cuenta o a un determinado contenido no ha venido precedida de una orden de una autoridad de un Estado miembro o de una notificación enviada a través de un mecanismo de notificación y acción a que se refiere el artículo 16 del Reglamento (UE) 2022/2065. |
G | Número de medidas adoptadas tras la detección exclusivamente con medios automatizados
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas por iniciativa propia del prestador utilizando exclusivamente medios automatizados. Por «iniciativa propia» se entiende que la decisión de imponer una restricción a una cuenta o a un determinado contenido no ha venido precedida de una orden de una autoridad de un Estado miembro o de una notificación enviada a través de un mecanismo de notificación y acción a que se refiere el artículo 16 del Reglamento (UE) 2022/2065. |
H | Restricción de la visibilidad: eliminación
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas que dieron por resultado la eliminación de información. |
I | Restricción de la visibilidad: Bloqueo
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas que dieron por resultado el bloqueo de información. |
J | Restricción de la visibilidad: Relegación
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas que dieron por resultado la relegación de información. |
K | Restricción de la visibilidad: Restricción de edad
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas que dieron por resultado que se aplicara una restricción de edad al acceso a la información. |
L | Restricción de la visibilidad: Restricción de la interacción
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas que dieron por resultado la restricción de interacciones con la información. |
M | Restricción de la visibilidad: Etiquetada
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas que dieron por resultado que la información se etiquetara. |
N | Restricción de la visibilidad: Otra
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas que dieron por resultado una restricción de la visibilidad no incluida en ninguna de las categorías de esta. |
O | Restricción de pagos monetarios: Suspensión
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas que dieron por resultado la suspensión de los pagos monetarios. |
P | Restricción de pagos monetarios: Cesación
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas que dieron por resultado la cesación de los pagos monetarios. |
Q | Restricción de pagos monetarios: Otra
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas que dieron por resultado una restricción de los pagos monetarios no incluida en ninguna de las categorías de esta. |
R | Prestación del servicio: Suspensión
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas que dieron por resultado la suspensión de la prestación del servicio. |
S | Prestación del servicio: Cesación
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas que dieron por resultado la cesación de la prestación del servicio. |
T | Restricción de la cuenta: Suspensión
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas que dieron por resultado la suspensión de la cuenta del destinatario del servicio. |
U | Restricción de la cuenta: Supresión
Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas que dieron por resultado la supresión de la cuenta del destinatario del servicio. |
V-AK | Información contextual
Los prestadores pueden utilizar las columnas P-Y para proporcionar información contextual adicional sobre las cifras comunicadas. |
1.5. Artículo 15, apartado 1, letra d), y artículo 24, apartado 1, letras a) y b). Sistemas internos de gestión de reclamaciones, órganos de resolución extrajudicial de litigios y suspensiones impuestas a los reincidentes
El artículo 15, apartado 1, letra d), establece que el informe de transparencia incluirá el número de reclamaciones recibidas a través de los sistemas internos de gestión de reclamaciones de conformidad con las condiciones generales del prestador y la base de dichas reclamaciones, las decisiones adoptadas en relación con dichas reclamaciones, el tiempo medio necesario para adoptar dichas decisiones y el número de ocasiones en que dichas decisiones fueron revocadas.
El artículo 24, apartado 1, letra a), establece que el informe de transparencia incluirá el número de litigios sometidos a los órganos de resolución extrajudicial de litigios a que se refiere el artículo 21, los resultados de la resolución de los litigios y el tiempo medio necesario para completar los procedimientos de resolución de los litigios, así como el porcentaje de litigios en los que el prestador de la plataforma en línea haya aplicado las decisiones del órgano.
La letra b) del mismo artículo y apartado establece que el informe de transparencia incluirá el número de suspensiones impuestas para cumplir las medidas y las protecciones exigidas descritas en el artículo 23, distinguiendo entre suspensiones aplicadas por proporcionar contenido manifiestamente ilegal, (ilícito) enviar notificaciones manifiestamente infundadas y enviar reclamaciones manifiestamente infundadas.
1.5.1. Sistemas internos de gestión de reclamaciones, órganos de resolución extrajudicial de litigios y suspensiones impuestas a los reincidentes.
Columna | Instrucciones |
A | Aplicabilidad
Esta columna indica el tipo de prestadores de servicios a los que se aplica el requisito correspondiente. |
B | Servicio
En esta columna debe indicarse el nombre del servicio. |
C | Período cubierto
En esta columna debe indicarse el período cubierto. |
D | Sección
En esta columna se describe si la fila corresponde a los recursos presentados, respectivamente, al sistema interno de gestión de reclamaciones o al órgano de resolución extrajudicial de litigios, o se refiere a una suspensión impuesta a los reincidentes. |
E | Indicador
En esta columna se describe a qué indicador corresponde esta fila. |
F | Ámbito
Esta columna indica el ámbito del valor relativo al indicador. |
G | Valor
Esta columna debe indicar el valor del indicador solicitado con arreglo al ámbito indicado. |
H | Información contextual
Esta columna puede utilizarse para proporcionar contexto adicional a la información comunicada. |
Indicador | Instrucciones |
Número de reclamaciones presentadas al sistema interno de gestión de reclamaciones | Este campo debe indicar el número de reclamaciones relativas a una restricción de la moderación de contenidos o a una decisión sobre una notificación que se presentaron a través del sistema interno de gestión de reclamaciones. |
Número de restricciones recientemente impuestas a raíz de una reclamación presentada a través del sistema interno de gestión de reclamaciones | Este campo debe indicar el número de restricciones recientemente impuestas como resultado del sistema interno de gestión de reclamaciones. |
Reclamación sobre una decisión de retirar la información o bloquear el acceso a esta o restringir su visibilidad | Este campo debe indicar el número de reclamaciones presentada a través del sistema interno de gestión de reclamaciones sobre la base del artículo 20, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2022/2065. |
Reclamación relativa a una decisión de suspender o cesar la prestación del servicio | Este campo debe indicar el número de reclamaciones presentada a través del sistema interno de gestión de reclamaciones sobre la base del artículo 20, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2022/2065. |
Reclamación relativa a una decisión de suspender o suprimir una cuenta | Este campo debe indicar el número de reclamaciones presentada a través del sistema interno de gestión de reclamaciones sobre la base del artículo 20, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2022/2065. |
Reclamación relativa a una decisión de restringir la capacidad de monetizar información | Este campo debe indicar el número de reclamaciones presentada a través del sistema interno de gestión de reclamaciones sobre la base del artículo 20, apartado 1, letra d), del Reglamento (UE) 2022/2065. |
Reclamación relativa a la decisión de no adoptar medidas con respecto a una notificación presentada de conformidad con el artículo 16 | Este campo debe indicar el número de reclamaciones presentada a través del sistema interno de gestión de reclamaciones sobre la base del artículo 20, apartado 1, letras a) a d), del Reglamento (UE) 2022/2065, en aquellos casos en que la reclamación se refiera a la decisión del prestador de no adoptar medidas con respecto a una notificación presentada de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 2022/2065. |
Reclamación relativa a la decisión de no adoptar medidas con respecto a una notificación presentada por un alertador fiable de conformidad con el artículo 16 | Este campo debe indicar el número de reclamaciones presentada a través del sistema interno de gestión de reclamaciones sobre la base del artículo 20, apartado 1, letras a) a d), del Reglamento (UE) 2022/2065, en aquellos casos en que la reclamación se refiera a la decisión del prestador de no adoptar medidas con respecto a una notificación presentada por un alertador fiable de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 2022/2065. |
Número de litigios presentados a los órganos de resolución extrajudicial | Este campo debe indicar el número de litigios relativos a una restricción de la moderación de contenidos o a una decisión sobre una notificación que se presentaron a un órgano de resolución extrajudicial. |
Número de suspensiones aplicadas por proporcionar contenido manifiestamente ilícito | Este campo debe indicar el número de suspensiones aplicadas por proporcionar contenido manifiestamente ilícito de conformidad con el artículo 23 del Reglamento (UE) 2022/2065. |
Número de suspensiones aplicadas por emitir notificaciones manifiestamente infundadas | Este campo debe indicar el número de suspensiones aplicadas por emitir notificaciones manifiestamente infundadas de conformidad con el artículo 23 del Reglamento (UE) 2022/2065. |
Número de suspensiones aplicadas por presentar reclamaciones manifiestamente infundadas | Este campo debe indicar el número de suspensiones aplicadas por presentar reclamaciones manifiestamente infundadas de conformidad con el artículo 23 del Reglamento (UE) 2022/2065. |
Ámbito | Instrucciones |
Número total | Este campo indica que el número que debe indicarse en «Valor» debe ser el número total de los datos solicitados. |
Decisiones confirmadas | Este campo debe indicar el número de litigios en las que se confirmó la decisión inicial del prestador de servicios en los órganos de resolución extrajudicial o en el sistema interno de gestión de reclamaciones. |
Decisiones parcialmente revocadas | Este campo debe indicar el número de litigios en las que se revocó parcialmente la decisión inicial del prestador de servicios en los órganos de resolución extrajudicial o en el sistema interno de gestión de reclamaciones. |
Decisiones revocadas | Este campo debe indicar el número de litigios en las que se revocó la decisión inicial del prestador de servicios en los órganos de resolución extrajudicial o en el sistema interno de gestión de reclamaciones. |
Decisiones que no dieron lugar a decisión alguna | Este campo debe indicar el número de veces que la decisión inicial del prestador de servicios no dio lugar a una decisión de los órganos de resolución extrajudicial de litigios o del sistema interno de gestión de reclamaciones (por ejemplo, en caso de que se retiró una reclamación porque se había alcanzado un acuerdo al margen del litigio extrajudicial o de los sistemas internos de gestión de reclamaciones). |
Tiempo medio | Este campo debe indicar el tiempo medio que se tardó en tomar una decisión sobre la reclamación o el litigio. Este tiempo se calcula desde el momento en que la reclamación o el litigio se remite al sistema interno de gestión de reclamaciones o al órgano de resolución extrajudicial hasta que la decisión se notifica al destinatario del servicio o, en caso de resolución extrajudicial de litigios, al prestador de servicios. Las decisiones que no dieron lugar a decisión alguna podrán excluirse del cálculo del tiempo medio. El tiempo medio se indicará en horas. |
Porcentaje de resultados aplicados | Este campo debe indicar el porcentaje de decisiones del órgano de resolución extrajudicial de litigios que fueron acatadas y aplicadas por el operador de la plataforma en las que se llegó a la conclusión de que la decisión inicial adoptada por el prestador de servicios debía revocarse (parcialmente). El porcentaje se calcula sobre la base del número acumulado de «Decisiones revocadas» y «Decisiones revocadas parcialmente». |
1.6. Artículo 15, apartado 1, letras b), c) y e), y artículo 42, apartado 2, letra c). Utilización de medios automatizados para la moderación de contenidos e indicadores de exactitud
El artículo 15, apartado 1, letra e), establece que el informe de transparencia incluirá información sobre cualquier uso que se haga de medios automatizados con fines de moderación de contenidos, con inclusión de indicadores de la exactitud y la posible tasa de error de los medios automatizados empleados para cumplir dichos fines. El artículo 15, apartado 1, letra b), requiere la comunicación del número de notificaciones tratadas por medios automatizados. El artículo 15, apartado 1, letra c), exige la comunicación de información comprensible sobre las herramientas automatizadas utilizadas para la moderación de contenidos realizada por iniciativa propia de los prestadores.
El artículo 42, apartado 2, letra c), establece que el informe de transparencia incluirá los indicadores de precisión y la información conexa a que se refiere el artículo 15, apartado 1, letra e), desglosados por cada lengua oficial de los Estados miembros.
Columna | Instrucciones |
A | Aplicabilidad
Esta columna indica el tipo de prestadores de servicios a los que se aplica el requisito correspondiente. |
B | Servicio
En esta columna debe indicarse el nombre del servicio. |
C | Período cubierto
En esta columna debe indicarse el período cubierto. |
D | Sección
Esta columna indica la sección correspondiente a la que corresponden los datos. Esta columna solo se incluye en CSV/XLSX. |
E | Indicador
En esta columna se describe a qué indicador corresponde esta fila. |
F | Ámbito
Esta columna indica el ámbito del valor relativo al indicador. |
G | Valor
Esta columna debe indicar el valor del indicador solicitado con arreglo al ámbito indicado. |
H | Información contextual
Esta columna puede utilizarse para proporcionar contexto adicional a la información comunicada. |
Indicador | Instrucciones |
Número de medidas adoptadas exclusivamente por medios automatizados | Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas a raíz de una orden, notificación o por iniciativa propia que se trataron utilizando exclusivamente medios automatizados. |
Número de medidas que no se adoptaron por medios automatizados | Este campo debe indicar el número total de medidas adoptadas a raíz de una orden, notificación o por iniciativa propia que no se trataron por medios automatizados. |
Número de notificaciones tratadas exclusivamente por medios automatizados | Este campo debe indicar el número de notificaciones presentadas a través de un mecanismo de notificación y acción de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 2022/2065 que se trataron exclusivamente por medios automatizados. |
Número de notificaciones que no se trataron por medios automatizados | Este campo debe indicar el número de notificaciones presentadas a través de un mecanismo de notificación y acción de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 2022/2065 que no se trataron por medios automatizados. |
Exactitud de los medios automatizados – Exactitud | Este campo debe indicar la exactitud de las medidas de moderación de contenidos adoptadas por medios automatizados, como los clasificadores utilizados para identificar contenidos ilícitos o incompatibles. Deben utilizarse filas separadas para informar sobre la exactitud, la precisión y la recuperación (recall) correspondientes al contenido eliminado automáticamente por tipo de sistema de moderación de contenidos (por ejemplo, por clasificador). Si procede, pueden utilizarse filas separadas para informar sobre la exactitud, la precisión y la recuperación (recall) correspondientes a los contenidos retirados automáticamente por categoría de contenido (por ejemplo, imagen, audio, vídeo o texto). La columna «información contextual» debe utilizarse para proporcionar más detalles sobre cada indicador y justificar la elección de este. |
Exactitud de los medios automatizados – Precisión | |
Exactitud de los medios automatizados – Recuperación (recall) |
Ámbito | Instrucciones |
Número total | Este campo debe indicar un número total correspondiente al indicador. |
Iniciativa propia | Este campo debe indicar los números correspondientes al indicador que se moderaron por iniciativa propia del prestador. |
Total MNA | Este campo debe indicar los números correspondientes al indicador que se moderaron a través del mecanismo de notificación y acción (MNA). |
Alertadores fiables MNA | Este campo debe indicar los números correspondientes al indicador que presentaron los alertadores fiables, conforme al artículo 22 del Reglamento (UE) 2022/2065, a través del mecanismo de notificación y acción (MNA). |
bg [..] sv | Este campo debe indicar un desglose del número por la lengua indicada. Las lenguas deben indicarse utilizando el código de lengua de dos letras, siempre escrito en minúsculas, tal como se indica en el glosario de Eurostat.
Para el cálculo de las medidas impuestas a elementos de información específicos que contengan varias lenguas, la lengua especificada en la orden o notificación será la predominante o, en caso de que se omita la referencia a una lengua, se incluirá la lengua predominante del contenido infractor. Por ejemplo, el elemento infractor es un vídeo en alemán con subtítulos en inglés. Si el carácter infractor corresponde al audio, entonces el alemán es la lengua predominante. Si el carácter infractor corresponde al texto, entonces el inglés es la lengua predominante. Si la infracción afecta por igual a ambos, el elemento debe incluirse en los cálculos tanto para el inglés como para el alemán. Si la infracción no afecta al audio ni al texto (por ejemplo, únicamente las imágenes), entonces no debe incluirse en el cálculo de la exactitud correspondiente a cada lengua. |
1.7. Artículo 42, apartado 2, letras a) y b). Recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos
El artículo 42, apartado 2, letra a), establece que el informe de transparencia incluirá los recursos humanos que el prestador de plataformas en línea de muy gran tamaño dedica a la moderación de contenidos con respecto al servicio ofrecido en la Unión, desglosados por cada lengua oficial aplicable de los Estados miembros. El artículo 42, apartado 2, letra b), establece que el informe de transparencia incluirá los conocimientos lingüísticos de las personas que lleven a cabo las actividades a que se refiere la letra a).
Columna | Instrucciones |
A | Aplicabilidad
Esta columna indica el tipo de prestadores de servicios a los que se aplica el requisito correspondiente. |
B | Servicio
En esta columna debe indicarse el nombre del servicio. |
C | Período cubierto
En esta columna debe indicarse el período cubierto. |
D | Sección
Esta columna indica la sección correspondiente a la que corresponden los datos. Esta columna solo se incluye en CSV/XLSX. |
E | Indicador
En esta columna se describe a qué indicador corresponde esta fila. |
F | Ámbito
Esta columna indica el ámbito del valor relativo al indicador. |
G | Valor
Esta columna debe indicar el valor del indicador solicitado con arreglo al ámbito indicado. |
H | Información contextual
Esta columna puede utilizarse para proporcionar contexto adicional a la información comunicada. |
Indicador | Instrucciones |
Número de moderadores internos empleados directamente por el prestador | Este campo debe indicar el número total de moderadores internos empleados directamente por el prestador del servicio. |
Número de moderadores externos contratados por el prestador | Este campo debe indicar el número total de moderadores externos contratador por el prestador del servicio. Estos moderadores deben estar empleados por una entidad ajena o no perteneciente al grupo del prestador del servicio. |
Número total de moderadores con conocimientos lingüísticos suficientes | Este campo deberá indicar el número total de moderadores disponibles, tanto a nivel interno como externo, que tengan suficientes conocimientos lingüísticos en la lengua indicada. Se entiende por «conocimientos lingüísticos suficientes» el nivel B2, como mínimo, del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). |
Ámbito | Instrucciones |
Número total | Este campo debe indicar el número total de moderadores comunicado en equivalentes a jornada completa (EJC). |
bg[..] sv | Este campo debe indicar un desglose del número de moderadores por la lengua indicada. Un moderador que hable varias lenguas será contabilizado en cada lengua de la que posea suficientes conocimientos. Por ejemplo, un moderador que hable alemán, francés e inglés se contabilizará en el número correspondiente al alemán, al francés y al inglés, aunque solamente una vez en el número total de moderadores. Por lo tanto, el número total de moderadores no corresponde necesariamente al número acumulado moderadores incluido en cada lengua.
Las lenguas deben indicarse utilizando el código de lengua de dos letras, siempre escrito en minúsculas, tal como se indica en el glosario de Eurostat. |
1.8. Artículo 42, apartado 3. Promedio mensual de destinatarios activos del servicio para cada Estado miembro
El artículo 42, apartado 3, dispone que el informe de transparencia de los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño o de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño incluirán la información sobre el promedio mensual de destinatarios activos del servicio para cada Estado miembro.
Columna | Instrucciones |
A | Aplicabilidad
Esta columna indica el tipo de prestadores de servicios a los que se aplica el requisito correspondiente. |
B | Servicio
En esta columna debe indicarse el nombre del servicio. |
C | Período cubierto
En esta columna debe indicarse el período cubierto. |
D | Indicador
En esta columna se describe a qué indicador corresponde esta fila. |
E | Ámbito
Esta columna indica el ámbito del valor relativo al indicador. |
F | Valor
Esta columna debe indicar el valor del indicador solicitado con arreglo al ámbito indicado. |
Indicador | Instrucciones |
Promedio mensual de destinatarios activos durante el período cubierto | Este campo debe indicar el promedio mensual de destinatarios activos durante el período cubierto de conformidad con el artículo 24, apartado 2, del Reglamento (UE) 2022/2065. Los prestadores deben indicar números enteros. |
Ámbito | Instrucciones |
Total | Este campo debe indicar un número total correspondiente al indicador. |
AT [..] SE | Este campo debe indicar un desglose del número por el Estado miembro de que se trate. Los Estados miembros deben indicarse utilizando el código de país de dos letras, siempre escrito en mayúsculas, tal como se indica en el glosario de Eurostat. |
2. PLANTILLA CUALITATIVA
Artículo 15, apartado 1, letras c) y e), y artículo 42, apartado 2, letras a) y b)
El artículo 15, apartado 1, letra c), establece que el informe de transparencia incluirá información significativa y comprensible sobre la actividad de moderación de contenidos realizada por iniciativa propia del prestador.
El artículo 15, apartado 1, letra e), dispone que el informe de transparencia incluirá información sobre cualquier uso que se haga de medios automatizados con fines de moderación de contenidos, incluyendo una descripción cualitativa, una especificación de los fines precisos y las salvaguardias aplicadas.
El artículo 42, apartado 2, letra a), establece que el informe de transparencia incluirá los recursos humanos que el prestador de plataformas en línea de muy gran tamaño dedica a la moderación de contenidos con respecto al servicio ofrecido en la Unión. El artículo 42, apartado 2, letra b), dispone que el informe de transparencia incluirá las cualificaciones y los conocimientos lingüísticos de las personas que llevan a cabo las actividades a las que se refiere el artículo 42, apartado 2, letra a), así como la formación y el apoyo prestado a dicho personal.
Columna | Instrucciones |
A | Aplicabilidad
Esta columna indica el tipo de prestadores de servicios a los que se aplica el requisito correspondiente. |
B | Servicio
En esta columna debe indicarse el nombre del servicio. |
C | Período cubierto
En esta columna debe indicarse el período cubierto. |
D | Indicador
En esta columna se describe a qué indicador corresponde esta fila. |
E | Valor
En esta columna deben indicarse los valores del indicador solicitado. Los valores deben limitarse a un máximo de 5 000 caracteres. |
Indicador | Instrucciones | ||||||||||||||||
Resumen de la moderación de contenidos realizada por iniciativa propia del prestador | Este campo debe contener un resumen de la moderación de contenidos realizada por iniciativa propia por el prestador durante el período cubierto. Este resumen deberá incluir, como mínimo, una descripción de los tipos de restricciones aplicadas por el prestador. En caso de que el prestador haga uso de restricciones de moderación ligeras, como la colocación de etiquetas o advertencias a determinada información, también debe incluirse una descripción a grandes rasgos de estas políticas. Este campo debe proporcionar información significativa sobre cualquier cambio sustancial que altere el modo en que se calculan o establecen las cifras notificadas o que habrían cambiado las cifras notificadas anteriormente. | ||||||||||||||||
Información significativa y comprensible sobre la moderación de contenidos realizada por iniciativa propia del prestador | Este campo debe proporcionar información significativa y comprensible sobre los métodos de detección que el prestador haya utilizado para detectar información presuntamente ilícita o incompatible con las condiciones generales del prestador, así como los métodos utilizados para las acciones derivadas de la detección. Más concretamente, este campo debe establecer una medida de la exposición a contenidos ilícitos o incompatibles en el servicio durante el período cubierto, como el porcentaje de todas las vistas del contenido y/o de las impresiones del contenido que sea ilegal o incompatible. Además, los prestadores deben indicar, cuando proceda, una estimación del promedio de las vistas o del alcance de los contenidos ilícitos e incompatibles antes de que se lleve a cabo cualquier acción de moderación de contenidos. | ||||||||||||||||
Descripción cualitativa de los medios automatizados | Este campo debe proporcionar una descripción cualitativa de los medios automatizados utilizados a efectos de moderación de contenidos aplicados por el prestador, incluida una descripción cualitativa de los parámetros establecidos para dichos medios automatizados. | ||||||||||||||||
Descripción cualitativa de los indicadores de exactitud y posible tasa de error de los medios automatizados | El campo debe proporcionar una descripción cualitativa de los indicadores de exactitud de los medios automatizados utilizados para la moderación de contenidos, a saber, la exactitud, la precisión y la recuperación (recall) correspondientes a los contenidos retirados automáticamente. Este campo también debe incluir una descripción de los criterios de entrada que producen estos indicadores y la metodología utilizada para calcularlos. Cuando sea posible, los prestadores deben incluir una descripción de cómo varían los indicadores de precisión y de error en distintos grupos de control, como categorías demográficas o tipos de productos. Este campo también puede proporcionar información adicional sobre la exactitud de los revisores humanos que participan en la moderación de contenidos. Algunos ejemplos de indicadores que pueden describirse a grandes rasgos en este campo son:
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Especificación de los fines precisos para aplicar medios automatizados | Este campo debe especificar los fines precisos señalados por el prestador para aplicar medios automatizados durante cualquier parte del proceso de moderación de contenidos, como una descripción de los riesgos detectados que se abordan mediante el uso de medios automatizados. | ||||||||||||||||
Salvaguardias aplicadas al uso de medios automatizados | Este campo debe indicar las salvaguardias que el prestador aplicó junto con el uso de medios automatizados en el proceso de moderación de contenidos. | ||||||||||||||||
Descripción de alto nivel de la estructura de gobernanza de moderación de contenidos | Este campo debe contener una descripción de alto nivel de la estructura de gobernanza del prestador de servicios. Se anima a los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño a especificar dónde encajan las funciones de moderación de contenidos o de confianza y seguridad en su estructura de gobernanza y cómo se toman las decisiones de moderación en su seno o en cooperación con dichas funciones. | ||||||||||||||||
Cualificaciones de los recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos | Este campo debe proporcionar información sobre las cualificaciones del personal dedicado a la moderación de contenidos, incluido el nivel definido en el Marco Europeo de Cualificaciones. | ||||||||||||||||
Formación impartida a los recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos | Este campo debe proporcionar información sobre el tipo, la frecuencia y el contenido de la formación impartida al personal dedicado a la moderación de contenidos. | ||||||||||||||||
Apoyo prestado a los recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos | Este campo debe proporcionar información sobre el apoyo, incluido de tipo mental y físico, a disposición del personal dedicado a la moderación de contenidos. | ||||||||||||||||
Metodología utilizada para contabilizar los recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos | Este campo debe proporcionar información sobre la metodología en la que el prestador se basó para contabilizar el número de recursos humanos dedicados a la moderación de contenidos. |
(1) Recomendación del Consejo, de 22 de mayo de 2019, relativa a un enfoque global de la enseñanza y el aprendizaje de idiomas (DO C 189 de 5.6.2019, p. 15).
(2) La base de datos de transparencia de la Ley de Servicios Digitales está disponible en: https://transparency.dsa.ec.europa.eu/.
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/2835/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)