PROMOCION DE POLITICAS Y PRACTICA EDUCATIVAS Y DE FORMACION CON VISTAS A LA CONSECUSION DEL ESPACIO EDUCATIVO EUROPEO. CONCLUSIONES DEL CONSEJO EUROPEO.

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PROMOCION DE POLITICAS Y PRACTICA EDUCATIVAS Y DE FORMACION CON VISTAS A LA CONSECUSION DEL ESPACIO EDUCATIVO EUROPEO. CONCLUSIONES DEL CONSEJO EUROPEO.

Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN

El Consejo Europeo fija cuatro prioridades a efectos de la promoción de políticas y prácticas educativas y de formación informadas por pruebas, con vistas a la consecución del Espacio Europeo de Educación:

I. Promover una actitud positiva frente a las políticas y las prácticas educativas y de formación informadas por pruebas, y seguir impulsando la investigación en materia de educación.

II. Potenciar el desarrollo de capacidades de todas las partes que intervienen en la educación y la formación, de modo que puedan hacer uso de pruebas para superar los desafíos que plantean la producción, la mediación y la utilización de investigaciones.

III. Promover la utilización de datos en las políticas y prácticas educativas y de formación informadas por pruebas.

IV. Seguir desarrollando el laboratorio de aprendizaje sobre las inversiones de calidad en el ámbito de la educación y la formación, ya que se trata de un valioso instrumento de la unión para promover políticas educativas y de formación informadas por pruebas, con vistas a la consecución del espacio europeo de educación.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico: cferreyros@hotmail.com

___________________________________________________________________

Diario Oficial
de la Unión Europea
ES

Serie C

C/2024/3642 14.6.2024

Conclusiones del Consejo sobre la promoción de políticas y prácticas educativas y de formación informadas por pruebas, con vistas a la consecución del Espacio Europeo de Educación

(C/2024/3642)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Recordando los textos adoptados a escala de la Unión sobre temas de educación y sobre la utilización de la ciencia como base para la formulación de políticas,

CONSCIENTE:

1. de los esfuerzos realizados a nivel nacional, regional y local por los Estados miembros de la Unión y por sus instituciones educativas y de formación para garantizar una educación y una formación inclusivas y de calidad para todos;
2. de los numerosos desafíos que se plantean hoy en el sector de la educación y la formación, desafíos a los que han de dar respuesta tanto los responsables de la formulación de políticas como el personal educativo (profesores, formadores, educadores, directores de instituciones de educación y formación, personal de la enseñanza superior, etc.);
3. de la contribución que la investigación y los datos aportan tanto al conocimiento y a la información de calidad sobre las políticas y las prácticas educativas y de formación, como al análisis de los desafíos educativos, sociales y económicos;
4. de la dificultad de fundamentar las decisiones sobre educación y formación en certezas absolutas, dada la diversidad y la complejidad de los sistemas educativos y de formación;

CONSIDERANDO LO SIGUIENTE:

5. La educación y la formación son un ámbito de gran trascendencia y de gran proyección pública debido a sus importantes repercusiones en la sociedad en su conjunto y en el desarrollo profesional, la realización personal y el bienestar de cada persona.
6. El término «prueba» remite a una información que se recopila, analiza y evalúa de manera sistemática y científica para alimentar la concepción y la definición de políticas, la ejecución de programas, las actividades de evaluación y las prácticas. Estas pruebas pueden proceder de diversas fuentes y adoptar diferentes formas: investigación, evaluación, revisiones sistemáticas, datos cuantitativos y cualitativos validados, experiencia práctica o consensos entre especialistas, por ejemplo. Las presentes Conclusiones se centran de manera especial en las pruebas derivadas de la investigación y los datos.
7. Las «políticas y prácticas educativas y de formación informadas por pruebas» pueden definirse por tanto como el fruto de la recopilación, combinación y evaluación de múltiples fuentes de información fiables, incluidas las pruebas de mayor calidad y pertinencia disponibles procedentes de la investigación o los datos, que constituyen un paso hacia la mejora de las políticas y las prácticas en el sector de la educación y la formación.
8. Las pruebas procedentes de la investigación o los datos deben desempeñar un papel fundamental en la definición de las políticas y las prácticas educativas y de formación, pero es importante tener en cuenta además la interacción combinada de muchas otras consideraciones clave. Entre ellas figuran las experiencias personales y profesionales, los valores, las normas, el razonamiento práctico, las perspectivas de las partes interesadas, los conocimientos técnicos, los conocimientos contextuales y las consideraciones políticas, sociales y económicas. La expresión «informadas por pruebas» se adapta por tanto mejor a la descripción de las políticas y prácticas educativas y de formación que la expresión «basadas en pruebas».
9. La utilización de pruebas en la formulación de las políticas y prácticas educativas y de formación debe hacerse de manera contextualizada. Debe adaptarse en particular, en el ámbito de la educación y la formación, a las necesidades, experiencias, culturas y circunstancias específicas de los correspondientes niveles de gobernanza, y al entorno de aprendizaje y enseñanza. En efecto, lo que resulta eficaz y pertinente en un contexto no producirá necesariamente los mismos resultados en otro. El criterio profesional de los responsables de la formulación de políticas y del personal educativo desempeña un papel crucial en este contexto.

CONVINIENDO EN QUE:

10. La existencia de pruebas de alta calidad, pertinentes y accesibles —garantizada por la solidez del ecosistema de investigación y la infraestructura de datos en el sector de la educación y la formación— es, por tanto, una condición previa importante para que puedan formularse políticas y prácticas educativas y de formación informadas por pruebas.
11. El análisis y la utilización efectiva de las pruebas forman parte de las competencias profesionales esperadas de los responsables de la formulación de políticas y el personal educativo.

SEÑALA QUE:

12. Las pruebas procedentes de datos e investigaciones de calidad sobre el tipo de medidas que funcionan, para quién, en qué contexto y con qué objetivos proporcionan unos cimientos más sólidos para la formulación de políticas y prácticas educativas y de formación. En particular, las pruebas:

a) aumentan la confianza en y entre los responsables de la formulación de políticas, los investigadores, el personal educativo y la sociedad en su conjunto;
b) ayudan a hacer frente a los desafíos actuales, a precisar las necesidades existentes y a preparar las decisiones sobre las políticas futuras, ya que facilitan las evaluaciones de impacto en que se basan la concepción y la modificación de las políticas;
c) son esenciales para evaluar la eficacia, la eficiencia, la coherencia y la pertinencia de las medidas y las inversiones realizadas; los resultados de la evaluación alimentan el bucle de información de retorno sobre las políticas y ayudan a dirigir la financiación y los recursos hacia estrategias que tengan más probabilidades de éxito, maximizando así los efectos de las políticas educativas y de formación elegidas y de las inversiones realizadas en el sector de la educación y la formación;
d) contribuyen al desarrollo profesional de los responsables de la formulación de políticas y del personal educativo.
13. Las políticas y prácticas educativas y de formación informadas por pruebas brindan apoyo a las instituciones de educación y de formación, mejoran sus entornos de aprendizaje y sus prácticas docentes y de aprendizaje, y pueden mejorar además los resultados del aprendizaje. Permiten al personal educativo modular la educación y la formación a partir de métodos que han demostrado su eficacia, entre otras cosas.
14. En un contexto caracterizado por la diversidad de opiniones y por la existencia de amplios debates públicos, las políticas y las prácticas educativas y de formación informadas por pruebas ofrecen una información más clara, y documentada de manera objetiva, sobre las necesidades y sobre los efectos y la viabilidad de las medidas, y contribuyen por tanto a la sensibilización de la sociedad y la aceptación social de las medidas en cuestión.

FIJA LAS CUATRO PRIORIDADES SIGUIENTES A EFECTOS DE LA PROMOCIÓN DE POLÍTICAS Y PRÁCTICAS EDUCATIVAS Y DE FORMACIÓN INFORMADAS POR PRUEBAS, CON VISTAS A LA CONSECUCIÓN DEL ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN, CON EL DEBIDO RESPETO DE LAS COMPETENCIAS NACIONALES, REGIONALES Y LOCALES EN MATERIA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN:

I.   PROMOVER UNA ACTITUD POSITIVA FRENTE A LAS POLÍTICAS Y LAS PRÁCTICAS EDUCATIVAS Y DE FORMACIÓN INFORMADAS POR PRUEBAS, Y SEGUIR IMPULSANDO LA INVESTIGACIÓN EN MATERIA DE EDUCACIÓN

A tal efecto, los Estados miembros, junto con la Comisión en el marco de sus competencias, deberían:

a) Seguir promoviendo el desarrollo de un ecosistema de investigación sólido que garantice la realización de investigaciones pertinentes, accesibles y de alta calidad sobre la educación y la formación, sin perder de vista la importancia de la seguridad y la integridad de la investigación.
b) Fomentar y estimular la participación activa de los investigadores y del personal educativo en las políticas y prácticas educativas y de formación, brindando oportunidades y creando estructuras de apoyo a tal efecto.
c) Animar al personal educativo a que contribuya a la investigación sobre la educación y participe en ella.
d) Animar a los responsables de la formulación de políticas, a los investigadores y a las partes interesadas a que tomen iniciativas de comunicación claras y específicas a la hora de difundir los resultados de la investigación.
e) Utilizar los resultados de la investigación a la hora de definir políticas de evaluación de los efectos y el impacto de las medidas o reformas educativas, con el fin de mejorar su eficiencia y eficacia.
f) Promover el aprendizaje entre iguales para mejorar el intercambio de información sobre prácticas y experiencias de utilización efectiva de pruebas para la formulación de políticas y la implantación de prácticas. Aprovechar los conocimientos existentes en los Estados miembros y en las organizaciones de ámbito regional, nacional, europeo e internacional —la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), la Unesco, la Asociación Internacional para la Evaluación del Rendimiento Educativo (IEA), el Banco Mundial, etc.—, y reflexionar sobre posibilidades de cooperación, intercambio y asociación.
g) Reflexionar sobre la posibilidad de hacer un inventario y un análisis de aquellas políticas y prácticas educativas y de formación informadas por pruebas que han resultado provechosas, para precisar los factores determinantes de su eficacia y promover sinergias.

Los Estados miembros deberían:

a) Animar a los responsables de la formulación de políticas, las autoridades educativas, las instituciones de educación y formación y las partes interesadas, además del personal educativo, a que se basen en pruebas a la hora de determinar las necesidades educativas y de definir medidas que permitan atenderlas y a la hora de evaluar y adaptar de manera continua tales medidas.

La Comisión, con la debida atención al principio de subsidiariedad, debería:

a) Crear y estimular la creación de oportunidades que faciliten la investigación sobre la educación, el aprendizaje entre iguales, la constitución de asociaciones y la experimentación de políticas para todos los Estados miembros, las partes interesadas y las organizaciones intermediarias, en lo que respecta a las políticas y prácticas educativas y de formación informadas por pruebas, a través de programas de la UE como Erasmus+, incluida su acción clave 3, el programa Horizonte Europa, incluido su mecanismo de apoyo a las políticas, y el instrumento de apoyo técnico.
b) Reforzar las iniciativas adoptadas a escala de la UE para estimular y apoyar políticas y prácticas educativas y de formación informadas por pruebas, en particular el Monitor de la Educación y la Formación, la Red de Información sobre la Educación en Europa (Eurydice), las actividades del Grupo Permanente sobre Indicadores y Puntos de Referencia, el Centro Común de Investigación, el Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (Cedefop), la Fundación Europea de Formación, el Laboratorio de Aprendizaje sobre las Inversiones de Calidad en el ámbito de la Educación y la Formación, el Foro Europeo de Asesores Científicos, el Mecanismo de Asesoramiento Científico y la plataforma Knowlege4Policy.

II.   POTENCIAR EL DESARROLLO DE CAPACIDADES DE TODAS LAS PARTES QUE INTERVIENEN EN LA EDUCACIÓN Y LA FORMACIÓN, DE MODO QUE PUEDAN HACER USO DE PRUEBAS PARA SUPERAR LOS DESAFÍOS QUE PLANTEAN LA PRODUCCIÓN, LA MEDIACIÓN Y LA UTILIZACIÓN DE INVESTIGACIONES

Los Estados miembros deberían:

a) Promover un mayor conocimiento del mundo de la investigación y los datos entre los responsables de la elaboración de políticas y el personal educativo, a fin de que puedan acceder a las investigaciones pertinentes para sus ámbitos de actuación respectivos, comprender tales investigaciones, participar en ellas y aplicar sus conclusiones con eficacia.
b) Fomentar la formación inicial y el desarrollo profesional permanente del profesorado a fin de integrar e impulsar prácticas informadas por pruebas —incluidas la pedagogía y la gestión de las aulas y las escuelas—, así como la formación y el desarrollo profesional del personal educativo de todos los sectores.
c) Animar a los investigadores a que cultiven el conocimiento de las políticas y las prácticas, implicando a los responsables de la formulación de políticas y al personal educativo en todo el proceso de investigación.
d) Apoyar a las estructuras u organizaciones intermediarias que desempeñan un papel clave en el acercamiento entre la investigación, las políticas y las prácticas en materia educativa y la sociedad en su conjunto, y reforzar dichas estructuras y organizaciones.
e) Valorar la posibilidad de crear, dentro de las administraciones encargadas de la educación, unidades especiales que promuevan e incentiven la adopción de políticas y prácticas informadas por pruebas, o de prestar apoyo a tales unidades si ya existen.

III.   PROMOVER LA UTILIZACIÓN DE DATOS EN LAS POLÍTICAS Y PRÁCTICAS EDUCATIVAS Y DE FORMACIÓN INFORMADAS POR PRUEBAS

A tal efecto, los Estados miembros, junto con la Comisión en el marco de sus competencias, deberían:

a) Reflexionar sobre la integración de requisitos en materia de datos desde el inicio de cualquier política o iniciativa educativa, para maximizar la información sobre la ejecución y utilidad de esta y fomentar la producción de pruebas.
b) Poner empeño en garantizar que los datos sean localizables, accesibles, interoperables y reutilizables (datos FAIR, por sus siglas en inglés). Promover la disponibilidad de datos FAIR y abiertos, el acceso a tales datos y su utilización para apoyar políticas y prácticas informadas por pruebas.
c) Asegurarse de que la recopilación y el análisis de datos en el sector de la educación y la formación presenten un valor añadido acorde con los recursos invertidos.
d) Reflexionar sobre las posibilidades que ofrece la inteligencia artificial para el tratamiento, el análisis y la utilización de datos, teniendo en cuenta los aspectos de calidad, objetividad y fiabilidad.

Los Estados miembros deberían:

a) Valorar si procede reflexionar sobre una estrategia de datos FAIR en materia de educación y formación en la que se aborde la recopilación, el suministro y la difusión de datos, teniendo en cuenta:

i) la necesidad de contar con medidas rigurosas de protección de datos para salvaguardar la información sensible, en particular sobre los aprendientes, así como los aspectos de privacidad y seguridad de los datos de educación y formación;
ii) la importancia de contar con instrumentos de investigación de alta calidad que garanticen la adquisición de datos fiables y pertinentes para la formulación de políticas en el sector de la educación y la formación;
iii) la dispersión de los datos sobre educación y formación entre los ámbitos público y privado;
iv) la importancia de facilitar la accesibilidad y la transferibilidad de los datos, sin olvidar la calidad de los metadatos.
b) Seguir trabajando en favor de la recopilación conjunta de datos en el ámbito de la educación y la formación. Valorar si procede reflexionar sobre inversiones que faciliten, en condiciones eficientes en términos de coste, el acceso a los datos administrativos y su utilización.
c) Seguir invirtiendo en infraestructuras de datos sólidas, en el análisis de datos de última generación, en la creación de valor de los datos y en la innovación en materia de datos. Para poder aplicar políticas y prácticas educativas y de formación informadas por pruebas, es preciso contar con datos FAIR de alta calidad a escala individual y sistémica.

La Comisión, con la debida atención al principio de subsidiariedad, debería:

a) Promover y apoyar el intercambio de datos sobre educación y formación y de información sobre las mejores prácticas en la materia entre los Estados miembros y, cuando corresponda, entre los ámbitos público y privado. Compartir las pruebas con los Estados miembros y facilitarles orientación y apoyo a la hora de aplicar con eficacia, en lo que respecta a los datos del sector de la educación y la formación, las prácticas de datos y metodologías oportunas y la normativa la Unión sobre privacidad.

IV.   SEGUIR DESARROLLANDO EL LABORATORIO DE APRENDIZAJE SOBRE LAS INVERSIONES DE CALIDAD EN EL ÁMBITO DE LA EDUCACIÓN Y LA FORMACIÓN, YA QUE SE TRATA DE UN VALIOSO INSTRUMENTO DE LA UNIÓN PARA PROMOVER POLÍTICAS EDUCATIVAS Y DE FORMACIÓN INFORMADAS POR PRUEBAS, CON VISTAS A LA CONSECUCIÓN DEL ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN

La Comisión, con la debida atención al principio de subsidiariedad, debería:

a) En consulta con los Estados miembros y, cuando corresponda, con las autoridades regionales y locales, ampliar las actividades del Laboratorio de Aprendizaje sobre las Inversiones de Calidad en el ámbito de la Educación y la Formación al campo más extenso de las políticas educativas y de formación informadas por pruebas. Asegurarse de que la participación en las actividades del Laboratorio de Aprendizaje siga siendo voluntaria.
b) Producir nuevas pruebas y facilitar el acceso a las pruebas existentes para quienes se encargan en la UE de la formulación de políticas educativas y de formación. Establecer un repositorio de información equipado con herramientas que faciliten el acceso al corpus de conocimiento disponible sobre las políticas y prácticas informadas por pruebas, organizado en función de los ámbitos de influencia de la información correspondiente y de su utilidad práctica para la resolución de problemas. Apoyar la detección de ejemplos de inversiones provechosas en el sector de la educación y la formación. Reflexionar sobre posibles sinergias con la red Eurydice.
c) Organizar actividades de desarrollo de capacidades para aumentar las capacidades y competencias de los responsables de la formulación de políticas educativas y de formación informadas por pruebas. Las herramientas de formación deben adaptarse a los diversos niveles de decisión que intervienen en el proceso de formulación de políticas y al grado de avance de cada Estado miembro en lo que respecta a las políticas educativas y de formación informadas por pruebas.
d) Apoyar el establecimiento de asociaciones entre la comunidad investigadora dedicada al sector de la educación, los responsables de la formulación de políticas y el personal educativo. Apoyar el desarrollo en la UE de una red de organizaciones intermediarias que desempeñen un papel clave en el acercamiento entre la investigación, las políticas y las prácticas en materia educativa y la sociedad en su conjunto.
e) Entablar una labor de diálogo y colaboración con organizaciones internacionales como la OCDE, la Unesco, la IEA y el Banco Mundial para crear sinergias y aprovecharlas, evitando repeticiones innecesarias en las actividades destinadas a promover políticas y prácticas educativas y de formación informadas por pruebas.
f) Promover entre los Estados miembros un diálogo continuado y el intercambio de información sobre políticas y prácticas educativas y de formación informadas por pruebas, en particular a través de la Comunidad de Prácticas sobre la Evaluación de Impacto Contrafactual de las Políticas Educativas.
g) Presentar al Comité de Educación el plan de trabajo del Laboratorio de Aprendizaje sobre las Inversiones de Calidad en el ámbito de la Educación y la Formación, para optimizar dicho plan integrando en él las necesidades e inquietudes de los Estados miembros, a partir de la información de retorno del Comité. Informar periódicamente al Comité de Educación sobre esta cuestión y mantener con él un diálogo regular al respecto.
h) Prever recursos suficientes para garantizar que las actividades del Laboratorio de Aprendizaje tengan una utilidad práctica.

Los Estados miembros deberían:

a) Reflexionar sobre la posibilidad de participar en las actividades que ofrece el Laboratorio de Aprendizaje. Poner en común sus conocimientos durante los debates del Comité de Educación dedicados al Laboratorio de Aprendizaje con el fin de aumentar la eficacia y la calidad de la labor de este de manera continuada.

INSTA A LOS ESTADOS MIEMBROS, JUNTO CON LA COMISIÓN EN EL MARCO DE SUS COMPETENCIAS:

A que colaboren en el seguimiento de las presentes Conclusiones en el contexto de la labor que se está llevando a cabo, dentro del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación, para realizar el Espacio Europeo de Educación.

INSTA A LA COMISIÓN:

A que apoye las presentes Conclusiones adoptando un planteamiento informado por pruebas a la hora de concebir nuevas iniciativas en materia de educación y formación y de presentar de las correspondientes propuestas. A que, al trabajar sobre sus propuestas, tenga en cuenta e integre la opinión especializada del Grupo Permanente sobre Indicadores y Puntos de Referencia. A que dé prioridad a las posiciones e inquietudes de los Estados miembros, expresadas por el Consejo y su órgano preparatorio especializado, el Comité de Educación, y las tenga en cuenta.

PIDE AL COMITÉ DE EDUCACIÓN:

a) Que preste especial atención a la cuestión de la utilización de pruebas a la hora de examinar las propuestas presentadas por la Comisión al Consejo o los proyectos de conclusiones y resoluciones del Consejo.
b) Que emita un dictamen, cuando corresponda, sobre cualquier propuesta de indicador o meta de la UE que afecte al sector de la educación y la formación.

ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/3642/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)

El Estudio Jurídico FERREYROS&FERREYROS es una firma especializada en aspectos legales y regulatorios relacionados con las Nanotecnologías, materia transversal, relacionada con la integración y convergencia de tecnologías (Nanotecnologías, Biotecnologías, Tecnologías de la Información y ciencias Cognitivas) (NBIC).

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Carlos Ferreyros

Doctor en Derecho. Magister en Informática Jurídica y Derecho Informático

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